Condenado el Consell de Ibiza a pagar 385.000 euros a un motorista por la falta de seguridad de la vía de es Cubells

El quitamiedos tenía un elemento cortante que sobresalía y que causó al accidentado graves lesiones por las que le amputaron una pierna

No había una señal de límite de velocidad, que se puso tras el accidente, en 2016

Parte de la fachada del edificio del Consell de Eivissa, en una imagen de archivo. | C. N.

Parte de la fachada del edificio del Consell de Eivissa, en una imagen de archivo. | C. N. / eugenio rodríguez. eivissa

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Palma ha condenado al Consell de Ibiza a indemnizar con 385.000 euros a un motorista que sufrió, en 2016, un accidente de tráfico en la carretera de es Cubells que le provocó la amputación de una pierna. La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación, señala que el Consell tiene la obligación, como titular de esta carretera, de «velar por la seguridad vial», y no lo hizo porque el perfil de sujeción del quitamiedos, situado en el margen de la carretera, tenía «un elemento cortante» y, además, en el momento del accidente, no estaba limitada, con la correspondiente señal, la velocidad máxima en este tramo de la vía.

De hecho, posteriormente se limitó la velocidad a 60 km/h. Además, en 2019 se sustituyeron las biondas de seguridad de esta vía, según apuntaron a este diario fuentes de la institución insular. En concreto, entre el punto kilométrico 3.02 y el 4,1, en el que se concentran una serie de curvas en un tramo con pendiente y riesgo de caída.

La jueza destaca el «evidente mal funcionamiento de la Administración, en este caso el Consell de Ibiza, porque está obligado a mantener la carretera e instalar los elementos de seguridad vial y las señalizaciones correspondientes». El atestado de la Guardia Civil señalaba que la bionda de seguridad no se encontraba en buen estado de conservación ni uso ya que los postes que la soportaban estaban «mal montados al sobresalir por la parte de arriba». En concreto, la ‘T’ estaba por encima del quitamiedos, cuando debería estar por debajo y protegida. De hecho, el agente concluía que si la ‘T’ no hubiese estado como estaba, «el daño no hubiera sido como el que fue», según destaca el fallo judicial. El elemento cortante que sobresalía fue lo que provocó las graves heridas al motorista que obligaron a los servicios médicos a amputarle una pierna.

En todo caso, la jueza condena al Consell a abonar el 50% de la cuantía, de 770.000 euros, con la que se estima el coste de la indemnización por las lesiones, las secuelas y el perjuicio patrimonial por los gastos de asistencia sanitaria futura del accidentado. Este exigía al Consell el pago de algo más de 1,1 millones de euros.

La sentencia reduce la indemnización a la mitad porque, aunque no había ninguna limitación de velocidad específica, sí que había una señal que advertía de la existencia de la curva. Por ello, la jueza concluye que la defensa del accidentado no puede alegar que se encontró con una curva por sorpresa que provocó que perdiera el control del vehículo. También señala que el hecho de que el accidentado hubiera obtenido el carné de conducir pocos meses antes también «pudo influir» en la pérdida de control del vehículo, «al no advertir la magnitud de la curva».

Velocidad inadecuada

El atestado policial señalaba, tras la inspección ocular y la declaración de un testigo, que el motorista perdió el control de la moto cuando se disponía a tomar la curva y salió por el margen derecho y chocó contra la bionda metálica. El informe recoge, según relata la sentencia, que la causa principal del accidente fue «la distracción en la conducción», al no percatarse el motorista de la presencia de la curva. Además, apunta que el accidentado iba a «una velocidad inadecuada para el trazo de la vía, atribuible al propio conductor porque en el momento del accidente circulaba con la sexta marcha».

Un testigo declaró ante la Guardia Civil que el accidentado, según recoge la sentencia, le adelantó a gran velocidad e instantes después perdió el control de la motocicleta y chocó contra el quitamiedos.

El seguro que tiene suscrito el Consell deberá abonar el coste de esta indemnización, según las fuentes consultadas de la institución. De la indemnización, la jueza no considera acreditados los costes alegados por el motorista por la pérdida de autonomía personal, la adecuación de su vivienda o los gastos de una tercera persona para ayudarle a diario.

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