Suspendido el juicio contra el acusado de abusar sexualmente de una niña en Ibiza por falta de documentos

La Fiscalía solicita imponer al acusado una pena de cinco años y medio de prisión

Audiencia de Palma.

Audiencia de Palma.

Redacción

El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial ha suspendido este jueves el juicio contra el hombre que abusó sexualmente de una niña de ocho años en Ibiza por "falta de documentos y diligencias", según informa una portavoz del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB).

El juicio, según indica, se ha aplazado a otra fecha en la que se reúnan los documentos que faltaban, "un proceso habitual cuando faltan diligencias", explica.

Según detalla el escrito de acusación de la Fiscalía, el hombre, nacional de Ecuador y con 47 años de edad en el momento de los hechos, aprovechaba la anterior relación de parentesco que le unía con la familia de la niña -era el exmarido de su abuela- para visitar "con frecuencia" el domicilio familiar. Allí se quedaba a solas con la menor "en su habitación con la puerta cerrada", y aprovechaba para realizar sobre ella "actos consistentes en tocamientos en la zona genital de la menor por encima de la ropa, tocamientos de la menor al acusado por encima del pantalón, llevando la mano de esta a dicha zona, y besos en la boca de la menor". El escrito indica que el encausado llevaba a cabo estas acciones "una o dos veces por semana".

El hombre seducía a la niña con "juegos y regalos", y le pedía "que no contara nada a sus padres de lo que hacían, pues de lo contrario iría a la cárcel", hasta que el 12 de julio se descubrió la situación y la madre de la menor denunció los hechos. El texto firmado por la fiscal advierte de que la niña "ha sufrido secuelas de tipo psicológico cuyo alcance y naturaleza se encuentra pendiente de determinar" como resultado de los abusos.

La Fiscalía solicita imponer al acusado una pena de cinco años y medio de prisión por un delito de abuso sexual sobre un menor de 16 años. También pide que E.Y.J. no pueda acercarse a una distancia inferior a 200 metros de su víctima durante un período de diez años, así como una indemnización por valor de 20.000 a la menor a través de su representante legal.