Sant Josep considera que puede ampliar el polígono de Sant Jordi para la segunda estación de ITV

Los técnicos descartan que el decreto del Govern afecte al incremento del suelo industrial proyectado, aunque el Consell tiene la última palabra

Presentacion, en noviembre del año pasado, de la normativa urbanística provisional consensuada por el Ayuntamiento de Sant Josep y el Consell de Ibiza.

Presentacion, en noviembre del año pasado, de la normativa urbanística provisional consensuada por el Ayuntamiento de Sant Josep y el Consell de Ibiza. / JA RIERA

Pese a que el exalcalde de Sant Josep Ángel Luis Guerrero advirtió de que el decreto 10/2022 del Govern balear de medidas urbanísticas urgentes, aprobado las pasadas Navidades, podía afectar a la previsión de ampliación de la zona industrial de Sant Jordi, los técnicos redactores de las Normas Provisionales de Planeamiento (NPP) descartan ahora esta posibilidad. En todo caso, los técnicos del Consell de Ibiza, que es la Administración a la que le corresponde aprobar dicha normativa provisional, tienen que confirmar este criterio.

Con la ampliación de la zona industrial de Sant Jordi, el Consistorio pretende atender la demanda de los empresarios de más espacio y, sobre todo, la previsión del Consell de construir ahí la segunda estación fija del servicio de Inspección Técnica de Vehículos (ITV).

El decreto del Govern impide la clasificación de nuevos urbanizables, como el caso de la zona industrial de Sant Jordi, en el caso de que quede al menos un 15% de suelo vacante por edificar en el municipio. Sin embargo, los técnicos redactores de las NPP confirman, según fuentes municipales, que esta condición no afecta a Sant Josep.

Dos falsos urbanos desclasificados

En cambio, el decreto urbanístico sí afecta directamente a dos áreas de actuación incorporadas en las NPP: la 4.7 de Caló d’en Real, que es una punta situada en primera línea de costa. y la 4.5 IV (01) que afecta a parte de sa Torrassa, en Cala Vedella. Estas dos zonas quedan desclasificadas en virtud del decreto. Este determina que deben clasificarse como suelo rústico los suelos urbanos no consolidados en cuyo municipio su planeamiento urbanístico no se haya adaptado al Plan Territorial Insular (PTI). En concreto, se refiere a los terrenos en los que se tengan que efectuar actuaciones de «transformación urbanística», y éstas no hubieran empezado, para disponer de los servicios urbanísticos, como suministro de agua y saneamiento, entre otros.

Inicialmente, hasta ocho zonas, consideradas como falsos urbanos, entre ellas la urbanización de Porroig, podían estar afectadas por el decreto y quedar automáticamente desclasificadas, pero los técnicos lo reducen sólo al caso de la punta de Caló d’en Real y sa Torrassa.

El pasado mes de noviembre, el pleno de Sant Josep aprobó pedir al Consell que suspendiera el actual planeamiento urbanístico, en vigor desde los años 80, y aprobase las NPP pactadas entre las dos administraciones. La previsión más favorable era que a finales de verano se pudieran aprobar definitivamente, pero aún ni se ha llevado a pleno la aprobación inicial.

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