Urbanismo
El Consell de Ibiza ordena el derribo de la estructura ilegal de Cala Molí que invade una zona protegida
La institución da un plazo de un mes para la presentación del proyecto y advierte a la nueva propiedad de que si incumple el mandato le impondrá hasta 12 multas coercitivas por valor de casi 25.000 euros cada una
La denuncia del GEN sobre esta obra ilegal en 2005 dio inicio al llamado caso Huerta
El Consell de Ibiza da un plazo de 12 meses para que la propiedad de los edificios inacabados de Cala Molí, que invaden una zona protegida clasificada como Área Natural de Especial Interés (ANEI), ejecute el derribo de la estructura y restituya el terreno a su estado anterior. El acuerdo adoptado por el Consell Executiu otorga un mes al propietario para presentar el proyecto de demolición y restauración de la legalidad.
También le advierte de que si incumple este mandato, una vez sea firme, le impondrá hasta 12 multas coercitivas, con una periodicidad mensual y una cuantía en cada ocasión de casi 25.000 euros, cuantía que se corresponde con el 10% del valor de las obras ejecutadas. Asimismo, en el caso de que la propiedad no ejecute voluntariamente el derribo, la institución insular puede hacerlo de forma subsidiaria a cuenta del titular de los terrenos.
Situada en la calle Puig de Mar, la estructura de hormigón de lo que tenían que ser 12 apartamentos, 16 estudios, dos viviendas más piscinas, locales y trasteros sigue en pie desde hace casi dos décadas. En concreto, la construcción de bloques aislados de viviendas ocupa una superficie de 900 metros cuadrados y la estructura de trasteros, cuartos de instalaciones y aparcamientos se extiende en 290 metros cuadrados.
El inicio del caso Huerta
Una denuncia del Grup d’Estudis de la Naturalesa (GEN), al advertir de que la urbanización que se estaba construyendo invadía parte de una zona ANEI dio inicio al procedimiento judicial conocido como el caso Huerta, la trama que encabezó el difunto arquitecto municipal de Sant Josep para monopolizar los proyectos urbanísticos de este municipio. La arquitecta Pilar Fernández, que entonces era la pareja del hijo de Huerta, redactó el proyecto de esta urbanización y el arquitecto municipal emitió un informe favorable. En 2002, el equipo de gobierno del PP otorgó la licencia de construcción al grupo valenciano Medi.
Tras la denuncia de los ecologistas y constatar que parte de la urbanización invadía la zona ANEI, el Consistorio se vio forzado a paralizar las obras. A finales de 2007, el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) dictó una sentencia en favor de la anulación de la licencia y, a principios, de 2008 emitió un auto aclaratorio sobre el alcance de la sentencia. El Consell de Ibiza confirma que las obras son ilegalizables. Además, el tribunal balear descartó, en otra sentencia, la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por el promotor contra el Ayuntamiento por un total de seis millones de euros al entender que éste actuó «con dolo, culpa o negligencia».
La pasividad de Sant Josep
Hace cinco años, en septiembre de 2018, el entonces alcalde de Sant Josep Josep Marí Ribas, del PSOE, admitía de que todavía no se había abierto un expediente para restituir esta zona ANEI a su estado original, pero que se debía hacer. Un mes después, el que era concejal de Urbanismo, el exalcalde Ángel Luis Guerrero, aseguraba que «en breve» se iba a abrir dicho expediente. Pero nunca se hizo. Tras la nueva ley de Urbanismo de Balears (LUIB), que entró en vigor a principios de 2018, la disciplina urbanística en zona protegida pasó a manos de los consells insulares. A raíz de la denuncia de un ciudadano ante la pasividad del Ayuntamiento, el Consell inició hace poco más de un año el procedimiento para forzar el derribo de esta estructura de hormigón en un espacio protegido. El denunciante también advirtió de la pasividad del Ayuntamiento a la Fiscalía.
La promotora de las obras (Medi Ibiza SL y Medi Proyectos Inmobiliarios SL) vendieron el inmueble a Inversiones Inmobiliarias Canvives SAU que, pese a no ser responsable de las obras ilegales, es sobre la que recae la orden de derribo y restitución de la zona a su estado original.
Precisamente, la actual propietaria presentó alegaciones en el Consell, aunque fuera de plazo, en las que, entre otras cosas, defendía que correspondía a los promotores de las obras el cumplimiento de la orden de demolición.
El informe jurídico del Consell
Sin embargo, un informe jurídico de la institución insular descarta esta posibilidad porque no se puede obligar a ejecutar el derribo a Medi Ibiza SL ni a Medi Proyectos Inmobiliarios SL, pese a ser los responsables de las obras, cuando «no son las propietarias».
«En consecuencia, resulta lógico que no se les pueda exigir la demolición de una edificación de la cual no tienen derecho de disposición alguno ni tampoco de la posesión de la edificación», argumenta, al tiempo que agrega parte de una sentencia del TSJB que destaca que «no puede ser sancionado quien no cometió la infracción», pero «no ocurre lo mismo con el ejercicio de la potestad de restauración de la legalidad».
En este sentido, el vicepresidente primero del Consell, Mariano Juan, ya explicó, en declaraciones a este diario, que el procedimiento para restituir la legalidad no contempla la imposición de sanción alguna porque la invasión se produjo al amparo de una licencia de obras municipal, aunque ésta, que finalmente fue anulada, estuviera mal dada.
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