Urbanismo

Carpetazo al caso Huerta con el abono de 10.160 euros tras una confesión pactada

Antonio Huerta hijo y Pilar Fernández reconocen que colaboraron en la trama urbanística del difunto exarquitecto de Sant Josep para acaparar los proyectos que se desarrollaban en el municipio donde ejercía su cargo público, pese a estar prohibido

Antonio Huerta Chamorro y Pilar Fernández abandonan ayer los juzgados. J. A. Riera

Antonio Huerta Chamorro y Pilar Fernández abandonan ayer los juzgados. J. A. Riera

Eugenio Rodríguez Martos

Eugenio Rodríguez Martos

Casi 16 años después, el caso Huerta, la trama encabezada por el difunto Antonio Huerta Briz, que ejerció de arquitecto municipal en Sant Josep (Ibiza) desde 1998 hasta 2007, para monopolizar los proyectos que se desarrollaban en este municipio pese a ser incompatible con su cargo, se ha zanjado, en una sentencia judicial de conformidad, con el pago de una multa de 2.160 euros y las costas procesales, que ascienden a 8.000 euros; 10.160 euros en total

Esta es la cantidad que deberán abonar el arquitecto Antonio Huerta Chamorro, hijo del exarquitecto municipal de Sant Josep, y la que era su pareja, Pilar Fernández, tras haber pactado su confesión con el Colegio de Arquitectos de Balears, que ejercía la acusación particular. Huerta y Chamorro reconocen que participaron en la trama, asumen que fue «un grave error», que afectó a «la reputación» del Colegio de Arquitectos de Baleares y se comprometen a no reincidir en un comportamiento profesional similar. 

Antonio Huerta Chamorro y Pilar Fernández salen del edificio de los juzgados. J. A. Riera

Antonio Huerta Chamorro y Pilar Fernández salen del edificio de los juzgados. / J. A. Riera

Con ello, Huerta y Fernández evitan la vista oral y una posible condena mucho mayor. Inicialmente, antes de cerrar el acuerdo de conformidad, el Colegio de Arquitectos reclamaba una pena de 18 meses de prisión a Fernández y el pago de una sanción de 54.000 euros por un delito contra la ordenación del territorio y, alternativamente (una o la otra), una condena de dos años de cárcel, tres de inhabilitación y la misma multa por un delito contra el medio ambiente. Contra Huerta Chamorro (y también Fernández), se pedía tres años de inhabilitación y una sanción de 54.000 euros por un delito de actividades y negociaciones prohibidas a funcionarios.

Por su parte, el Colegio de Arquitectos, con el acuerdo, se asegura una condena que demuestra que los hechos que denunciaba eran ciertos, ya que existía la posibilidad de que los dos acusados pudieran ser absueltos. 

La Fiscalía no acusaba

En este sentido, hay que tener en cuenta que la Fiscalía, que no había presentado escrito de acusación, pidió el archivo de la causa tras la finalización del proceso de instrucción al entender que no había indicios de la comisión de los delitos por los que se incoó el procedimiento y que se habían cometido «errores» durante la instrucción que imposibilitan «convertir las meras sospechas en indicios suficientes». La fiscal no ha participado en la negociación de la condena pactada. Además, inicialmente, la magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa, Clara Martínez, que ayer dictó sentencia, consideró que los delitos cometidos habrían prescrito, pero el Colegio de Arquitectos recurrió y finalmente se ordenó la vista oral.

La fiscal no ha participado en la negociación de la condena pactada

Antonio Huerta Chamorro y Pilar Fernández deberán pagar 1.080 euros de multa cada uno por la comisión, como cooperadores necesarios, de un delito continuado de negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función. Para reducir la pena, las partes han pactado que concurre la circunstancia «atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas», además del «atenuante de la confesión».

Hay que tener en cuenta que el procedimiento judicial se inició en 2005, a raíz de una denuncia del Grup d’Estudis de la Naturalesa (GEN), y que sólo la instrucción del caso se prolongó durante una década. Así, la sentencia indica que la causa ha sufrido «numerosas e injustificadas paralizaciones, que provocaron que se dilatara de forma extraordinaria en el tiempo, sin que ello sea atribuible a ninguna de las partes y en especial a los acusados».

La sentencia pactada explica que, entre 1999 y 2006, desde el estudio profesional de Antonio Huerta Briz, en el Paseo Juan Carlos I de Vila, se contrataron y diseñaron proyectos edificatorios y direcciones de obras en Sant Josep, a pesar de «la prohibición específica» de que éste pudiera ejercer trabajos privados en el municipio donde ejercía su responsabilidad pública. Con la finalidad de «ocultar dicha incompatibilidad como funcionario público», los proyectos eran elaborados en el despacho de su hijo, Antonio Huerta Chamorro, «en connivencia con él mismo», aunque también en el de su padre. Con la misma intención, los proyectos eran firmados por Pilar Fernández, «bien personalmente o a través de la sociedad Keltike S.L.»

La firma de Fernández o Keltike 

«De esta forma se evitaba que se descubriera la actividad prohibida por razón del cargo de arquitecto municipal de Huerta Briz, ya que los expedientes de las licencias de obras [de estos proyectos] debían ser informados por él mismo o por el departamento en el que estaba adscrito por razón de su cargo», relata la sentencia.

De este modo, Pilar Fernández, «con pleno conocimiento de la incompatibilidad que afectaba a su suegro y con el descrito ánimo de ocultarlo», entre los años 2000 y 2005 firmó personalmente o a través de Keltike un total de 39 proyectos, todos ellos en Sant Josep. «Gran parte de dichos proyectos se hicieron en el despacho de Huerta Briz y Huerta Chamorro, con la intervención y colaboración indistinta de ambos y de la acusada Pilar Fernández», indica la sentencia, que agrega que algunos de estos proyectos fueron informados en el Ayuntamiento de Sant Josep por Huerta Briz.

El Colegio de Arquitectos archivará ahora los expedientes disciplinarios

La sentencia pactada también incluye el compromiso del Colegio de Arquitectos de Baleares de archivar los expedientes de infracción disciplinaria que pesan sobre Antonio Huerta Chamorro y Pilar Fernández. El fallo judicial justifica que con «la sanción penal» resultan «innecesarios». Una portavoz del Colegio de Arquitectos explicó que la jurisdicción penal tiene prioridad sobre la deontología y no se puede castigar a una persona dos veces por los mismos hechos, por lo que procede archivar los expedientes.

Los dos arquitectos condenados no sólo reconocen su culpabilidad sino también que fue «un grave error que perjudicó a otros colegiados y a la reputación del Colegio de Arquitectos de Baleares», según recoge la sentencia, que agrega que Huerta Chamorro y Fernández se comprometen a «afrontar el futuro con plena consciencia de que tales comportamientos profesionales no pueden volver a suceder».

El Colegio de Arquitectos expresó ayer, a través de un comunicado, su «satisfacción» por «la sentencia y el resultado del procedimiento». También destaca que, pese a que la Fiscalía había optado por no acusar, el colegio ha llegado «hasta el final en interés del colectivo de los f profesionales que representa, persiguiendo conductas contrarias a la deontología y a la legalidad, en cumplimiento de sus funciones».

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