Ley del 'solo sí es sí': El Supremo rechaza rebajar la pena a dos condenados en Mallorca por violar a una prostituta

El tribunal entiende que la ley "solo sí es sí" no les beneficia tras ser sentenciados por la violación

Condenados por la Audiencia de Palma.

Condenados por la Audiencia de Palma.

J.F. Mestre

El Tribunal Supremo ha rechazado rebajar la pena a una pareja que fue condenada en Mallorca por la violación de una prostitutaen base a la denominada ley del «solo sí es sí» porque entiende que esta modificación legal no beneficia a ninguno de los reos. Si esta pareja fuera juzgada en la actualidad y se les aplicara esta nueva modificación del código penal, la sanción habría sido la misma. Uno de los acusados fue condenado por la Audiencia de Palma a una pena de 14 años de prisión por cometer una agresión sexual en concurso con un delito de lesiones leves. El otro acusado, que es una mujer, fue sentenciado a doce años de prisión. Esta sentencia de la Audiencia fue ratificada después por el TSJB, que determinó las numerosas pruebas que existían contra ambos acusados, a pesar de que negaran los hechos..

Los dos acusados han sido declarados culpables de esta brutal agresión sexual, que consistió en la introducción de un objeto en la vagina y en el ano de la víctima. Se trataba de una mujer de 49 años, con antecedentes de drogadicción, que ejercía la prostitución callejera en Palma. Le ofrecieron dinero para mantener relaciones sexuales en un domicilio de la localidad de Llucmajor. La mujer aceptó la oferta y acompañó a los dos acusados a este domicilio. 

La agresión a la mujer fue tan violenta que llegó a perder dos litros de sangre, hasta el extremo de que tuvo que ser intervenida de urgencia, ya que de lo contrario hubiera muerto desangrada. Después tuvo que someterse a una segunda intervención. Los acusados han mantenido hasta el último momento una versión muy distinta a la que refleja la sentencia, señalando que fue la propia víctima la que se introdujo una botella en la vagina, ya que ninguno de ellos dos, debido al alcohol que habían tomado, mantuvieron relaciones sexuales con la prostituta que habían contratado.

Sin embargo, el Tribunal Supremo ha rechazado esta versión de los hechos, que se contradice con la declaración de los investigadores que intervinieron en el caso. En el lugar de los hechos no se encontró ninguna botella como la que describieron los dos acusados y los médicos descartaron la posibilidad de que las lesiones internas de la mujer se hubieran producido tal como ambos detallaban. Esta última sentencia considera que la condena que impusieron los jueces de la Audiencia está acorde a la gravedad de los hechos sufridos por la mujer, que pese a que no pudo dar muchos detalles de lo ocurrido al no recordarlos, sí se pudieron analizar otras pruebas que acreditan la violencia empleada.

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