Una nueva rebaja por la ley del ‘solo sí es sí’ deja en cuatro años la pena a un hombre que violó a una mujer en Ibiza

La decisión de la Audiencia Provincial de Baleares, que reduce en dos años la condena, todavía no es firme

Fachada de la Audiencia Provincial en Palma, que ha emitido un auto por el que acepta la revisión solicitada por la defensa. | CÉSAR NAVARRO

Fachada de la Audiencia Provincial en Palma, que ha emitido un auto por el que acepta la revisión solicitada por la defensa. | CÉSAR NAVARRO / pablo sanz padilla. eivissap.s.

Pablo Sanz Padilla

Pablo Sanz Padilla

La sección primera de la Audiencia Provincial de Baleares ha accedido a la petición de rebajar dos años la pena de prisión que cumplía Valentín Andrei Wegend por violar a una turista en Sant Antoni durante el verano del año 2008. La decisión todavía ha de hacerse firme, según confirmó ayer el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB).

El motivo es la aplicación retroactiva de la popularmente conocida como ley del ‘solo sí es sí’ (Ley de garantía integral de la libertad sexual), por la cual se rebaja en dos años la pena impuesta a Andrei. La Audiencia lo condenó a seis años de cárcel, el período mínimo establecido según la norma legal anterior. La reducción es consecuencia de adaptar la pena a la nueva mínima vigente, de cuatro años.

El tribunal, conformado por las magistradas Rocío Martín, Gemma Robles y Eleonor Moya, emitió el 21 de diciembre un auto por el que da lugar a la revisión de la pena, ya que, resuelve, «aplicando los mismos criterios [por los que se le sentenció a seis años de cárcel] ahora procede la pena de cuatro años de prisión, por considerarse más favorable».

El fiscal ha presentado un recurso de casación -aún pendiente de resolverse- para intentar revertir la decisión de la Audiencia Provincial, informó por su parte la defensa del procesado, que ahora ha dejado el caso en manos de otro letrado, después de tramitar de oficio la petición de revisar la condena.

Una sentencia condenó el 27 de julio de 2010 al agresor, de nacionalidad rumana, a cumplir una pena de seis años de cárcel. Esta fue confirmada el 17 de febrero del año siguiente, con la consiguiente orden de entrada en prisión del procesado. Sin embargo, esta no se llegó a producir en el día señalado. Andrei estaba en paradero desconocido, por lo que se emitió una orden internacional de búsqueda y captura, detalló la anterior defensa.

No fue hasta ocho años más tarde de su desaparición, el 26 de junio de 2019, cuando se volvieron a tener noticias del fugado. En esta fecha se comunicó que se hallaba interno en un centro psiquiátrico de Rumanía, donde se le había recluido el 24 de mayo del mismo año por circunstancias ajenas al proceso judicial celebrado en España.

El reo cumple desde el 9 de enero de 2020 en Rumanía, su país natal, la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Baleares, merced al principio de reconocimiento automático de las sentencias establecido entre los países miembros de la Unión Europea, señaló el abogado que llevó su causa.

De confirmarse, la rebaja de condena sería la segunda reducción conocida a un violador en Ibiza. La otra, también de dos años, afecta a Adao Miguel Vaz Furtado Manga, encarcelado por violar a una mujer en su casa de Vila después de robar en la vivienda en mayo de 2013. En este caso, el procesado ya ha cumplido la totalidad de la pena por la agresión sexual, una condena que cumplía en una cárcel de Portugal, país del que es nacional. El auto de revisión de la pena de Furtado sí se ha confirmado.

El fallo judicial de 2010 por el que se condenó a Andrei a seis años de cárcel opta por aplicar la pena mínima al considerar que «no se observa en la conducta del acusado más gravedad que la que justifica la imposición de la pena base». Además, la sentencia valora que «concurre la circunstancia atenuante analógica de dilaciones indebidas», es decir, que los plazos procesales se extendieron innecesariamente, en perjuicio del procesado.

Sentencia de 2010

Los hechos por los que se procesó a Andrei ocurrieron la noche del 12 de julio de 2008, cuando el agresor, que tenía 24 años cuando perpetró el delito, violó a una turista en una playa de la localidad de Sant Antoni. Ambos mantenían una relación iniciada ocho días atrás -desde la llegada de la víctima a la isla- durante la cual habían tenido relaciones sexuales consentidas previamente a la agresión.

La sentencia relata que Andrei siguió a la mujer hasta la playa, donde la agarró de los brazos, la tumbó y le quitó la ropa interior para cometer la violación. También recoge que agarraba a su víctima por los dos brazos para vencer su oposición, ya que esta le pedía que se detuviera y lo empujaba. Como consecuencia, la víctima sufrió hematomas en los brazos y en los muslos, además de erosiones en el cuello.

En el juicio, el condenado reconoció el encuentro sexual, pero negó que existiera violencia y que se realizara sin el consentimiento de la mujer. Por su parte, la víctima añadió que el procesado la molestaba porque la perseguía, iba a su hotel y le pedía dinero.

Además de condenar a Andrei por un delito de agresión sexual el tribunal, presidido por Carlos Izquierdo Téllez, obligó al encausado a indemnizar a su víctima por una cantidad de 3.000 euros «por las lesiones y perjuicios sufridos», a petición de la Fiscalía. Asimismo, le impuso el pago de una cuota diaria de cinco euros durante un período de cinco meses, también propuesta por el Ministerio Público.

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