Violencia de género
La jueza anula un curso de formación a un maltratador por no tener lugar donde hacerlo
Impuesto en sentencia firme, este curso de rehabilitación de seis meses se dejó sin efecto tras alegar el CIS “falta de competencia”
Marta Fontán
El Juzgado de lo Penal número 1 de Vigo ha dejado sin efecto parte de la condena firme impuesta a un maltratador, concretamente la de libertad condicional consistente en la participación del penado en cursos formativos de igualdad y no discriminación por tiempo de seis meses, por no tener un lugar donde realizarlo después de que el Centro de Inserción Social (CIS) Carmen Avendaño de Vigo, que es el que lleva el seguimiento de este tipo de cursos de rehabilitación de violencia de género ordenados en sentencia judicial, indicase que este caso concreto “queda fuera del ámbito competencial de la Administración Penitenciaria”.
Este hombre fue condenado en 2020 por agredir a su esposa la noche del 3 de agosto de 2018, cuando ambos vivían en domicilios separados “mientras superaban una crisis de pareja”. Según la sentencia alcanzada de conformidad, aquel día la mujer fue a la vivienda de él para vaciar un trastero y, cuando realizaba una llamada telefónica, el hombre se le acercó “muy exaltado y violento”, preguntándole a gritos “con quién hablaba”, agrediéndola a continuación: la agarró por la espalda, la zarandeó, la golpeó y le rodeó el cuello con uno de su brazos, a la vez que trataba de arrebatarle el móvil. La soltó cuando vio que un vecino acudío allí alertado por los gritos de la víctima, que sufrió hematomas en el cuello y en un ojo, la rotura de una uña así como escoriaciones en un brazo.
Trabajos y alejamiento
Pero esa formación ha quedado sin efecto, algo del todo excepcional tal y como ha ocurrido en este caso. Tras ser requerido por el juzgado para hacer el seguimiento y control de la medida de seguridad, el CIS de Vigo alegó “falta de competencia” en este asunto en base a dos reales decretos según los cuales solo le correspondería si fuese posterior “al cumplimiento de una pena privativa de libertad” o en sustitución de una condena también de prisión. Fuentes penitenciarias indican que en este caso al maltratador no le fue impuesta pena privativa de libertad alguna. “No es el único caso semejante que ha ocurrido, pero Instituciones Penitenciarias no es competente; hay comunidades autónomas que organizan ellas estos cursos, pero en Galicia no ocurre”, afirman las fuentes penitenciarias consultadas.
Lo cierto es que, ante la respuesta del CIS, la Fiscalía pidió al juzgado que dejase sin efecto el curso “dada la imposibilidad en el seguimiento y control del cumplimiento de la medida”, algo que acordó el juzgado, que ya archivó también de forma definitiva la ejecutoria.
La víctima de este caso muestra su indignación. “De toda la condena impuesta, para mí esta era la parte más importante y efectiva de cara a que él recibiese formación por parte de psicólogos sobre igualdad y control de conductas violentas”, valora. “Nos animan a denunciar, pasas por un proceso difícil, parece que logras algo de Justicia... y al final pasan cosas como ésta”, lamenta.
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