El Consell de Ibiza da un año a la propiedad para el derribo de la estructura ilegal de Cala Molí

El pleno desestima, con la abstención del PSOE, el recurso de alzada de la nueva propiedad de los terrenos, que reclamaba que se obligara a demoler el esqueleto de hormigón que invade una zona protegida ANEI al promotor que ejecutó las obras ilegales

La estructura ilegal abandonada desde hace dos décadas en la ANEI de Cala Molí. | TONI ESCOBAR

La estructura ilegal abandonada desde hace dos décadas en la ANEI de Cala Molí. | TONI ESCOBAR / eugenio rodríguez. eivissa

El Consell de Ibiza ordena el derribo inmediato de la estructura ilegal de Cala Molí que invade un Área Natural de Especial Interés (ANEI) después de desestimar el recurso de alzada de la propiedad, la sociedad Inversiones Inmobiliarias Canvives. Así, la institución levanta la suspensión de la ejecución de la orden de demolición y marca un plazo de un año para que el titular del terreno ejecute el restablecimiento de la legalidad.

También establece un periodo de un mes para que presente el correspondiente proyecto de derribo y advierte al propietario, tal como ya hizo en la orden de derribo inicial, de que el incumplimiento del restablecimiento de la realidad física alterada supondrá la imposición de hasta 12 multas coercitivas de casi 25.000 euros (el 10% del valor de las obras ejecutadas). En última instancia, el Consell puede ejecutar la demolición, subsidiariamente, en el caso de que la propiedad haga caso omiso a la orden.

Se trata de las obras que, en 2005, denunció el Grup d’Estudis de la Naturalesa (GEN) y que dio inicio al llamado caso Huerta, la investigación judicial de la trama que el difunto exarquitecto municipal de Sant Josep Antonio Huerta encabezó para monopolizar la tramitación, a través de su despacho privado, los proyectos urbanísticos del municipio en el que desempeñaba su función pública.

Licencia declarada nula

Situada en la calle Puig de Mar, la estructura de hormigón que se tiene que echar abajo y que ocupa casi 1.200 metros cuadrados de superficie es el esqueleto del proyecto de los 12 apartamentos, 16 estudios y dos viviendas más piscinas, locales y trasteros del grupo Medi. Después de obtener licencia por parte del gobierno del PP del Ayuntamiento de Sant Josep, el grupo ecologista denunció que esta promoción inmobiliaria invadía una zona ANEI, lo que forzó la paralización de las obras y a que el Tribunal Superior de Justicia de Balears, en 2007, declarara nula la licencia.

La urbanización de Cala Molí y, a a derecha, el sector que invade la zona protegida ANEI.

La urbanización de Cala Molí y, a a derecha, el sector que invade la zona protegida ANEI. / D. I.

Posteriormente, el gobierno municipal de izquierdas evidenció una manifiesta pasividad a la hora de forzar el derribo de esta obra declarada ilegal e ilegalizable. Primero el exalcalde socialista Josep Marí Ribas reconocía, en 2018, que se tenía que hacer y después su sucesor, Ángel Luis Guerrero, también decía que se haría «en breve». Pero no se hizo. Ese mismo año, cuando se aprobó la ley de Urbanismo de Balears, los consells insulares asumieron la competencia de disciplina urbanística en zona protegida y, a raíz de la denuncia de un ciudadano sobre la pasividad municipal (también lo denunció ante la Fiscalía), la máxima institución insular inició, en verano de 2022, el expediente para el restablecimiento de la legalidad.

Recurso de alzada

Tras la orden de derribo del Consell del pasado mes de septiembre, la actual propiedad del terreno presentó un recurso de alzada y forzó la suspensión del procedimiento con el argumento de que correspondía a Medi Ibiza SL y Medi Proyectos Inmobiliarios SL, los promotores de las obras ilegales, asumir el derribo y el restablecimiento de la legalidad. Sin embargo, los servicios técnicos han desestimado dicho recurso al amparo de lo que establece la ley de Urbanismo de Balears. En concreto, en el artículo 163 se especifica que las medidas para restablecer la legalidad urbanística afectan también a las terceras personas adquirientes de los inmuebles. Contrariamente a lo que alega la propiedad, el Consell no le imputa ninguna responsabilidad sancionadora, sólo la obligación de restablecer la legalidad en sus terrenos. Además, los servicios jurídicos señalan que «resulta lógico que no se les pueda exigir [al grupo Medi] la demolición de la edificación» porque « no tienen derecho de disposición alguno ni tampoco de posesión de la edificación». En todo caso, al ejecutarse las obras al amparo de una licencia de obra, que luego fue anulada por los tribunales por ser ilegal, el Consell no impone sanción alguna a los responsables de la infracción urbanística.

Abstención del exalcalde

La propuesta de desestimación del recurso de alzada ha sido aprobada este viernes por el pleno, con el voto favorable de todos los grupos y la abstención del grupo socialista, cuyo portavoz es el exalcalde de Sant Josep Josep Marí Ribas. Solo ha intervenido el conseller de Unidas Podemos, Óscar Rodríguez, para manifestar lo siguiente: «Estamos contentos porque se haga cumplir la ley y porque se adopten multas coercitivas. Es un problema el incumplimiento sistemático de este asunto y creo que las multas coercitivas son la vía para conseguir que al final no lo tengamos que hacer nosotros [el derribo]».

En todo caso, las posibles sanciones coercitivas por ahora son solo una advertencia porque la propiedad se ha limitado a ejercer su derecho a presentar un recurso de alzada. El retraso se debe a la pasividad municipal. Salvo que el juez ordene suspender el proceso, la interposición de un recurso contencioso administrativo no paraliza los plazos.

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