El Estado fuerza a eliminar el uso del taxímetro para controlar la velocidad máxima de 110 km/h en Ibiza

El vicepresidente segundo del Consell, Javier Torres, sostiene que "no cambia" nada, pero la Federación Independiente del Taxi de Illes Balears lo niega y dice que no se podrá programar el taxímetro con esta limitación

Un grupo de taxis esperan para cargar usuarios en la parada frente a la puerta de salida de pasajeros del aeropuerto de Eivissa. | J. A. RIERA

Un grupo de taxis esperan para cargar usuarios en la parada frente a la puerta de salida de pasajeros del aeropuerto de Eivissa. | J. A. RIERA / eugenio rodríguez. eivissa

Eugenio Rodríguez Martos

Eugenio Rodríguez Martos

El Ministerio de Política Territorial fuerza al Govern balear a modificar el decreto con el que se aprobó, antes del pasado verano, la orden insular de carga y descarga del taxi de Ibiza, para eliminar el uso del taxímetro para controlar la velocidad máxima de 110 km/h de los taxis.

El Govern balear tramitó, por ser la Administración competente, la propuesta de orden de carga que le había presentado el Consell y que, como novedad, establecía que las tarifas correspondientes se aplicaran «únicamente» en el caso de que el vehículo no superase «la velocidad máxima permitida en la totalidad de las vías de la isla de Ibiza, vinculándose esta circunstancia de forma automatizada en el aparato taxímetro». Añadía que por velocidad máxima se entiende la prevista en la normativa sobre tráfico (100 km/h en el caso de Ibiza, en la autovía de Sant Antoni) «con la posibilidad de sobrepasarla en un 10% como máximo».

Ahora, el Ministerio ha acordado con el Govern modificar dicho punto eliminando la referencia al taxímetro porque su regulación corresponde al Estado. En concreto, el Govern debe modificar el apartado 3.5 del decreto, según el acuerdo alcanzado con Madrid y que el pasado jueves fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), de manera que tenga el siguiente tenor literal: «Las tarifas correspondientes al servicio por distancia recorrida únicamente se tienen que aplicar en el supuesto de que el vehículo no supere la velocidad máxima de 110 km/h, no pudiendo aplicarse ni cobrarse el servicio que se preste a partir de esta velocidad».

El vicepresidente segundo, Javier Torres, de Ciudadanos, interpreta que, pese a la eliminación expresa del uso del taxímetro, la norma «no varía a efectos prácticos» porque se mantiene «el objetivo» de limitar la velocidad a 110 km/h cuando el taxi transporta usuarios. Pese a su supresión de la norma, Torres insiste en que «la única forma de controlarlo es programando el taxímetro de esta manera» y, por tanto, sostiene, seguirá igual.

La velocidad frontera se retira

En cambio, Gabriel Moragues, presidente de la Federación Independientes del Taxi de las Illes Balears (Fitib), de la que forman parte prácticamente todas las asociaciones de taxistas de Ibiza, sostiene que está «muy claro» que, cuando el Govern balear modifique el decreto, «ya no se podrá utilizar el taxímetro [para controlar la velocidad máxima] porque el Ministerio ha obligado a eliminar su vinculación».

Moragues recuerda que ya advirtió de que esta medida, al regular la metrología, «invade una competencia estatal». Además, destaca que el ámbito de autorización de los taxistas es «nacional» aunque se obtenga y ejerza en Ibiza, y «la velocidad máxima en el resto del Estado es de 120 km/h». Así, Moragues apunta que, aunque sea muy improbable, se podría dar la circunstancia de que si un taxista de la isla cubriera un servicio de otra comunidad autónoma, podría alcanzar los 120 km/h en autopista pero sin registrar, en la tarifa, la parte del recorrido en la que superara los 110 km/h. «Lo teníamos muy claro desde el minuto cero», subraya el representante de los taxistas.

Es más, el Estado también obliga al Govern (así lo han acordado en la comisión bilateral de Cooperación General del Estado con la Comunitat Autònoma) a que en el decreto también se elimine, en el apartado 6 sobre «suplementos autorizados que se incorporarán al aparato contador taxímetro», la llamada «velocidad frontera», el límite a partir del cual (110 km/h) el taxímetro ahora deja de contar. «Si se pudiera seguir usando el taxímetro para controlar los 110 km/ h, no se habría eliminado también la velocidad frontera. Es de perogrullo», subraya Moragues.

También se considera velocidad frontera el mínimo de 25 km/h a partir del cual empieza a contar el taxímetro, pero este punto, recalca Moragues, sí está «regulado en la normativa estatal». Precisamente, el Govern balear también reconoce que el Estado ha forzado a eliminar el uso del taxímetro porque la regulación de la metrología es de ámbito estatal.

Uso de radares

«Si se quiere controlar la velocidad se pueden poner radares, pero lo que no se puede hacer es supeditar la tarifa a la velocidad a través del taxímetro. Han querido hacer un invento y como no se puede usar el taxímetro, a efectos prácticos, no es aplicable», resalta.

Dicho esto, Moragues reconoce que este asunto «no es una cuestión de vida o muerte» para los taxistas, e incluso algunos no se oponen, pero, en ningún caso, subraya, el Consell puede imponerlo. De hecho, el presidente de la Fitib avisa de que el Consell no puede ordenar a los técnicos de los talleres que programan los taxímetros que mantengan esta limitación. En caso contrario, no descartan ir a los tribunales.

El Govern aprobará el cambio y se lava las manos sobre el efecto

El Govern balear rehúsa aclarar las consecuencias de la modificación del decreto con la orden insular de carga del taxi de Ibiza que el Estado le fuerza a publicar. Una portavoz del Ejecutivo autonómico se limita a apuntar que es el Consell, como Administración competente, la que tiene que evaluarlo. La portavoz apunta que para que el Ministerio diera el visto bueno a la orden «no se podía usar la palabra taxímetro». «No podemos legislarlo», indica, al tiempo que señala que el Consell también ha participado en el acuerdo sobre el contenido final del texto.

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