El reglamento del régimen fiscal estará antes de las declaraciones de Sociedades

Presentado el borrador que recoge parte de las alegaciones aportadas al texto por el Govern

Los contribuyentes van a poder acogerse con mayor seguridad a los beneficios que marca el nuevo régimen fiscal de Balears, una vez publicado el borrador del reglamento que lo desarrolla, según puso ayer en valor el vicepresidente del Govern, Antoni Costa, que presentó este texto a representantes de sectores económicos y empresariales del archipiélago.

Costa destacó dos hechos. El primero es que previsiblemente el reglamento quedará definitivamente aprobado en julio, antes de la presentación del grueso de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades, al tiempo que también se tendrá un referente para las autoliquidaciones del IRPF. El segundo es que en el documento recoge buena parte de las alegaciones que presentó el Govern.

Alegaciones del Govern

Sobre estas últimas, el vicepresidente recordó que las propuestas han buscado clarificar todos los conceptos para dar más seguridad jurídica y ampliar al máximo la posibilidad de obtener beneficios fiscales, para que puedan acogerse a ellos el mayor número de sectores empresariales y de inversiones. Con ello se reducen los efectos negativos de la insularidad, puso de relieve la conselleria de Hacienda.

Costa recordó y agradeció el papel que jugó en este apartado su antecesora al frente del citado departamento autonómico durante la pasada legislatura, Rosario Sánchez. Este borrador se encuentra en la fase de alegaciones, y Costa valoró que el ministerio de Hacienda lo vaya a aprobar antes de la presentación de las autoliquidaciones de Sociedades.

Un punto que destacó es que el impacto económico esperado en el archipiélago es de «cientos de millones de euros a través de la bajada de impuestos a las empresas de Balears», y con requisitos vayan vinculados más a las normativas autonómicas que a las estatales. Este reglamento desarrolla los elementos necesarios para clarificar conceptos como los sujetos que pueden beneficiarse de las bonificaciones fiscales, el tipo de establecimiento que puede conseguir esas ventajas, el destino de la inversión obtenida a través de esas medidas (el punto que más se desarrolla), o el beneficio al que se puede atribuir la bonificación, entre otros aspectos.