El Ayuntamiento de Ibiza incumple su ordenanza de alcohol, que sigue vigente hasta septiembre

Vila dictó ayer el decreto transitorio para permitir la venta y consumo de alcohol en las Festes de la Terra, en el que también ha incluido las fiestas populares de los barrios de ses Figueretes, Platja d’en Bossa y Cas Serres

Barras con venta de bebidas alcohólicas en el concierto de Pastora Soler, en el parque Reina Sofía. | MARIA MOLINA

Barras con venta de bebidas alcohólicas en el concierto de Pastora Soler, en el parque Reina Sofía. | MARIA MOLINA / isaac vaquer. eivissa

El Ayuntamiento de Ibiza ha estado incumpliendo su Ordenanza Municipal de Regulación del Alcohol durante las Festes de la Terra, en las que se han vendido bebidas alcohólicas en los eventos culturales celebrados, al menos, en el parque Reina Sofía sin autorización expresa. Porque la ordenanza sobre alcohol del municipio sigue vigente a pesar de que el pleno aprobase su derogación. Y seguirá siendo así mientras transcurre el plazo de información pública del acuerdo plenario, que es de 30 días desde su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) el pasado 3 de agosto.

El Consistorio confirmó que ayer emitió el decreto transitorio para permitir la venta de alcohol en los eventos culturales de las Festes de la Terra, tras recibir la consulta de Diario de Ibiza.

También se ha autorizado la venta y consumo de alcohol en las fiestas de los barrios de ses Figueretes, Platja d’en Bossa y Cas Serres, que se celebrarán a lo largo del mes de agosto y principios de septiembre. La norma fija que la venta y consumo de alcohol en la vía pública durante las fiestas patronales o populares debe autorizarse también de forma expresa.

Proceso de derogación

En el pleno del Ayuntamiento de Ibiza celebrado el pasado mes de julio se aprobó la derogación de la ordenanza que prohibía la venta y consumo de alcohol. La respaldaron PP, Vox y Unidas Podemos y recibió el voto en contra del PSOE. La decisión llegó justo antes del inicio de las Festes de la Terra.

El texto que apareció días después en el BOIB indica expresamente que se trata de una «aprobación inicial» y que el acuerdo se somete «a un periodo de información pública, un plazo de 30 días». Además, se colgó en el tablón municipal de anuncios para que tengan acceso al texto los vecinos y entidades interesadas y puedan «formular reclamaciones, objeciones u observaciones».

Si pasa este plazo y nadie ha presentado reclamaciones o sugerencias, «el acuerdo se entenderá definitivamente aprobado». Eso no obstante se producirá el 3 de septiembre, momento en que la ordenanza ya no será aplicable si no hay alegaciones.

Mientras tanto, la norma establece que la venta y consumo de bebidas alcohólicas en los eventos culturales organizados por las instituciones públicas están prohibidos, excepto en zonas expresamente habilitadas en las que no debe estar permitida la entrada a menores de 18 años. Esa prohibición puede quedar sin efecto si se fija una excepción, que debe ser «puntual y expresa».

La Ley del Procedimiento Administrativo Común indica que antes de elaborar una ordenanza es necesario un proceso de consulta pública que debe durar al menos 30 días. Un proceso que la Ley de Bases de Régimen Local también fija para modificarlas. En este caso se trata de una derogación, pero la doctrina jurídica considera que el proceso debe ser el mismo. El Código Civil indica en su artículo 2.2 que las leyes sólo pueden ser derogadas por otras leyes, un principio que se aplica a todas las normas. Por tanto, para derogar una norma hay que hacer otra, aunque sea sólo para decir que se hace para dejar sin efecto la primera.

Alcohol, pero no mucho

En 2022 se autorizó el suministro, consumo y venta de bebidas alcohólicas de menos de 16 grados en las Festes de la Terra. Se fijo esta excepción específicamente para el espectáculo ‘Nit d’humor’ y los conciertos de ‘Morning Drivers’, ‘Mägo de Oz’, ‘Pvssydonia’, ‘Dixebra’ y ‘Xavi Sarrià’ dentro de la programación de las fiestas. El decreto se firmó el 2 de agosto, día del primer evento en el que se establecía la excepción.

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