Frenazo al crecimiento urbanístico: el Govern prohíbe a los municipios autorizar nuevas urbanizaciones

Un nuevo decreto impide a los municipios crecimientos si cuentan con el 15% de suelo urbano sin construir | Incluye a Ibiza y Formentera en la limitación en suelo rústico a una piscina por finca con un máximo de 35 metros cuadrados y 60 metros cúbicos

Vista aérea de Ibiza, en una imagen de archivo. | C. NAVARRO

Vista aérea de Ibiza, en una imagen de archivo. | C. NAVARRO / Miquel Adrover

Miquel Adrover

El Consell de Govern aprobó ayer un frenazo al crecimiento urbanístico de gran calado en todo el territorio de Balears. Tal y como avanzaron Diario de Mallorca y Diario de Ibiza el pasado 22 de octubre, los ayuntamientos no podrán autorizar nuevas urbanizaciones si cuentan con suelo urbano sin construir en su término municipal. Se pretende, con esta medida, evitar crecimientos expansivos de grandes chalés en las afueras cuando en los cascos urbanos hay solares sin construir, suelo para desarrollar o edificios sin rehabilitar. Es una forma de poner freno al crecimiento expansivo que durante décadas han experimentado las islas.

De igual modo, se limitan las piscinas en suelo rústico, por lo que sólo se permitirá una instalación por finca rústica y una extensión máxima de 35 metros cuadrados. Todas estas medidas, entre otras, de menor calado, están incluidas en un Decreto Ley, el 10/2022, que deberá ser validado por el Parlament.

Freno al crecimiento

Limitar las mansiones

La letra pequeña del decreto que prohíbe nuevas urbanizaciones tiene un objetivo claro: evitar nuevas zonas urbanas de grandes chalés y mansiones en las afueras de los municipios mientras en el interior se cuenta con suelo urbano sin construir.

Las excepciones

VPO o equipamientos públicos 

Los ayuntamientos solo podrán saltarse la norma de no autorizar urbanizaciones si cuentan con el 15% de suelo urbano vacante, si se han de desarrollar promociones de vivienda pública (VPO) o construirse colegios, centros de salud o polideportivos.

Limitar las piscinas

Freno a urbanizar el campo

El Govern ha impulsado la limitación de piscinas en rústico a una por finca argumentando que es para ahorrar agua. No obstante, es una medida urbanística para hacer menos atractiva la construcción y el alquiler vacacional en el campo.

Según explicó ayer el conseller de Medio Ambiente y Territorio, Miquel Mir, tras el Consell de Govern, en los planeamientos urbanísticos municipales no se podrán crear nuevos crecimientos de suelo urbanizable, ocupando suelo rústico de las afueras del casco urbano, cuando las necesidades puedan ser resueltas con actuaciones de rehabilitación, regeneración y renovación urbana y cuando en el municipio exista más de un 15% de suelo vacante sin construir.

Nuevos crecimentos

Asimismo, si el término municipal tiene una superficie equivalente a la propuesta de nuevo crecimiento en suelo urbanizable, tampoco se podrá desarrollar. De igual forma, no se podrán planificar nuevos crecimientos urbanos en áreas de prevención de riesgo de inundación con la finalidad de evitar riadas en las zonas donde viven las personas.

La única excepción que contempla el Govern para crecimientos urbanos es para las promociones de vivienda pública y de equipamientos públicos. Es el caso de parques, colegios, polideportivos y centros sanitarios, entre otros. Ello será posible siempre y cuando el ayuntamiento no disponga del suelo disponible para construir estas infraestructuras.

«El objetivo principal de la normativa aprobada hoy [por ayer] es continuar desarrollando un nuevo modelo territorial en que la contención urbanística sea el eje primordial, con lo cual se frena la expansión de la nueva urbanización en suelo rústico y se apuesta por la sostenibilidad y la rehabilitación urbana», aseguró el conseller Miquel Mir.

La norma impulsa, asimismo, toda una serie de medidas encaminadas a ahorrar agua. La más potente hace referencia a la limitación de construcción de piscinas en suelo rústico, donde solo se permitirá una piscina por finca y con un máximo de 35 metros cuadrados en toda su extensión.

La medida ya se aprobó en el decreto de medidas urbanística 9/2020, pero dejaba fuera algunas zonas y las islas de Ibiza y Formentera. Ahora el ámbito de aplicación será para todo el territorio balear sin excepción.

Una piscina por finca

La limitación de una sola piscina por finca con un máximo de 35 metros cuadrados y 60 metros cúbicos tiene la clara finalidad de poner freno a la construcción en suelo rústico, en lo que se ha venido a llamar la urbanización del campo.

Una actividad que ha generado una gran expansión en las últimas décadas a raíz de la llegada del alquiler vacacional y que para su comercialización son imprescindibles amplias piscinas.

El Govern ha vestido la limitación de las piscinas como una medida de ahorro de agua, pero en el fondo tiene un gran calado urbanístico. El decreto también prohíbe la utilización de aguas no regeneradas en los equipamientos municipales.

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