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El exalcalde de Sant Antoni José Tur no logra impedir que le juzguen por el chiringuito de Cala Gració

La Audiencia Provincial rechaza el último recurso con el que su defensa trataba de evitar la vista oral, también contra la concejala del grupo PSOE-Reinicia Cristina Ribas

El chiringuito se desmontó en septiembre de 2018 sin haber podido iniciar su actividad. | TONI ESCOBAR

El exalcalde de Sant Antoni José Tur Cires y la concejala socialista Cristina Ribas no han logrado evitar que se convoque el juicio por el chiringuito de Cala Gració. Aunque la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Ibiza, María Luisa Bustillo, ya había decretado la apertura de juicio oral contra ambos por un supuesto delito de prevaricación, la defensa de Tur y Ribas recurrió el auto de transformación de la causa en procedimiento abreviado, el paso previo a la apertura de juicio oral. Como el recurso no suspende el proceso, la magistrada siguió adelante y decretó la celebración de juicio sin esperar a su resolución.

En un auto de mediados de septiembre, la sección segunda de la Audiencia Provincial desestimó el recurso de la defensa del exalcalde y de la concejala del grupo de PSOE-Reinicia, que en el pasado mandato estaba al frente del área de Urbanismo.  El querellante, la empresa Bambagas, promotora del chiringuito, también recurrió el auto de transformación de la causa a procedimiento abreviado después de que la jueza instructora decidiera que las dos técnicas imputadas no se sentarán en el banquillo de los acusados. La Audiencia Provincial tampoco ha aceptado los argumentos del querellante, por lo que el juicio será sólo contra Tur y Ribas, tal como había resuelto la instructora de la causa.

La Fiscalía no había apreciado indicios de delito y había pedido el archivo de la causa, mientras que la acusación pide una pena de 12 años de inhabilitación para Tur y Ribas para ocupar un cargo público por un presunto delito de prevaricación al impedir la apertura de este negocio de temporada en una zona virgen en primera línea de costa, junto a la desaladora de Sant Antoni, después de que la junta de gobierno hubiera autorizado su puesta en marcha. Tras las críticas que surgieron cuando se supo que se había autorizado la instalación de este chiringuito desmontable, con capacidad para 11 mesas y 38 sillas, en un paraje natural sin edificar, el equipo de gobierno revisó el expediente y halló «irregularidades» en su tramitación, lo que provocó que diera marcha atrás e impidiese su apertura.

La Audiencia Provincial considera que, para acusarlas de prevaricación, las dos técnicas municipales «deberían haberse alejado de la legalidad de modo evidente, patente, grosero» a la hora de determinar la calificación del suelo, pero no es este el caso, según el auto, debido a la cantidad de informes sobre este asunto que eran «discrepantes». Sus informes, además, no eran vinculantes. El tribunal concluye que «cuando los indicios son endebles y apenas apreciables, resulta absurda la continuación del procedimiento».

En cuanto al recurso de Tur y Ribas, la Audiencia Provincial sostiene que «no aporta nuevos elementos que contradigan los acertados argumentos de la instructora» a la hora de resolver, «con todas las cautelas», la transformación de la causa en procedimiento abreviado. «La resolución es grosera para el Derecho cuando supone y evidencia una desviación en el ejercicio de la función pública, se prescinde del procedimiento legalmente establecido respecto de la declaración de lesividad de actos anulables, y sólo se acude a la postre a la revisión de oficio cuando se ponen de manifiesto las anteriores faltas», afirma el auto para confirmar la resolución impugnada.

En cambio, la defensa de Tur y Ribas considera que no se sostiene la acusación porque las decisiones que adoptaron ambos fueron en función de los informes emitidos por las dos técnicas que se han quedado fuera de la causa.

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