Las leyes españolas e internacionales limitan la cantidad de dinero con la que ser puede viajar sin necesidad de declararlo. Según el Banco de España, no hay un límite establecido acerca del transporte de dinero en efectivo dentro del territorio nacional, pero sí hay «obligación de declarar todo movimiento interno en el territorio español de una cantidad igual o superior a 100.000 euros», o su valor en cualquier otra divisa.

En cuanto a los viajes al extranjero o de regreso a España desde cualquier país, tampoco existe un límite de efectivo, aunque la ley dice que «quien entre o salga de España con una cantidad igual o superior a 10.000 euros [o su equivalente en otra moneda] deberá realizar una declaración».