­El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) acaba de emitir un escrito en el que da un plazo de tres meses al Consell de Ibiza para que «proceda a la modificación de los planos de ordenación del Plan Territorial Insular (PTI), así como de las normas escritas» para adaptarlo a la sentencia emitida en 2008 por este mismo tribunal que anuló la calificación del último kilómetro de Platja d´en Bossa, ses Variades y otros seis terrenos más de la isla como suelo urbanizable y obligó a dejarlos como suelo rústico. De este modo, el TSJB neutralizó entonces una maniobra del Consell de Pere Palau para recuperar los suelos urbanizables que las Directrices de Ordenación del Territorio (DOT) aprobadas por Jaume Matas en 1999 habían convertido en suelo rústico.

Un abogado de Ibiza, Joan Cerdà, se dirigió al TSJB este mismo verano para reclamar que se ejecutara la sentencia de 2008, puesto que, según este letrado, «no consta el cumplimiento del fallo de la sentencia dictada, pues por parte del Consell de Ibiza no se ha procedido a rectificar los planos del PTI a los que la sentencia se refiere ni a publicar ni aprobar modificación del PTI que recoja la anulación de la norma 27, punto 2, apartado b), y mantiene dicho artículo y los planos inalterados en su propia página web». De hecho, ayer mismo la web oficial del Consell seguía teniendo colgados los planos del PTI donde aparecen como suelo urbanizable el tramo final de Platja d´en Bossa, ses Variades y los demás terrenos que el TSJB declaró como rústicos en aquella resolución.

Ahora, en fecha de 10 de este mismo mes, la sala de lo Contencioso Administrativo del TJSB ha emitido un escrito en el que acuerda «requerir al Consell de Ibiza para que en el plazo de tres meses proceda a la modificación de los planos del ordenación del PTI, así como de las normas escritas, afectados por la referida sentencia, para ajustarlos al indicado pronunciamiento judicial de la misma». Además, insta al Consell «para que al término del indicado plazo comunique a esta sala las actuaciones llevadas a cabo».

El equipo de gobierno del Consell confirmó haber recibido este requerimiento, si bien añadió que desde el año 2009 ya se está aplicando la sentencia original. El Consell no pudo aportar ayer más explicaciones sobre los pasos que seguirá y alegó para ello el gran volumen de trabajo de sus servicios jurídicos.

Aplicación en la práctica

De hecho, las instituciones afectadas, tanto el Consell como el Ayuntamiento de Sant Josep, por ejemplo, ya tienen en cuenta desde aquel momento que estos terrenos son suelo rústico y por ello han naufragado algunos proyectos urbanísticos que se impulsaban en este tipo de zonas, como la nueva zona turística que impulsaban las empresas Matutes al final de Platja d´en Bossa.

La sentencia que provocó la anulación de estos suelos urbanizables fue consecuencia de un recurso interpuesto por los ecologistas del GEN, entidad que ayer señaló que ellos mismos ya pidieron la ejecución de la sentencia con anterioridad y fue acordada por el tribunal en su momento. De hecho, «en base a esta desclasificación se han hecho informes desfavorables a desarrollos urbanísticos afectados». «Es cierto que el Consell no ha hecho la nueva planimetría y lo más lógico sería que lo hubiera hecho», admitieron los ecologistas.

La sentencia de 2008 desmontó el intento del Consell del PP de declarar urbanizables estos terrenos argumentando: «El Consell se ha limitado a afirmar, sin probar de manera alguna» que esos terrenos fueran urbanizables. «Ni en los documentos que conforman el PTI, ni en los estudios y análisis realizados en su formación, ni en los informes técnico y jurídico de contestación a las alegaciones formuladas por terceros» el Consell logró aportar datos que respaldaran sus tesis, señalaba la sentencia.