No es diferente al resto de sus compañeros de clase y se siente española, pero de momento el Ministerio de Justicia no le deja serlo porque, aunque nació en Ibiza hace siete años y medio, estudia segundo de Primaria, habla castellano y aprende catalán, en el Registro Civil de Ibiza consideran que «la parte interesada», es decir, sus padres, «no han justificado suficiente grado de integración en la sociedad española».

Es, por tanto, marroquí, como sus progenitores, y cada cinco años, si antes no se remedia, tendrá que renovar su permiso de residencia, con el riesgo de que, por alguna razón, «algún día se lo puedan quitar», critica la abogada de la familia, Cristina Molina. «Pero lo peor», advierte la letrada, «es que un niño que nace en España se siente español y, cada vez que se le recuerda que no lo es, sufre una gran afrenta».

La familia de la niña recibió el pasado martes la resolución de denegación de nacionalidad por residencia que adoptó la Dirección General de los Registros y el Notariado del Ministerio de Justicia basándose en el informe realizado en el Registro Civil de Ibiza.

Tanto el padre como la madre de la menor tienen permiso de residencia en España, donde viven con documentación migratoria en regla desde el año 2003.

Sus padres comenzaron los trámites para lograr la nacionalidad española de su única hija el 16 de noviembre de 2011. Un año y medio después, el 20 de mayo de 2013, su madre y su padre fueron citados en el Registro Civil de Ibiza. Entonces, el hermano del padre sirvió de intérprete a los progenitores de la niña, que entonces hablaban español con mayor dificultad que hoy.

El 29 de agosto de 2014 los padres de la menor fueron informados por el Ministerio de Justicia de que el Registro Civil de Ibiza había recibido su solicitud de adquisición de la nacionalidad española por residencia y, finalmente, el martes de esta semana, casi cinco años después de comenzar los trámites, la familia tuvo noticia de la denegación, contra la que cabe la interposición de un recurso potestativo que su abogada ya está preparando.

No integrados «por el momento»

«El juez encargado del Registro Civil de Ibiza, mediante auto de 13 de diciembre de 2013, dispone que de la documentación aportada, de las diligencias pertinentes y del preceptivo informe del ministerio fiscal, se desprende que el interesado [es decir, la familia de la niña, que es la que solicitada la nacionalidad para la pequeña] no se ha integrado por el momento de forma mínima, con un escaso conocimiento de nuestra cultura y costumbres», sentencia la resolución del Ministerio de Justicia.

El mismo documento apunta que «el adecuado grado de integración en la sociedad española no se reduce a un conocimiento aceptable del idioma, sino que es preciso un conocimiento de las instituciones, costumbres y adaptación al modo y estilo de vida españoles».

La familia de la niña asegura que en el Registro Civil de Ibiza no se les formularon cuestiones referentes a estos temas, sino que las preguntas fueron exactamente cinco y exclusivamente de carácter personal: «¿Cuánto tiempo llevan viviendo en Ibiza?», «¿por qué quieren la nacionalidad española para su hija?», «¿no están contentos con la suya?», «¿dónde se conocieron?», «¿están casados?» y «¿tienen amigos españoles?».

La familia asegura que es consciente de que, tarde o temprano, el Ministerio de Justicia tendrá que conceder a su hija la nacionalidad española, ya que este es su país de nacimiento, reside en él desde que nació, está escolarizada y su familia cuenta con toda la documentación en regla, pero mientras tanto deben continuar con los trámites burocráticos, que acarrean gastos y precisan tiempo, lamenta el padre de la niña.

La abogada, acostumbrada a tramitar numerosas solicitudes de permisos de trabajo, residencia y nacionalidad, asegura que es la primera vez que le ocurre algo así con un menor: «La verdad es que el tema de esta niña es surrealista».

Por su parte, un portavoz del TSJB explicó que los funcionarios nunca formulan preguntas a los menores de edad que solicitan, a través de sus tutores, la nacionalidad española, sino que las cuestiones siempre se les hacen a los padres. Sobre ellos se realiza el informe de integración, que en el caso de los padres de esta niña fue negativo. «No es preceptivo que a los menores se les haga un examen para conocer su grado de integración», señaló el TSJB.

Fuentes jurídicas destacaron que la ley española es «muy dura» a la hora de reconocer el derecho a la nacionalidad, que en muchas ocasiones queda «al arbitrio de los funcionarios» y que, en el caso de los menores de edad, resulta «especialmente injusto que su grado de adaptación se juzgue según el de sus padres o tutores».