La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha confirmado la sentencia en la que se anulaba la concesión de tres nuevas licencias de taxi en Sant Antoni. En septiembre de 2008, el pleno del Consistorio aprobó las tres nuevas autorizaciones. La Unió Pitiusa d´Autònoms del Taxi recurrió la concesión un mes después porque no se había justificado el incremento de la flota de taxis ni cumplido el trámite de audiencia previo con las asociaciones de empresarios y trabajadores.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Palma dio la razón a la Unió Pitiusa d´Autònoms del Taxi, en primera instancia, pese a que el Consistorio defendió que no faltaba memoria alguna, ya que existía un informe técnico de 18 de julio de 2008 previo a la aprobación definitiva. Cabe tener en cuenta que el pleno acordó conceder tres licencias más en abril de ese año. Las alegaciones presentadas contra el acuerdo del plenario de abril se respondieron en un informe jurídico emitido en septiembre.

La sentencia del TSJB, contra la que no cabe recurso, condena al Consistorio al pago de las costas. El tribunal sostiene que la justificación de la necesidad y conveniencia de la creación de nuevas licencias de taxi ha de ser «previa al acuerdo municipal que le imponga». «La memoria es el documento que, con una u otra denominación, recoge esa justificación y, por tanto,esa memoria o estudio ha de ser previa a dicho acuerdo», argumenta la sentencia, que, asimismo, confirma que el procedimiento requiere también de audiencia e información pública, lo cual ha de ser igualmente previo. Pese a que el Consistorio defiende que ha cumplido los trámites legales con los informes de 18 de julio y 5 de septiembre de 2008, el tribunal insiste en que «faltaba un estudio previo sobre la necesidad o conveniencia [de las licencias]; esto es, faltaba la memoria a la que se alude en la sentencia apelada [la de primera instancia]. Faltando ese estudio o memoria previa, faltaba así motivación del acuerdo de 23 de abril de 2008. Y esa falta de motivación coincide con otra, en concreto con la falta de audiencia previa a la adopción de dicho acuerdo», concluye la sentencia del TSJB.

En el pleno de septiembre de 2008 en que se aprobó la concesión de las licencias, la oposición preguntó si existía algún estudio que avalase el incremento de la flota de taxis. El entonces concejal José Cardona respondió que la cifra se basaba en «el estudio del Consell sobre el número de habitantes y plazas turísticas».

El apunte

LA JUSTIFICACIÓN

Las colas de los veranos

Cuando se produjo el primer fallo judicial contra las licencias dadas, el exconcejal Joan Pantaleoni recordó que el recurso no lo habían interpuesto los taxistas del municipio y subrayó que la justificación de las licencias era «más que obvia cuando cada día en verano esperan un taxi cientos de personas». Este periódico trató ayer infructuosamente de recabar la opinión de la alcaldesa.