Desestiman el recurso de un local multado por repartir publicidad en ses Salines
La sentencia confirma la multa de 6.000 euros, la máxima que permite la ley, y da la razón al Ayuntamient
El Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Palma ha desestimado el recurso presentado por un local de ocio de Platja d'en Bossa contra la sanción interpuesta por el Ayuntamiento de Sant Josep por repartir publicidad dinámica en ses Salines.
La sentencia confirma la multa de 6.000 euros, la máxima que permite la ley, y da la razón al Ayuntamiento, que decidió actuar contra este local después de que la Policía Local interceptara a personas que repartían 'flyers' publicitarios en la playa en 2015.
Así, se inició un expediente y, tras unos meses, se interpuso una sanción por infracción muy grave de la Ordenanza Reguladora de Publicidad Exterior, ya que el Plan Rector de Usos y Gestión del Parque Natural prohíbe expresamente el reparto de publicidad dinámica.
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