La disposición transitoria primera de la nueva Ley de Minas ocupa seis páginas de texto y en realidad una ley en sí misma, en vista del alcance y profundidad de su contenido. Este precepto, titulado «procedimiento para actualizar y regularizar los derechos mineros» legaliza de un plumazo aquellas canteras que se hayan saltado la normativa y se hayan excedido en lo que le permiten explotar las licencias y normas en vigor, si bien el texto utiliza varios eufemismos y tecnicismos para disimular esta amnistía y se refiere a canteras «en que haya discrepancias» entre lo autorizado y lo realmente ejecutado.

En esta disposición, objeto de numerosos reparos por los técnicos del Consell ibicenco, se alude expresamente a la posibilidad de realizar estas legalizaciones «en lugares de relevancia ambiental de la Red Natura 2000», es decir, LIC y ZEPA, amén de Parques Naturales, ANEI y todo el catálogo de áreas protegidas que hay en Balears.

También con informe negativo

En ellos será posible también continuar la tramitación de la legalización incluso si la Comisión Balear de Medio Ambiente emite informe desfavorable, aunque se matiza que eso solo será en casos muy excepcionales.

El Consell de Ibiza presentó alegaciones también para que se excluyeran de regularización «las situaciones que deriven de la mala fe por parte del explotador», pero finalmente el Govern ha hecho caso omiso a esta petición y todos los infractores se beneficiarán de esta amnistía.

El Govern, en la contestación de esta alegación, defiende la necesidad de que los explotadores puedan tramitar «la documentación que consideren» y, además, luego se procederá a «una observación exhaustiva» por parte de la sociedad y los técnicos para determinar si la explotación puede continuar o bien si debe ser restaurada.