La primera resolución judicial de los múltiples recursos interpuestos contra las licencias estacionales que promueve el Consell insular le da la razón a la máxima institución pitiusa, al que la sala de lo contencioso-administrativo número 1 de Palma considera competente para regular el transporte insular de personas.

El dictamen, contra el que cabe recurso de apelación frente al Tribunal Superior de Justicia, desestima uno por uno los argumentos del recurrente, Joan Marí, el presidente de la Unión Pitiusa del Taxi. Marí actuaba a título personal cuando se opuso en verano de 2006, al primer Plan Insular de Transporte puesto en marcha por el Consell, entonces gobernado por el PP, con el acuerdo de las asociaciones patronales de la isla, que monopolizaron las primeras licencias temporales.

La sentencia confirma que el ejecutivo insular tiene competencias para regular el transporte insular de personas sin taxímetro, aunque la misma normativa prevé excepciones, como la de los permisos estacionales a los que se obliga a cobrar las carreras al mismo precio que los taxis convencionales. La magistrada Carmen Frígola también observa que se respetan las competencias exclusivas de los ayuntamientos para regular el servicio de taxi, ya que el plan puesto en marcha establece que los permisos estacionales no podrán recoger clientes en los municipios que se opongan al plan «debiendo retornar a su municipio de origen o a cualquier otro que haya expresado su conformidad». Esta cláusula se ha mantenido en las reediciones posteriores de ese primer plan, contra el que se opuso Vila en un primer momento y que ha recibido el rechazo de los consistorios que gobierna el PP en Eivissa tras el último cambio de poder en el Consell.

La sentencia también es clara en otra de las objeciones que planteaba Marí: el incumplimiento de la dedicación exclusiva del taxista que obtiene un permiso temporal -hay que recordar que en aquel año sólo los patronos pudieron optar a estas licencias-. La magistrada recoge que la normativa de 1979 autoriza a un autónomo a contratar a chóferes asalariados, por tanto «no podrá explotar de manera personal las dos licencias -temporal y anual- sino que deberá explotar la segunda a través de un asalariado».

La juez tampoco considera que se haya producido una competencia desleal al sector del taxi ya que los vehículos estacionales «llevan distintivos diferenciados que permiten saber qué administración los ha autorizado para adoptar medidas en caso de conductas anómalas» como recoger pasajeros fuera de los municipios que aceptan su funcionamiento.

Valoraciones

El conseller de Movilidad, Albert Prats, destaca precisamente que en el último plan del Consell se ha abierto la puerta a los asalariados, «con lo que se garantiza todavía más la exclusividad» y respeta la obligación «de darles prioridad para las nuevas licencias» que vayan saliendo, tal y como se fija en la normativa de 1979. Prats expresó su confianza en que las próximas resoluciones también serán favorables a la actuación de la institución y reiteraron en que la base jurídica de las licencias temporales se ha reforzado este año.

Marí valorará el auto en próximos días, aunque ayer adelantó que «hay aspectos positivos» a las posiciones que vienen manteniendo los patronos. También explicó que recurrirá este primer fallo desfavorable y que su intención es llevar este caso «hasta lo más alto».

Al menos tres recursos más

El paso por los tribunales de los permisos estacionales que concede el Consell Insular será largo. Tras el primer recurso interpuesto por Joan Marí en 2006 llegaron otros como el presentado por el colectivo que todavía preside Marí, la Unión Pitiusa, el de la Asociación de Asalariados o el del propio Ayuntamiento de Vila, entonces contrario al plan. Con el cambio de gobierno de 2007 llegaron también los cambios de alianzas, y mientras Vila pasó a apoyarlas, los autónomos perdieron el monopolio sobre las estacionales este verano y presentaron también un contencioso.