Al concluir el sumario

La orden de detención de Puigdemont decaerá en cuando Llarena aplique la ley de amnistía

"No cabría detenerle e ingresarle en prisión" con una ley en vigor que "determina su irresponsabilidad penal", explican las mismas fuentes.

Carles Puigdemont en Perpiñán.

Carles Puigdemont en Perpiñán. / ACN

Ángeles Vázquez

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont podrá volver a España sin riesgo alguno de ser detenido en cuanto el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena concluya el sumario que instruye en su contra por su responsabilidad en el 'procés', al aplicar la ley de amnistía cuando entre en vigor. Fuentes jurídicas señalaron a EL PERIÓDICO que las órdenes nacionales de detención emitidas contra el expresident y los también huidos de la justicia española Toni Comín y Lluís Puig decaerán automáticamente en ese momento.

El levantamiento de la orden de arresto será una "consecuencia instantánea de la ley de amnistía", ya que "no cabría detenerle e ingresarle en prisión" con una ley en vigor que "determina su irresponsabilidad penal", explican las mismas fuentes. Eso ocurrirá en el momento en que Llarena se vea obligado a dar por concluido el sumario que instruía por el procés, en aplicación de la nueva legislación, y lo eleve a la Sala de lo Penal para que sea ella la que proceda a su archivo y, en su caso, plantee una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional.

Si el órgano de garantías acaba declarando que la ley de amnistía de lo ocurrido en Catalunya en el otoño de 2017 es inconstitucional, se podría volver a dictar una orden de arresto contra Puigdemont, Comín y Puig, pero solo si la amnistía fuera anulada, no con ella en vigor, aunque su constitucionalidad sea cuestionada.

Al haberse instruido el 'procés' como sumario y no como procedimiento abreviado, porque las penas a las que se enfrentaban los acusados y que terminaron siendo impuestas por el tribunal superaban los nueve años de cárcel, será la Sala Segunda, presidida por Manuel Marchena, la que pueda elevar una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional o una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), si lo considera conveniente.

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De ser así, la Sala Segunda lo plantearía tanto de cara a aplicar la amnistía a los condenados por ella misma en octubre de 2019, como respecto a los procesados declarados en rebeldía, porque solo ella puede poner fin a un procedimiento mediante sentencia o al decretar el sobreseimiento de las actuaciones porque los hechos cometidos han sido amnistiados.

Como ocurrió cuando se derogó la sedición y se modificó la malversación, el Supremo actuará en el mismo momento que la amnistía sea promulgada y entre en vigor para proceder al archivo del procedimiento o de la sentencia dictada en su día. El artículo 35 de la ley reguladora del Tribunal Constitucional establece que "el planteamiento de la cuestión de constitucionalidad originará la suspensión provisional de las actuaciones en el proceso judicial hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre su admisión", y luego se "resuelva definitivamente sobre la cuestión" planteada.

Como la orden de detención nacional aún en vigor decaerá automáticamente en cuanto Llarena dé por concluido el sumario y lo eleve a la Sala, nada impedirá a Puigdemont poder regresar a España sin riesgo alguno de ser arrestado, porque los delitos por los que estaba procesado, la desobediencia y la malversación de caudales públicos, habrán desaparecido al haber sido amnistiada su actuación.

Precisamente en el caso de plantearse una cuestión prejudicial ante el TJUE el argumento principal será el haber perdonado un delito de los incluidos entre los constitutivos de corrupción, lacra contra la que Unión Europea se ha mostrado especialmente inflexible.

En el caso del expresidente catalán la amnistía supondrá también quedar exonerado del procedimiento por responsabilidad contable que tiene abierto en el Tribunal de Cuentas junto a otros 34 demandados, entre los que también están su antecesor en la Generalitat, Artur Mas, o el presidente de ERC, Oriol Junqueras. La vista para enjuiciarles por el dinero público presuntamente desviado por el 1-O y la acción exterior del Govern está previsto que se celebre el próximo día 17. La fiscalía lo había cuantificado en 3,4 millones de euros y la acusación que ejerce Sociedad Civil Catalana en algo más de cinco millones.

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