Tribunales

Condenan a Sanidad a pagar 10.000 euros a la víctima del ex de Oltra por despedirla

Tanto ella como su pareja trabajaban en el hospital de Torrevieja antes de la reversión y fueron los únicos despedidos

Los dos jóvenes fueron los únicos despedidos en la reversión del hospital de Torrevieja.

Los dos jóvenes fueron los únicos despedidos en la reversión del hospital de Torrevieja. / I. CABANES

Marina Falcó | @la_falco

La Consejería de Sanidad deberá pagar 10.000 euros a la víctima de los abusos del exmarido de Mónica Oltra y esta misma cantidad a la entonces pareja de la joven como indemnización por haber sido los únicos despedidos tras la reversión del hospital de Torrevieja en el mes de octubre del año 2021. Se da la circunstancia de que de los 1.058 trabajadores del centro hospitalario, únicamente ellos dos fueron despedidos.

Así lo ha señalado el Juzgado número 1 de lo Social de la localidad de Elx en una sentencia emitida este mismo jueves y en la que se señala que se "aprecia la vulneración de los derechos" de ambos jóvenes y que por ello se declara la nulidad del despido aunque "no procederá la readmisión" ya que la Consejería abonó las retribuciones que no recibieron, se les liquidaron las vacaciones no disfrutadas reconocimiento de servicios prestados y las cotizaciones a la Seguridad Social. 

Problemas con el envío de la documentación

Según se explica en la propia sentencia, ambos jóvenes tenían un contrato de interinos en el centro hospitalario desde el año 2021 (ella desde el mes de septiembre y él desde julio) y contaban con salarios que superaban los 1.500 euros netos.

Para llevar a cabo el proceso la Generalitat incluyó la obligación de la concesionaria de enviar toda la información sobre el personal a subrogar a la Consejería de Sanidad. Sin embargo existieron "dificultades para obtener con antelación suficiente a la fecha de reversión la información de toda la plantilla" así que fue la propia Sanidad quien tuvo que solicitar a los empleados que voluntariamente aportasen la información laboral que tuviesen. En este proceso "surgieron problemas de contratación únicamente con 300 trabajadores aproximadamente".

Al día siguiente de la reversión, la joven y su pareja acudieron al hospital de Torrevieja a interesarse sobre su situación laboral. Desde el centro aseguraron que se buscarían los contratos laborales de ambos, pero nunca se pusieron en contacto con ellos.

Cuando finalmente se publicó en el DOGV la relación de personal subrogado tras el fin de la concesión del hospital torrevejense, los únicos empleados que no aparecían contemplados en el listado eran los demandantes.

Y aunque el magistrado da por probado que el proceso de reversión, "no fue pacífico" y se produjeron retrasos en la remisión de la documentación, esto no explica por qué sólo esta pareja quedó excluida de la subrogación.

Desde la representación legal de la víctima de abusos de Luis Ramírez Icardi, se aduce que estos despidos serían "represalias" por la denuncia que la joven a este monitor del centro de menores donde la mujer estuvo internada cuando se produjeron las agresiones y que se saldó con una condena de cinco años de prisión.

La sentencia que impone a la Generalitat Valenciana el pago de 10.000 euros a la joven y a su anterior pareja por sus despidos puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia.

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