Crisis del coronavirus
La juez no aprecia detención ilegal de los estudiantes alojados en el hotel covid de Palma por el macrobrote de Mallorca
El juzgado se pronunciará hoy sobre la legalidad del confinamiento impuesto por el Govern | El juzgado de instrucción señala que la actuación de la directora general de Salud se encuentra dentro del ámbito de su competencia
J. F. Mestre
La jueza de guardia rechazó en la noche del lunes que los estudiantes estén retenidos ilegalmente en el hotel covid de Palma. La magistrada Ana San José, del juzgado de instrucción número 5 de Palma, denegó una petición de habeas corpus planteada por una de las jóvenes que están hospedadas en contra de su voluntad, por razones sanitarias, en el hotel Bellver.
Por otra parte, está previsto que durante este martes otro juez, que corresponde a la jurisdicción administrativa, se pronuncie sobre la legalidad de la decisión de la conselleria de Salut de imponer la cuarentena al grupo de estudiantes, que estuvieron en contacto con los jóvenes que se han contagiado con el virus durante su estancia en Mallorca.
El habeas corpus fue planteado por los abogado Luis Baena y Bochika Bitata, que intentaron el pasado lunes entrevistarse personalmente con el grupo de estudiantes que le había requerido, pero no pudieron hacerlo al no permitirles la entrada en el hotel covid del Paseo Marítimo de Palma.
Ante esta situación, los abogados acudieron al juzgado de guardia para presentar un escrito denunciando la detención ilegal de los estudiantes, solicitando al juez que ordenara que les dejara regresar a sus domicilios, sobre todo a los que habían dado negativo en las pruebas PCR.
A la petición de habeas corpus se opuso la fiscalía. La magistrada señala en su resolución que la menor que presentó la denuncia no estaba detenida por cometer un delito, sino que estaba confinada por “razones de salud pública por resolución de la autoridad administrativa”. La jueza recuerda que la resolución que el pasado domingo dictó la directora general de Salud Publica, obligando al confinamiento forzoso de varias personas en régimen de aislamiento y bajo custodia policial, por haber estado en contacto estrecho con contagiados, ha sido trasladada al juzgado contencioso administrativo para que esta decisión sea ratificada.
Por tanto, la juez del juzgado de instrucción señala que la actuación de la directora general se encuentra dentro del ámbito de su competencia y “ha seguido el procedimiento correspondiente para su adopción y ratificación en la jurisdicción contencioso-administrativa”. Por esta razón la juez rechaza denegar la incoación del procedimiento habeas corpus, al no apreciar ninguna señal de delito en la decisión de imponer este confinamiento a los grupos de jóvenes que llegaron a Mallorca de viaje de estudios, tras los contagios masivos que se han producido.
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