Aviso de la DGT: comienza a multar por esta infracción que todos cometemos

Aviso de la DGT: comienza a multar por esta infracción que todos cometemos

Aviso de la DGT: comienza a multar por esta infracción que todos cometemos

Olaya López

Todos los conductores lo saben, pero prácticamente ninguno lo cumple: según el Reglamento General de Circulación, cuando manejamos por la autovía, debemos hacerlo por el carril de la derecha, salvo cuando tengamos que adelantar a otro vehículo, en cuyo caso nos situaremos en la vía de la izquierda hasta sobrepasarlo.

Otra de las excepciones previstas del ordenamiento es cuando "las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen", por ejemplo, cuando nos encontramos en un atasco y todos los carriles se encuentran colapsados.Todos los conductores lo saben, pero prácticamente ninguno lo cumple: según el Reglamento General de Circulación, cuando manejamos por la autovía, debemos hacerlo por el carril de la derecha, salvo cuando tengamos que adelantar a otro vehículo, en cuyo caso nos situaremos en la vía de la izquierda hasta sobrepasarlo.

Otra de las excepciones previstas del ordenamiento es cuando "las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen", por ejemplo, cuando nos encontramos en un atasco y todos los carriles se encuentran colapsados. Aunque esta norma es de sobra conocida, es de las más omitidas por los pilotos, que tienen la costumbre de utilizar indistintamente uno u otro carril para realizar su trayecto por la autovía. Uno de los motivos que ha perpetuado esta mala práctica es la dificultad para fiscalizarla y, por ende, interponer sanciones.

¿Cuál es la multa por circular por el carril incorrecto?

La circulación injustificada por los carriles derecho e izquierdo está tipificada en el Reglamento General de Circulación como una infracción grave, y la sanción asciende hasta los 200€ de multa.

Adiós al distintivo tradicional que llevaban todos los coches

La nueva señal V-16, de color amarillo que sustituirá a los triángulos de preseñalización de peligro, será obligatoria en 2026 y hasta esa fecha podrá 'convivir' con el actual sistema, según establece el real decreto aprobado este martes por el Consejo de Ministros.

A propuesta del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, el Gobierno ha dado luz verde a un real decreto que, además, regula los servicios de auxilio en vías públicas con el objetivo último de garantizar la seguridad del sector, en el que unos 11.000 vehículos que efectúan a diario numerosas operaciones de ayuda y rescate que entrañan un alto grado de peligrosidad. Su redacción, en la que han colaborado los ministerios de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; de Industria, Comercio y Turismo, y de Defensa, implicará modificaciones en el Reglamento General de Vehículos y en el de Circulación.

El real decreto sustituye el actual dispositivo de señalización de peligro consistente en dos triángulos colocados delante y detrás del vehículo inmovilizado, por un dispositivo luminoso de color amarillo que se colocará en la parte más alta posible del vehículo inmovilizado, que será obligatorio a partir del 1 de enero de 2026. Esta nueva señal garantiza su máxima visibilidad y comunicará su activación, desactivación y geoposicionamiento al Punto de Acceso Nacional en materia de Tráfico y Movilidad, lo que aportará mayor seguridad. La colocación de los triángulos conlleva tener que salir del vehículo para su colocación.