Sant Antoni rechaza indemnizar con 1,2 millones al promotor del chiringuito de Cala Gració

El Consell Consultiu estima procedente rechazar la reclamación de responsabilidad patrimonial al concluir que la decisión del Ayuntamiento de revocar el permiso concedido fue «razonable» al tratarse de «un espacio especialmente protegido» y por «las omisiones del proyecto»

El chiringuito que se instaló, en primera línea de la costa de Cala Gració, pero no pudo abrir al público en el verano de 2018. | TONI ESCOBAR

El chiringuito que se instaló, en primera línea de la costa de Cala Gració, pero no pudo abrir al público en el verano de 2018. | TONI ESCOBAR / eugenio rodríguez. eivissa

Eugenio Rodríguez Martos

Eugenio Rodríguez Martos

El Ayuntamiento de Sant Antoni ha denegado la reclamación de una indemnización de 1,2 millones de euros solicitada por la sociedad Bambagas SL al no poder explotar, en las temporadas de verano de 2018 y 2019, el chiringuito desmontable de Cala Gració. El Consell Consultiu, el máximo órgano de consulta jurídica de la Comunitat Autònoma, se pronunció previamente en contra de esta reclamación de responsabilidad patrimonial después de que el equipo de gobierno de centro izquierda, presidido por José Tur Cires, diera marcha atrás, impidiera la explotación del chiringuito y revocase la autorización concedida.

El Consultiu concluye que la medida adoptada por el Ayuntamiento fue «razonable» ya que la zona donde se ubicó el kiosco es «un espacio espacialmente protegido según el planeamiento municipal». Destaca que «no se habían podido valorar los posibles impactos de las omisiones e inexactitudes del proyecto presentado sobre este suelo que debía ser necesariamente preservado». Además, «había diferentes informes que planteaban dudas sobre su posible validez». Todo ello sitúa este caso «dentro del margen de lo que se considera razonable según la jurisprudencia del Tribunal Supremo».

El chiringuito de Cala Gració.

El chiringuito de Cala Gració. / TONI ESCOBAR

El exalcalde José Tur y la concejala del PSOE Cristina Ribas, que entonces era la responsable del departamento de Urbanismo, se sentarán en el banquillo de los acusados por la supuesta comisión de un delito de prevaricación tras evitar la apertura del chiringuito. Todavía no se ha señalado la fecha de la vista. La Fiscalía, que ya pidió el sobreseimiento de la causa, no ha presentado acusación contra Tur y Ribas.

Dos temporadas perdidas

Bambagas exige al Consistorio el pago de 672.412 euros (casi 160.000 por el daño emergente y 512.500 por el lucro cesante) por no poder explotar el chiringuito en la temporada de verano de 2018. Luego presentó una segunda reclamación de responsabilidad patrimonial por valor de 550.586 euros (481.700 por el lucro cesante) por el perjuicio que le causó la imposibilidad de abrir el negocio en el verano de 2019.

Después de que la junta de gobierno de Sant Antoni otorgara, en abril de 2018, el permiso de instalación del chiringuito (en julio de 2017 la Demarcación de Costas autorizó la ocupación del dominio público marítimo-terrestre durante cuatro años), la que era concejala de Urbanismo pidió un informe de la inspectora de Urbanismo sobre este expediente. Lo hizo «vista la alarma social despertada [críticas de colectivos vecinales y ecologistas] por las recientes noticias de la instalación de un chiringuito desmontable y atendiendo al interés del equipo de gobierno de constatar su legalidad».

Licencia insuficiente

Entonces, se verificó que en el expediente no constaba el título habilitante para la instalación y ejecución de las obras. La arquitecta municipal también emitió otro informe que concluía que la licencia no habilitaba al promotor para las obras que pretendía por ser únicamente un permiso de instalación y no de instalación y obras, por lo que, decía, se debía completar el expediente.

El exalalcalde José Tur y la concejala Cristina Ribas flanquean a su abogada, Ascensión Joaniquet, cuando acudieron a declarar en el juzgado.

El exalalcalde José Tur y la concejala Cristina Ribas flanquean a su abogada, Ascensión Joaniquet, cuando acudieron a declarar en el juzgado. / J. A. RIERA

Sin embargo, el secretario municipal hizo otro informe en el que señalaba que se habían cumplido todos los trámites exigidos por la legislación sectorial y que, en su opinión, no había ningún argumento jurídico que permitiera defender, por cuestiones formales, la nulidad de las actuaciones.

Ante estas discrepancias entre los técnicos municipales, el equipo de gobierno encargó dos informes externos, que concluían que, al ser un suelo no urbanizable con la categoría de paisaje preservado que no es susceptible de transformación salvo que se decretase el interés general, «se impone la nulidad de pleno derecho de esa autorización».

También se pronunció el servicio jurídico del Consell de Ibiza, en cuyo informe se destacaba que, en los informes previos a la concesión de la licencia, no se analizó si las obras eran compatibles con los usos y la normativa urbanística, lo cual, junto a los incumplimientos del promotor en la presentación del proyecto, podía determinar «su anulabilidad». Indicaba, además, que se tenía que analizar si las modificaciones ejecutadas, fundamentalmente la instalación de una nueva estructura sobre la que se asentaba el kiosco (por el desnivel al situarse sobre un sustrato rocoso) no contemplada en el proyecto autorizado, precisarían de una nueva autorización.

El chiringuito de Cala Gració ubicado sobre las rocas.

El chiringuito de Cala Gració ubicado sobre las rocas. / TONI ESCOBAR

El Consistorio impidió la apertura del chiringuito al retrasar la concesión del final de obra, pese a las reiteradas solicitudes del promotor. Sobre esta cuestión, el Consell Consultiu señala que la Administración no cumplió su deber de emitir dicho certificado, pero agrega que dicho retraso «no era injustificado».

La promotora era «consciente»

Así, apunta que la promotora era «plenamente consciente de las deficiencias del proyecto presentado» y de «las discrepancias entre el proyecto presentado ante Costas y el entregado en el Ayuntamiento así como sus omisiones». «No dio los pasos necesarios para enmendarlo o regularizarlo. En vez de ello, se limitó a pedir el certificado de final de obra como si estas deficiencias no hubieran sido detectadas previamente. La declaración responsable de inicio de actividad presentada omitió la parte de la estructura sobre la que se asentaba el kiosco y que no figuraba en el proyecto», destaca el Consultiu, que agrega: «Las diversas contradicciones, carencias y errores del proyecto presentado y de la tramitación seguida por el Ayuntamiento podían dar pie a la anulabilidad... había motivos suficientes para que se adoptase un acuerdo de revocación del permiso».

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