Los municipios de Ibiza incumplen la ley que obliga a registrar el amianto 

Los ayuntamientos estaban obligados a realizar, antes de abril de este año, un censo con las edificaciones con asbesto existentes así como una calendarización de retirada de los mismos | Sólo Vila ya ha encargado el registro a una empresa externa.

Un operario retira placas de uralita. | D.I.

Un operario retira placas de uralita. | D.I. / B.R. eivissa

B.R.

Todos los ayuntamientos de la isla de Ibiza incumplen la ley 7/2022 de 8 de abril de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Su incumplimiento se concreta en la disposición adicional decimocuarta, donde se establece que los municipios deberán elaborar un «censo de instalaciones y emplazamientos con amianto», además de incluir un calendario que planifique su retirada.

Consultados por este medio, tanto el Ayuntamiento de Sant Antoni como el de Sant Josep apuntaron que no tienen este censo elaborado, mientras que Sant Joan explicó que, aunque no tienen instalaciones municipales con amianto, tampoco cuentan con el censo de edificaciones «ni por lo tanto una previsión para eliminarlo».

Santa Eulària, por su parte, especificó que debido a la carga de trabajo del departamento se decidió externalizar el servicio con el fin de que «no se retrasase demasiado». Así, fuentes del Consistorio señalaron que se están ultimando las bases para que una empresa externa lo realice y «poder tenerlo antes y no saturar el servicio» municipal.

El Ayuntamiento de Ibiza, aunque tampoco posee el documento, es el que tiene más avanzado este tema. Desde la Administración municipal confirman que ya hay una empresa encargada de la identificación y diagnóstico.

Y está previsto, según indicaron las mimas fuentes, que tanto el documento como la calendarización para la retirada de este material se entregarán al Consistorio antes de que acabe el año.

En la disposición adicional decimocuarta se establece que las administraciones municipales deben haber completado la tramitación en «el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley». Es decir, el tiempo expiró a principios de abril de este mismo ejercicio, por lo que todos los ayuntamientos llevan ya ocho meses de retraso.

En la misma normativa se establece que tanto el censo de registro como el calendario para su retirada tendrán «carácter público» y serán remitidos a las «autoridades sanitarias, medioambientales y laborales competentes de las comunidades autónomas», que deberán «verificar, respectivamente, que se han retirado y enviado a un gestor autorizado» las estructuras de uralita.

En el texto aprobado en abril de 2022 se insta a priorizar las «instalaciones y emplazamientos» en los que haya amianto, «atendiendo a su grado de peligrosidad y exposición a la población más vulnerable».

Finalmente, la normativa limita el plazo para la eliminación de amianto en instalaciones públicas a antes de 2028.

Prohibición

Desde el 2001 quedó totalmente prohibida cualquier actividad relacionada con la producción, comercialización o instalación de amianto en España tras ser considerado un residuo peligroso.

Aun así, sus propiedades físicas y químicas, así como su precio bajo, extendieron su uso en la construcción de forma mayoritaria, siendo la fórmula más conocida el fibrocemento para tejado, con la uralita, en canalizaciones de agua, persianas o depósitos de agua. Se trata de un material duradero y resistente a la degradación, por lo que su impacto sobre el medio ambiente puede prolongarse durante mucho tiempo.

Respecto a los problemas de salud, la exposición continuada a fibras de amianto o asbesto puede producir dificultades respiratorias e, incluso, diferentes tipologías de cáncer.

No obstante, la presencia de este material no indica directamente una situación de riesgo, sino que debe haber una manipulación o alteración del mismo.

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