Condenan a un hombre por una conexión clandestina a la red de agua en Sant Josep

La Audiencia Provincial confirma la sentencia que obliga al afectado a pagar una multa de 360 euros y a indemnizar a la concesionaria Aqualia con 2.632 euros

Fachada de la sede judicial de Eivissa. | VICENT MARÍ

Fachada de la sede judicial de Eivissa. | VICENT MARÍ / eugenio rodríguez. eivissa

La Audiencia Provincial ha confirmado la condena a un hombre que vivía en una casa de Sant Josep que se abastecía de agua sin estar dada de alta en la red, con una conexión clandestina. En febrero de este año, el Juzgado de Instrucción número 1 de Ibiza condenó a esta persona por un delito leve de defraudación de fluido al pago de una multa de 360 euros y a indemnizar a la concesionaria del servicio de agua de Sant Josep (Aqualia) con 2.631 euros. Esta persona se beneficiaba de la red de agua sin pagar nada y, según la sentencia, se ignora a cuánto podría ascender el coste defraudado. Esta sentencia ya es firme.

Ahora el tribunal balear ha confirmado esta sentencia tras desestimar el recurso del afectado, cuya defensa alegó «error en la valoración de la prueba y la vulneración del principio de presunción de inocencia». En su recurso, argumentaba que en la casa vivían dos personas y que cualquiera de ellas podía haber llevado a cabo el fraude. Además, destacaba que, pese a que, en su declaración en el juzgado de instrucción, antes del juicio, había reconocido que había residido algunos días en esa vivienda, era la otra persona la principal moradora y quien permitió su cliente quedarse unos días.

Además, la defensa del condenado indicaba que en el relato de los hechos probados no atribuía a su cliente la autoría de la conexión ilegal, sino que se limitaba a apunta que «la vivienda se hallaba clandestinamente conectada a la red». En este sentido, entendía que no podía perseguir los hechos por la vía penal, sino, en su caso, por la vía civil.

Sin embargo, la Fiscalía se opuso al recurso porque de las pruebas practicadas durante el juicio se puso de manifiesto que la persona condenada se hallaba en la casa, en septiembre de 2018, cuando fue requerido por agentes de la Policía Local para su identificación. Asimismo, en su declaración en el juzgado de instrucción, admitió que estuvo viviendo unos meses en 2018 en la casa y que conocía la toma clandestina y que el agua se obtenía por esa vía.

Cambio de versión en el juicio

Hay que tener en cuenta que el condenado cambió su versión durante la vista oral y declaró que no vivía en la casa, sino que estaba ahí de visita. Durante el juicio, el acusado se acogió a su derecho a negarse a responder a las preguntas de las acusaciones, sólo a las de su defensa.

La Audiencia Provincial (sección 1) considera que, tras revisar la grabación del juicio, la jueza no cometió ningún error al concluir que el denunciado residía en la casa y que se beneficiaba fraudulentamente del suministro del agua. La acusación, que ejercían el Ministerio Público y Aqualia, aportaron, en la vista oral, las pruebas documentales de la primera declaración del condenado ya que no pudieron interrogarle.

En respuesta a su defensa, el acusado dio una explicación de por qué había cambiado de versión, pero a la jueza no le resultó «plausible». «Y es razonable esta conclusión a la vista de que no se aportó ningún principio de prueba de la existencia de la persona que el denunciado dice que era el verdadero morador de la casa, ni tampoco de que esa persona tuviera relación con la vivienda», destaca el tribunal balear para desestima el recurso.

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