Empleo
Más de 5.300 empleados públicos de Baleares serán fijos con la ley de interinos
El Govern concluye que el abuso de temporalidad «solo» puede ser fijado por tribunales españoles
![Una oficina de empleo.](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/3c684b44-c804-4157-811a-d0066f23b71f_21-9-aspect-ratio_default_0.jpg)
Una oficina de empleo.
Guillem Porcel / Agencias
El Govern deberá hacer fijos a más de 5.300 interinos con la nueva ley. El informe que presentó ayer la Conselleria de Presidencia, Función Pública e Igualdad aporta el número de plazas que se verían afectadas por el Proyecto de ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en la ocupación pública, aprobado definitivamente el martes en el Senado. En concreto, son 5.353 plazas ocupadas temporalmente los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020, de las cuales 468 corresponden a los servicios generales de personal funcionario, 177 a los servicios generales de personal laboral, 3.061 al personal estatutario y 1.647 al personal docente.
El informe, elaborado por los servicios jurídicos de la Dirección General de Función Pública, aporta diferentes sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la del 14 de septiembre de 2016 y la del 19 de marzo de 2020, en la cual se concluye que «no corresponde al Tribunal de Justicia pronunciarse sobre la interpretación de derecho interno, puesto que esta tarea afecta los tribunales nacionales competentes, los cuales tienen que determinar si el que dispone la normativa nacional aplicable cumple las exigencias establecidas en la Directiva europea».
La principal conclusión que se extrae del estudio es que la condición de víctimas de abuso en la relación de servicio sólo puede ser reconocida caso por caso, en consideración a la situación particular de los peticionarios, por los tribunales españoles.
Además, el informe destaca la necesidad de tener en cuenta la presunción de legalidad de las actuaciones administrativas y, en todo caso, la apreciación de abuso en la relación de servicio correspondería a los órganos jurisdiccionales de cada país.
En este sentido, se insiste en el hecho que la Administración en ningún caso puede ocupar la posición de los órganos jurisdiccionales y acordar la inaplicación no sólo de reglamentos, sino incluso de leyes y de la misma Constitución española, sustrayendo así a la ciudadanía un determinado número de plazas y de puestos de trabajo que según el ordenamiento jurídico español tienen que ser objeto de provisión en conformidad con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Por lo tanto, la Administración no puede incumplir las leyes actuales y corresponde a los tribunales de justicia decidir si hay plazas en situación de abuso.
El objetivo de esta Ley es reducir la temporalidad en el conjunto de las administraciones por debajo del 8 %. Los procesos selectivos para estas plazas se tendrán que ofrecer antes del 1 de junio de 2022.
CCOO quiere limitar la temporalidad al 8 por ciento
El sindicato insiste en la necesidad de abrir la totalidad de mesas de negociación para conseguir reducir la temporalidad en las administraciones públicas a un máximo del 8% y que los procesos consoliden las plazas ofertadas que han generado un abuso de temporalidad durante años. Por ello, emplazan a las diferentes administraciones a negociar la implementación de la ley en el menor tiempo posible, ya que esta «concreta la posibilidad de que los ejercicios de la fase de oposición no sean eliminatorios».
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