Esta es la nueva alegría de Hacienda: te devuelve 4.000 euros si estás en esta lista
Algunos jubilados tienen derecho a reclamar un total de 4.000 euros a la Agencia Tributaria
Hacienda te devuelve 300 euros si tienes un hijo menor de 25 años y 900 si tienes dos: así tienes que ponerlo en la declaración de la renta
Marco Gil
Esta semana se ha difundido en varios medios de comunicación una buena noticia para los jubilados: un auténtico regalo que va a hacer la Agencia Tributaria a los pensionistas que se encuentren incluidos en la lista de personas con derecho a la devolución de hasta 4.000 euros por un error en el cobro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Aunque se trata de un dinero al que todas estas personas tenían derecho, se trata de una buena onticia para todas aquellas personas que a lo largo de sus ejercicios fiscales han pagado de más al fisco, muchas veces sin saberlo.
El error de Hacienda que va a suponer un ingreso de hasta 4.000 euros para algunos jubilados se refiere a una equivocación que se cometió entre 1967 y 1978, cuando los jubilados de las mutualidades del comercio, construcción o metalurgia aportaron más de lo que debían.
La razón por la que la Agencia Tributaria tiene que devolver esta cantidad ahora es que, en aquel entonces, estos trabajadores tributaron por el 100% de su pensión pero, en realidad, deberían haberlo hecho por el 75%: por lo que aportaron un 25% más de lo que les correspondían.
Devolución de hasta 4.000 euros de Hacienda
Esta compensación de Hacienda a los jubilados por la cantidad cobrada de forma indebida se moverá entre los 3.000 y los 4.000 euros aunque, es importante señalar, que deberán ser los propios pensionista afectados quienes tengan que reclamar activamente la devolución del dinero.
Para solicitar esta devolución, los contribuyentes solo deben acceder al portal oficial de la Agencia Tributaria en Internet, identíficándose previamente con la Clave Pin, el certificado digital o el DNI electrónico o el número que figura en la casilla 505 de la Renta del año anterio.
A través de esta sede electrónica, tendrán que seleccionar la opción de "aportar la documentación complementaria" en el apartado para modificar las declaraciones de los años en los que declararon el 100% cuando debieron hacerlo del 75%.
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