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Política

El jefe de la Policía de Sant Antoni, «sin la titulación requerida»

Un informe jurídico del Consistorio, un miembro del tribunal que le adjudicó la plaza y hasta el Consell Consultiu negaron que Javier Verdugo poseyera los estudios necesarios para ser inspector

Javier Verdugo, en medio y con gafas de sol, se dirige a los juzgados en mayo para declarar en el juicio contra Aída Alcaraz. | TONI ESCOBAR

Seis años dura ya el pulso que mantienen el jefe de la Policía Local de Sant Antoni, Javier Verdugo, y Aída Alcaraz, exconcejala de Gobernación de esa localidad, que empezó cuando el PSOE se hizo con las riendas del Consistorio y José Tur, Cires, se convirtió en su alcalde. Los roces (más bien codazos, por momentos ‘puñaladas’) no cesaron en todo aquel mandato. Ahora asistimos a los coletazos de aquel singular combate (por vía judicial y dialéctica), que protagonizó la vida política portmanyí durante esos cuatro años: las consecuencias de la absolución de Alcaraz de la acusación de haber acosado laboralmente a Verdugo, sentencia que se conoció la pasada semana y que aún puede ser recurrida en instancias superiores.

Noviembre de 2015

Todo comenzó en noviembre de 2015, cuando el nuevo equipo de Gobierno (formado por PSOE-Reinicia) creó una nueva plaza de personal eventual, la de directora técnica de Seguridad. Nombró como tal a Ángeles Gallardo Oliver. Quién sabe si de motu proprio (por temor a que mermara su poder) o inducido por otros (que temían que perdiera su poder), Javier Verdugo no tardó en reaccionar: impugnó inmediatamente aquel nombramiento al entender que «escondía el propósito de suplantar o vaciar la figura del jefe de la Policía Local», de él, según arguyó. De hecho, Verdugo se quejó en ese recurso de que, desde que tomó posesión, la directora de Seguridad ejercía las funciones de esa jefatura. También denunció que la creación de esa plaza era «anulable por carecer de motivación» y porque no explicaba «cuáles eran las deficiencias [sic] que tenía la concejala delegada de Gobernación [Aída Alcaraz] para que fuera necesario dotarla de un asesor».

Inicialmente, Verdugo ganó la partida: en noviembre de 2016, el magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Palma le daba la razón y anulaba la creación de esa plaza… pero el Ayuntamiento recurrió y casi un año más tarde, en octubre de 2017, la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) daba su visto bueno a que Gallardo ocupara ese cargo eventual. La sala entendió que el Consistorio había «corregido» las deficiencias detectadas en aquel nombramiento, que este era de «libre» designación», que había sido debidamente «motivado» en el expediente y que no hacía falta que el equipo de Gobierno detallara (como pedía Verdugo) «con datos reales que el volumen de trabajo exigía la necesidad de asesoramiento técnico». Tampoco que Alcaraz demostrara «su incapacidad para, por sí sola, dar respuesta en su materia a las cuestiones que se le planteaban en el día a día», una petición por parte del jefe de la Policía que el tribunal consideró «un exceso». Más bien parecía una manera retorcida de llamar inútil a la edil.

Es más, la sala dio otra colleja a Verdugo (lo habitual en las sentencias en las que es protagonista) en ese fallo por denunciar que el nombramiento de Gallardo supuso «una desviación de poder»: «No entendemos -señala la sala- la razón por la cual la conducta municipal consistente en reparar el vicio y reiniciar, ahora sí, el procedimiento legalmente establecido comporte desviación de poder. Con este modo de proceder, cualquier rectificación o corrección de una indebida actuación comportaría la ilegalidad de la que luego se ajusta a derecho».

Marzo de 2017

Pero antes de producirse esa sentencia de octubre de 2017 que dio el visto bueno al nombramiento de Ángeles Gallardo como directora técnica de Seguridad, el Consistorio vivió jornadas convulsas en marzo de ese mismo año. Concretamente, el 16 de marzo de 2017 se produjo una peculiar conjunción planetaria: aquel día, mientras Aída Alcaraz abría oficialmente el expediente 1274/2017 por el que se revisaba de oficio el nombramiento de Francisco Javier Verdugo Sedas como inspector de la Policía Local, este, casualmente, denunciaba a la edil de Gobernación por acoso laboral. Justo ese mismo día, que ya es casualidad. Verdugo, que se encontraba entonces de baja laboral (algo frecuente en esa época), aseguraba en su denuncia que Alcaraz lesionaba su reputación y dignidad, que le degradaba, que le menospreciaba y que le sometía a un continuo acoso y derribo, acusaciones que son desmontadas una a una por la magistrada del juzgado de lo Penal número 1 de Ibiza en la sentencia conocida la pasada semana. De hecho, de lo que se describe en ese fallo se extrae la conclusión de que las acusaciones contra la edil son fruto de la pataleta del policía por perder sus privilegios. Dos meses más tarde, en mayo, Verdugo esgrimió esa denuncia por supuesta discriminación laboral para intentar detener el procedimiento abierto contra su nombramiento. Solicitó su suspensión «por prejudicialidad penal», pero el instructor designado por el Ayuntamiento desestimó su petición.

Javier Verdugo denunció a Aída Alcaraz justo el mismo día que este decidió revisar de oficio su nombramiento como inspector

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Aquella revisión de oficio del nombramiento de Verdugo fue iniciada por Alcaraz cuando, en el proceso de negociación de la relación de puestos de trabajo (RTP) del Consistorio «se detectaron irregularidades de carácter administrativo en la acreditación de la titulación académica» del actual jefe de la Policía Local. El origen de esa irregularidad se remontaba a la convocatoria del proceso selectivo de una plaza de inspector de la Policía mediante concurso-oposición en el año 2010, siete años antes. Ramón Mulet, uno de los integrantes de aquel tribunal calificador y que había sido designado por la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP), avisó al tribunal y al Consistorio de que Verdugo carecía de la titulación requerida para acceder a la plaza por la que concursaba. Mulet advirtió de que el certificado que el policía presentó para alegar que estaba «exento de la realización del curso de equivalencia del grupo B» no le permitía «ejercer el derecho» a participar en ese concurso de promoción. La razón: «Carecía de titulación» para acceder al proceso selectivo de las plazas de inspector y subinspector del Ayuntamiento. Por esa razón, Mulet no quiso participar en ese tribunal, en el que sí actuó, como asesora especializada en pruebas físicas, Neus Mateu, la actual edil de Gobernación de Sant Antoni. El resto de miembros del tribunal, entre ellos el exjefe de la Policía Local de Ibiza y un oficial de la actual plantilla de Sant Antoni, «consideraron válidas las acreditaciones» presentadas por Verdugo.

Según se especifica en el expediente 1274/2017, Verdugo sólo tenía el título de bachillerato, claramente insuficiente para optar a la promoción, para la cual se requería disponer al menos del título de ingeniero, arquitecto técnico, diploma universitario o formación profesional de tercer grado, o bien acreditar 180 créditos universitarios. Sólo tenía el BUP.

En el expediente de revisión se advierte, además, que cuando el Consistorio, regido entonces por José Sala, aprobó la nueva plantilla en febrero de 2011 se incumplió el decreto 67/2007 de 7 de junio de 2007 que regula la estructura jerárquica de escalas y el número de agentes de las policías locales: sólo había en esa época cinco oficiales, por lo que ni se podía aumentar a dos el número de subinspectores «ni se podía crear la plaza de inspector», esa a la que optaba Verdugo.

Un informe jurídico del Consistorio incluido en ese expediente también recalca que Verdugo carecía de «la titulación académica exigible» y que, por tanto, «se incumplió la legislación básica estatal sobre función pública, la legislación autonómica y las bases de la convocatoria». «Nos encontramos ante un caso de nulidad absoluta», se afirma en ese texto: «La decisión del tribunal calificador y el posterior nombramiento de la junta de Gobierno local de Javier Verdugo está viciado de nulidad absoluta», asevera, por lo que propuso iniciar el procedimiento de revisión de oficio del nombramiento de Verdugo. Y solicitar un dictamen al Consell Consultiu de Baleares.

Septiembre de 2017

 Y aquel dictamen era un arma de doble filo: según recordó el propio Consell Consultiu, sólo sería vinculante si el pronunciamiento final era desfavorable a la revisión pretendida… como así fue. El Consultiu coincidía con el Ayuntamiento (entonces en manos de la izquierda) en que Verdugo «no tenía la titulación exigida por la legislación básica para acceso (o promoción como era el caso) a la categoría de inspector (encuadrada en el grupo B, hoy A2), que exige titulación universitaria de grado medio o formación profesional de tercer grado o de técnico superior o equivalentes», y también en que «la titulación constituye un requisito esencial para acceso a un cuerpo (escala y categoría) de Policía Local, de manera que resulta contrario a Derecho un nombramiento de un funcionario que contravenga tal extremo». En ese sentido, estaba claro que Verdugo no debía ocupar ese puesto, pero… Sí, había peros que, según el Consultiu, convertían esa falta de titulación en una minucia, en algo intrascendente. Vale, Verdugo sólo era un bachiller, ni de cerca poseía los títulos que se exigían, pero, según el Consell Consultiu, él no tenía la culpa de cómo se había realizado el procedimiento de su elección: «Lo que aquí se plantea no es la falta de la titulación académica oficial exigida para el acceso a un subgrupo (A2 o grupo B) con estricto respeto a la legislación básica, sino si en el caso concreto procedía o no la dispensa, exención o equivalencia de titulación». El Consultiu consideró que no quedaba acreditada «la nulidad radical o de pleno derecho [del nombramiento], precisamente por la complejidad de los supuestos estructurados en el ordenamiento jurídico autonómico», lo que conducía a tener «dudas más que razonables sobre si el funcionario tenía o no derecho a tal dispensa particularizada y transitoria».

El Consultiu culpó del nombramiento de Verdugo a Govern y Ayuntamiento por "conocer la ilegalidad y no actuar en consecuencia"

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Ni siquiera, se explica en el dictamen, la dirección general de Interior del Govern balear formuló, ni antes ni después, «reparo alguno a la legalidad» de aquel nombramiento, quizás porque «la normativa confusa permitió en su momento interpretaciones dispares». De ahí que estimara que aunque Verdugo no hubiera cumplido los requisitos académicos exigidos, «no se podía trasladar al empleado público en exclusiva la ilegalidad del nombramiento, por cuanto el peso de la ilegalidad descansa sobre manera sobre la Administración, no sólo el Ayuntamiento, sino también el Govern balear. Ambas Administraciones fueron conocedoras de la ilegalidad del nombramiento y no actuaron en consecuencia». Verdugo, pues, no tiene la titulación exigida, pero puede seguir desempeñando su función porque la Administración fue negligente y chapucera.

La sospechosa «correlación cronológica»

El Consell Consultiu aprovechó aquel dictamen para echar un rapapolvo al Consistorio, al considerar sospechosa «la correlación cronológica» entre la sentencia de noviembre de 2016 que anuló el nombramiento de Ángeles Gallardo como directora de Seguridad (más tarde revocada) y la revisión de oficio del nombramiento de Verdugo: «No se entiende por qué el Ayuntamiento no se había planteado la legalidad del nombramiento durante siete años, y en cambio, a raíz de un pronunciamiento contrario al nombramiento de la directora de Seguridad» a instancias de Verdugo, «aflora un inusitado interés por el principio de legalidad». El Consultiu no tuvo en cuenta qué partido político permitió la promoción de Verdugo (PP) y cuál, tras las elecciones, la puso en duda (PSOE-Reinicia).

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