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La Autoridad Portuaria, obligada a sacar a concurso público la gestión del Club Náutico Ibiza

El Supremo rechaza el recurso de la APB contra la sentencia que anuló la concesión a la entidad ibicenca

Instalaciones del Club Náutico. J. A. Riera

La Autoridad Portuaria de Baleares (APB) tendrá que sacar a concurso público la explotación del espacio que ocupa desde hace 96 años el Club Náutico Ibiza (CNI). Así lo ordena en una nueva sentencia la sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, contra la que no cabe recurso y que, por lo tanto, agota la vía judicial en este contencioso abierto por la gestión de esta zona portuaria.

La sala del Supremo rechaza el recurso de casación presentado por la Abogacía del Estado, en representación del organismo portuario, contra la sentencia que dictó el 15 de mayo del año pasado el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), que anuló la concesión de estas instalaciones al CNI. Contra esta concesión recurrió la representación legal del Club Deportivo Doce Millas, que también había presentado un proyecto al concurso que finalmente se adjudicó a la entidad social ibicenca.

La sentencia de la Sala del Supremo no admite dudas y es clara. "Lo que debió hacer la Autoridad Portuaria es (...) seguir los trámites del procedimiento de concurso. Porque no se trataba en ese procedimiento iniciado [de adjudicación del espacio que ocupa el CNI] de la selección de ofertas, que es lo que se hizo; si no de selección de proyectos, que es la finalidad de este procedimiento, siendo en el caso de autos los proyectos [del CNI y de Doce Millas] cuando menos similares".

"La Autoridad Portuaria (...) debió acudir ya directamente al procedimiento de concurso (...) y nunca se han justificado las razones por las que se excluyó ese procedimiento"

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"Es más que evidente que (...) la Autoridad Portuaria (...) debió acudir ya directamente al procedimiento de concurso (...) y nunca se han justificado las razones por las que se excluyó ese procedimiento, que comporta la mayor garantía en cuanto a los principios que debía regir la concesión", reitera en los fundamentos de Derecho el tribunal.

Desde la APB no han querido analizar la sentencia del Supremo y explican que, a partir de ahora, harán "tabla rasa" en este asunto y se dedicarán a elaborar los pliegos del nuevo concurso. Además, recuerdan que todavía queda un año, al menos, para que venza la concesión provisional que se le concedió el pasado mes de mayo al CNI para gestionar sus instalaciones precisamente hasta que el Supremo sustanciara el último recurso, lo que ya se ha producido.

Mientras tanto, el presidente del CNI, Joan Marí, recuerda que la entidad ibicenca no tiene ánimo de lucro y que lleva "96 años demostrando que respeta las normas y que nunca se han hecho chanchullos". "Aceptamos la sentencia, estamos para lo que nos diga la APB", añade Marí, quien reconoce que en la directiva del CNI están "disgustados y preocupados" por el sentido del fallo del Supremo.

"El CNI siempre ha actuado correctamente y no es una empresa que se haya constituido en dos días; lleva 96 años prestando servicios a la sociedad ibicenca". Marí asegura que la actual directiva "seguirá peleando, siempre, desde la total transparencia y con el apoyo de nuestros 3.000 socios y de todas las asociaciones y administraciones de la isla".

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