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Una jueza descarta el pago de casi 2 millones por obras en es Botafoc

La UTE que ejecutó la prolongación de la primera línea de atraque para grandes buques alegó defectos en el proyecto que retrasaron las obras y supusieron un sobrecoste, pero la sentencia de primera instancia lo rechaza

Tres grandes buques atracados en los muelles al abrigo del dique de Botafoc, en una imagen de archivo.

Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 18 de Palma exime a la Autoridad Portuaria de Balears a pagar casi dos millones de euros de sobrecoste en las obras ejecutadas hace cinco años para prolongar la primera línea de atraque para grandes buques en los muelles comerciales al abrigo del dique de es Botafoc.

El demandante, la Unión Temporal de Empresas (UTE) formada por Copcisa y Construcciones Oliver, exigía el pago de algo más de 1,1 millones por obra ejecutada más casi 780.000 euros por «sobrecostes de los trabajos, gastos de organización y las penalidades soportadas».

El proyecto consistía en la construcción de tres duques de alba para el atraque de cruceros, con un presupuesto de licitación de casi 6,6 millones de euros. Se presentaron al concurso 14 ofertas y se adjudicó a la UTE de Copcisa y Construcciones Oliver con un coste de 3,8 millones, con una rebaja del 41%.

La UTE alegó en sede judicial que estas obras le supusieron unos sobrecostes porque en el proyecto estaba «mal definida» la colocación de la losa y los pilotes y la unión entre estos elementos, lo cual provocó, según su criterio, que fuera «inviable».

La APB, con el apoyo de diversos peritos, defendió que no había ningún error técnico en el proyecto y que la responsabilidad de la demora en la ejecución de la obra solo se podía imputar a la constructora. El organismo que gestiona el puerto de Ibiza señaló que la finalidad de la demanda era obtener la baja del 41% del proyecto que ofertó para lograr su adjudicación.

Sobre las cuestiones técnicas que dificultaron y encarecieron el proyecto, la sentencia apunta que la UTE reclamaba aspectos derivados de sus propias decisiones que, después, le resultaron perjudiciales. «La libertad de optar por unas decisiones en lugar de otras conlleva un riesgo, por lo que debe pechar con las consecuencias de ello en el marco contractual de referencia», indica.

También concluye la magistrada que el retraso en el inicio de las obras (tenían un plazo de cinco meses para su ejecución ) sólo se puede imputar a la UTE porque fue «decisión suya» solicitar la modificación del contrato a los 20 días del acta de replanteo. Y que no procede pagar sobrecoste alguno porque el contratista, en su oferta, «no incluyó diversas partidas o no estudió los costes reales» de las obras.

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