El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha declarado nula la licencia de obras que el gobierno municipal del PP de José Sala, en funciones tras las elecciones municipales de 2011, concedió el 3 de junio de ese año para la construcción de la nave del Lidl en la finca Sa Tanca, en la entrada de Sant Antoni, de 1.916,5 metros cuadrados de superficie.

La sentencia estima el recurso de apelación de un empresario del sector de la alimentación del municipio (la cadena Suma) en contra del fallo, de primera instancia, que había inadmitido la impugnación de la licencia por considerarla extemporánea.

El TSJB no sólo rechaza este argumento y revoca la sentencia anterior sino que concluye que se incurrió en un «fraude de ley» porque la promotora, como no cumplía los requisitos legales para abrir un centro comercial (el plan urbanístico no permitía entonces edificar superficies comerciales de más de 350 metros cuadrados), lo hizo dividiéndolo en cinco locales comerciales distintos de menos de 350 metros que compartían servicios comunes (muelle de carga y descarga y la instalación del grupo electrógeno, entre otros), las oficinas, los baños, las dependencias del personal.... El Consistorio concedió cinco licencias de actividad para cada uno de estos locales, dos de ellas ya fueron declaradas nulas por sentencia.

No tendrá ningún efecto

El actual equipo de gobierno avanza que esta sentencia «no tendrá consecuencias» porque en noviembre de 2016, la cadena de supermercados de origen alemán obtuvo una nueva licencia de obras al amparo de la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que, precisamente, aprobó el anterior gobierno del PP, bajo la alcaldía de Pepita Gutiérrez, para «legalizar» el Lidl, tal como advirtieron entonces el PI y el PSOE-Pacte. La nueva licencia se obtuvo con un proyecto básico de reforma y ampliación de la nave existente, ya que, según advirtió la arquitecta municipal en octubre de 2012, se habían llevado a cabo ampliaciones y modificaciones del centro comercial sin permiso. La técnica municipal consideraba que se tenía que abrir un expediente de disciplina urbanística, pero el equipo de gobierno de entonces, del PP, no hizo caso, según explicó a este diario en febrero de 2016 el entonces concejal de Urbanismo, Juanjo Ferrer, del PI.

La modificación de la normativa

El gobierno de Gutiérrez aprobó una modificación puntual del planeamiento urbanístico para permitir en zona hotelera A, donde se ubica la nave del Lidl, establecimientos comerciales de hasta 5.400 metros cuadrados. El TSJB apunta, a la hora de razonar sobre la nulidad de la primera licencia, que «poco importa» este cambio normativo a medida porque cuando se concedió el permiso de obra, en junio de 2011, el proyecto «no se ajustaba» al planeamiento urbanístico, ya que se edificó «un solo establecimiento comercial que excedía en mucho la superficie de 350 metros cuadrados».

Además, cuando el equipo de gobierno otorgó la autorización para la construcción de la nave del centro comercial, no se había obtenido aún la licencia autonómica de gran establecimiento comercial, que, según la ley 11/2001, «era preceptiva», motivo suficiente, según la sentencia, para declarar «la nulidad radical» del permiso de obra. El Lidl obtuvo la licencia autonómica de grandes superficies el 12 de abril de 2012.