El titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Ibiza, Santiago Pinsach, ha condenado al concejal de PSOE-Pacte de Vila Marc Costa a pagar 450 euros de multa por una falta de desobediencia o desconsideración a agentes de la autoridad por el altercado ocurrido en el mes de septiembre cuando agentes de la Guardia Civil detuvieron el vehículo en el que viajaba Costa, junto a otras personas. El magistrado considera probado que el edil insultó y faltó al respeto a dos guardias civiles cuando se encontraba bebido.

La sentencia, dictada el 24 de enero y hecha pública ayer, determina, en caso de impago, una responsabilidad subsidiaria de 22 días de privación de libertad a cumplir en régimen de localización permanente, una medida que fuentes judiciales indicaron que siempre se establece.

Los hechos se produjeron a las 5.10 horas del 12 de septiembre de 2013. En la sentencia, el magistrado relata que dos agentes de la Guardia Civil que prestaban servicio en Sant Antoni, «con el uniforme y los distintivos reglamentarios», vieron un coche que realizaba una «maniobra equívoca» y le dieron el alto.

«Como quiera que el motivo de la detención del vehículo no era evidente y que a los agentes les acompañaba un equipo de televisión, del Ministerio del Interior, que estaba grabando la actuación de los mismos [del programa de Cuatro ´Conexión Samanta´], los ocupantes mostraron su contrariedad y pidieron que las cámaras dejaran de grabar, si bien terminaron colaborando ante las explicaciones de los agentes. Todos excepto el denunciado», continúa la sentencia.

El magistrado Santiago Pinsach escribe a continuación que el concejal progresista fue el último en salir del vehículo y que «presumiblemente afectado por el consumo de bebidas alcohólicas, inició y prolongó una discusión con los agentes, alterándose progresivamente, sin facilitar su identificación, hasta dirigirles las expresiones: ´´Qué coño os habéis creído, yo soy concejal y portavoz del Ayuntamiento de Ibiza y se os va a caer el pelo, os voy a meter un puro que os vais a cagar, estáis haciendo el ridículo, aquí van a rodar cabezas... Haced lo que queráis, lo que hagáis me lo paso por los cojones, imbéciles que sois unos imbéciles, que yo soy el Estado igual que vosotros, fantasmas, que sois unos fantasmas, esta es mi casa y no soy un puto guiri´´». La sentencia también subraya el «notorio tono ofensivo e impertinente» de las expresiones proferidas por Costa.

Hechos probados

El magistrado considera probados los hechos, constitutivos de una falta de desobediencia, «negativa o reticencia a la identificación y actitud general de no colaboración con los agentes», o en todo caso, «de manifiesta desconsideración o falta de respeto a dichos agentes y al principio de autoridad por ellos encarnado cuando ejercen sus funciones». Así, Pinsach cita las expresiones «claramente ofensivas como ´´imbéciles, fantasmas, qué coño os habéis creído, me lo paso por los cojones...´´» y otras «tendentes claramente a la anteposición abusiva, a la intimidación o a la minusvaloración: ´´yo soy concejal, y portavoz, se os va a caer el pelo, os voy a meter un puro que os vais a cagar... van a rodar cabezas´´».

El magistrado da plena credibilidad a las declaraciones de los dos agentes que denunciaron a Costa, «que tienen el deber de no faltar a la verdad», y no encuentra motivo alguno para dudar de la veracidad de su denuncia, plasmada en un atestado. Pinsach considera que las afirmaciones de los guardias civiles son «contundentes e inconmovibles», que no se pueden ver desvirtuadas por «las de simple e inmotivada defensa efectuadas por el imputado en su escrito de alegaciones», que leyó la abogada del concejal en el juicio (al que Costa no asistió).

Además, el magistrado pone de relieve que el concejal, en dicho escrito, reconoció el contexto general del incidente «e incluso ofreció, sobre algunos de sus pasajes, inverosímiles versiones alternativas que no harían sino corroborar implícitamente la realidad y credibilidad de lo afirmado por los agentes (convirtiendo, por ejemplo, una airada invocación de un cargo -´´yo soy concejal...´´-, en una neutra respuesta a una pregunta de los agentes relativa a la profesión; o pretendiendo que una expresión tan contundente como ´´os voy a meter un puro que os vais a cagar´´ fue en realidad un educadísimo anuncio de investigaciones o comprobaciones)».

«Expresiones exorbitantes»

El magistrado considera que el concejal podría haber manifestado de otra forma su disconformidad con la actuación de los agentes, pero su reacción excedió con mucho una protesta: «Como resulta evidente y sobrero destacar, las expresiones proferidas se apartarían abiertamente de una línea coherente de defensa de los bienes jurídicos supuestamente vulnerados, resultando las mismas totalmente innecesarias, exorbitantes o desconectadas de la presunta irregularidad gubernativa».

Pinsach admite como atenuantes que el concejal había consumido alcohol y que se sentía instrumentalizado dado que no habían cometido ninguna infracción y, además, un equipo de televisión les estaba grabando. No obstante, acto seguido el magistrado censura la conducta de Costa, agravada por su condición de cargo público, y pone de manifiesto «el evidente rechazo social que producen conductas o expresiones como las que ocupan, exacerbadamente odiosas al sugerir inercias abusivas o autoritarias -todavía tan frecuentes-, atribuidas a servidores públicos -en nuestro caso un concejal de ayuntamiento- de los que, precisamente por serlo, se espera ejemplaridad, contención y dignidad en el uso del cargo».