Caso Mascarillas | Cara a cara entre el Govern y Madrid

El juez rechaza la personación del Govern en el caso Koldo

El Ejecutivo de Prohens anuncia que recurrirá a la decisión tomada por la Audiencia Nacional, quien considera que el perjudicado es la Unión Europea

Vista de la fachada de la Audiencia Nacional.

Vista de la fachada de la Audiencia Nacional. / EUROPA PRESS

E.P/C.Q./T.C./A. V.

El juez instructor de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha rechazado la personación del Govern en el caso Koldo al considerar que como las mascarillas fraudulentas se pagaron con fondos europeos, no existe perjuicio para la administración. En el auto al que ha tenido acceso a Europa Press, el juez argumenta que no procede aceptar la personación de la Abogacía de la Comunidad Autónoma como acusación particular, en nombre del IB-Salud, hasta que no acredite el eventual perjuicio en los hechos que son objeto de investigación. Cabe recordar que la Abogacía presentó el escrito solicitando la personación en las actuaciones el pasado 28 de febrero y se dio traslado al Fiscal, que señala, como ha recogido igualmente el instructor, que el expediente al que se refiere --la compra de 1,4 millones de mascarillas por valor de 3,7 millones de euros-- fue financiación con cargo al fondo Feder por lo que no existiría perjuicio para la Administración.

Protagonismo de García Castellón

Por otro lado, el juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón será quien supervise, como juez de garantías, la investigación abierta por la Fiscalía Europea a la trama Koldo por lo contratos de mascarillas servidas en pandemia a las administraciones de Balears y Canarias, que fueron sufragadas con fondos de la UE. El funcionamiento del órgano europeo obliga a que un juez nacional autorice las diligencias de investigación que puedan ser restrictivas de derechos fundamentales, como son detenciones o registros.

De este modo, el mismo magistrado que ha puesto en un brete al Gobierno de Pedro Sánchez con respecto a la tramitación de la ley de amnistía, por su decisión de remitir al Supremo los indicios que veía contra Carles Puigdemont por terrorismo, será quien tenga en España la llave para avalar desde España algunas de las decisiones que se adopten por el órgano con sede en Luxemburgo.

Las funciones del juez de garantías son muy limitadas. Se regulan en el artículo 8 de una Ley aprobada en junio de 2021, que es la que aplica un reglamento de la UE por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea: autorizar los registros, acordar medidas cautelares respecto de los investigados que propongan los fiscales —que son los que realmente practican la instrucción del caso—, y también decidir si se declara el secreto de la investigación y su prórroga, así como resolver las impugnaciones contra los decretos del Fiscal europeo delegado.

Cabe recordar que la compra que llevó a cabo el anterior Ejecutivo de Francina Armengol por valor de 3,7 millones de euros fue financiada a través de los fondos europeos. No obstante, en ningún momento informaron de que las mascarillas eran fraudulentas. De hecho, el Pacto envió a Europa el certificado que avalaba la calidad de los cubrebocas aunque no introdujo en el expediente el estudio que rechazaba el producto por su falta de protección.

El PSOE afirma que la compra de las mascarillas fue validada por Intervención

Fuentes del PSOE respondieron ayer, en relación a la noticia de que el decreto de emergencia dictado por el Govern de Armengol no contemplaba la contratación verbal, que la compra de las mascarillas a la empresa relacionada con la trama Koldo pasó el filtro del departamento de Intervención. Explicaron que en ese momento tan complicado de la pandemia sanitaria la prioridad del Ejecutivo era comprar mascarillas, ante la necesidad de ofrecer protección a los funcionarios que se enfrentaban a la pandemia y a la población en general. Por ello se impulsó la contratación por emergencia. Era la herramienta que autorizaba a cualquier administración comprar material sanitario sin la necesidad de realizar un proceso administrativo de contratación. También sostienen las mismas fuentes que no se exigía que, una vez recibido el material que se compraba, se redactara un contrato oficial detallando el acuerdo alcanzado. Por ello, se justifica que en la compra de estas polémicas mascarillas a la trama no se realizara un contrato. Era suficiente un certificado de justificación.

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