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La propiedad reclama edificar el pinar de Cala Pada y anuncia acciones penales

El Ayuntamiento se ve forzado a someter su propuesta de nuevo a exposición pública

Vista aérea del pinar de Cala Pada situado en primera línea de costa.

La propiedad del pinar situado justo detrás del hotel s’Argamassa Palace, en Cala Pada, reclama su derecho a edificar, acusa al Ayuntamiento de Santa Eulària de cometer actos «irregulares, injustos y arbitrarios» para eludir el cumplimiento de una sentencia firme mediante «la insinceridad de la desobediencia disimulada» y anuncia «el ejercicio inmediato de acciones» legales en defensa de sus derechos. La representación de Residencial Los Pinos también advierte de que las autoridades o funcionarios implicados pueden incurrir en «responsabilidades penales».

El Ayuntamiento de Santa Eulària prevé aprobar mañana en el pleno que se someta de nuevo a exposición pública la modificación puntual de las Normas Subsidiarias (la número 12) gestada para dar cumplimiento a la sentencia del Supremo que anula parcialmente el planeamiento urbanístico y que obliga a aumentar la edificabilidad de estos terrenos por la desigualdad de trato con respecto a los de su entorno.

La sentencia afecta al pinar situado en primera línea de costa, cuya preservación el propio fallo judicial considera «justificado» al ser «una parcela densamente arbolada». Además, el informe ambiental estratégico sobre la propuesta del Ayuntamiento aprobado por la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears también pone como condición el mantenimiento de esta masa arbórea.

La clasificación de usos de la zona del pinar: espacio libre privado y comercial. D. I.

Así, para corregir la discriminación urbanística y ante el objetivo de mantener el pinar como espacio libre privado, en contra de la posición de la propiedad, el Consistorio optó por crear una unidad de actuación discontinua y trasladar la edificabilidad que correspondería a la zona del pinar a los terrenos colindantes ocupados por el Hotel Club Cala Pada.

La edificabilidad media de este tramo de la costa es de 0,35 metros cuadrados de techo por cada metro cuadrado de superficie, la que debe tener también la nueva unidad de actuación en su conjunto.

En concreto, la sentencia del Tribunal Supremo obliga al Ayuntamiento a reconocer a la propiedad (Residencial Los Pinos SA) una edificabilidad de 7.091 metros cuadrados de techo, de los que 1.899 se corresponden con el frontal clasificado como comercial, y el resto se traslada a la parcela del Hotel Club Cala Pada, que llegará a 40.095 metros cuadrados de techo máximo. El pinar ocupa una superficie de 17.329 metros cuadrados.

El Consell fuerza el cambio

Así, en el pleno municipal de febrero de 2020 se acordó la aprobación inicial de esta modificación puntual, en la que se preveía que a través de un estudio de detalle se concretaría el traslado de la edificabilidad a la parcela del Hotel Club Cala Pada. Sin embargo, posteriormente, en el trámite de participación pública, el Consell de Ibiza advirtió de que el estudio de detalle «no es el instrumento indicado para concretar esta ordenación», ya que «sólo puede utilizarse para la adaptación y el reajuste de alineaciones y rasantes, y para la ordenación de volúmenes».

Por ello, se ha cambiado la propuesta inicial y se ha definido ya «el reparto» de la edificabilidad de la nueva unidad de actuación sin cambiar la clasificación de los terrenos. Este cambio es el que obliga a que la modificación puntual 12 de las Normas Subsidiarias de Santa Eulària se someta por segunda vez a exposición pública.

La parcela del Hotel Club Cala Pada a la que se traslada el aumento de edificabilidad de la masa arbórea colindante. D. I.

Sin embargo, la propiedad de los terrenos del pinar y del Hotel Club Cala Pada se oponen a la propuesta, tal como recogen las alegaciones que presentaron en junio de 2020 tras el primer período de exposición pública. Sostiene que esta modificación no tiene otra finalidad que eludir la ejecución de la sentencia al no incrementar la edificabilidad del pinar, sino la de «una parcela propiedad de otra entidad totalmente ajena al litigio y que carece por ello de legitimación».

Parcelas del mismo propietario

Fuentes municipales apuntan que pese a que los titulares de las dos parcelas son entidades distintas, ambas son del mismo propietario y por ello se puede aplicar esta medida. El informe de respuesta a las alegaciones especifica, además, que en los terrenos afectados por la sentencia, «desde hace muchos años», hay instalaciones complementarias del Club Cala Pada (en la franja situada en primera línea de costa clasificada como de uso comercial), por lo que «pese a que los titulares de los terrenos pueden ser distintos existe una relación funcional entre los dos ámbitos de la unidad de actuación».

Urbisa SA es la sociedad titular de los terrenos del Hotel Club Cala Pada, cuyo presidente y consejero delegado es el administrador único de Residencial Los Pinos SA, titular de la parcela del pinar.

Suspensión de licencias

La propiedad de la parcela hotelera alega que el Consistorio trata de aumentar el aprovechamiento edificatorio de sus terrenos «sin causa alguna» y, con «un comportamiento totalmente incumplidor, rebelde e injusto, incrementa la desigualdad que sufre Residencial Los Pinos». Además, la modificación puntual implica, transitoriamente, una suspensión de licencias en la parcela del Club Cala Pada, por lo que, concluye el representante de Urbisa SA, la propuesta «no es sólo ilegal y arbitraria, sino manifiestamente desigual y discriminatoria al eludir el fin de la sentencia».

Por su parte, Residencial Los Pinos SA destaca, en sus alegaciones, que en la actuación del Ayuntamiento subyace «el claro propósito de cercenar al máximo» sus derechos edificatorios con «un trato desigual con el de otros propietarios». También acusa a la Administración de cometer «una sucesión de actos irregulares, injustos y arbitrarios que llegan al extremo de querer obtener parte de los terrenos [el pinar] sin justificación alguna».

El arquitecto contratado por Residencial Los Pinos también presentó, en forma de alegaciones, cuatro propuestas distintas para edificar el pinar, con diversos bloques de entre una y tres plantas. Todas ellas fueron descartadas.

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