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Crisis sanitaria - Restricciones

Restricciones en Ibiza y Formentera: así quedan las medidas frente al covid a partir del 3 de agosto

Tres test semanales de covid para los 176 profesionales de residencias sin vacunar en Ibiza

Aficionados de la UD Ibiza en el Estadio de Can Misses, en una imagen de archivo.

El Govern ha implantado nuevas restricciones en Ibiza y Formentera con el objetivo de contener la pandemia del coronavirus y reducir los casos activos. En Ibiza, la principal novedad afecta a la residencias de mayores, donde se han producido, según explicó ayer el conseller de Movilidad y Vivienda, Josep Marí Ribas, «preocupantes» contagios las últimas semanas. Tanto visitantes como trabajadores se verán afectados por las nuevas medidas, que entran hoy martes 3 de agosto en vigor y quedan así:

  • Los trabajadores de las residencias de mayores tendrán que someterse a tres pruebas covid semanales, mínimo dos de ellas tendrán que ser PCR. Evitarán estas pruebas aquellos profesionales que tengan la pauta completa de vacunación o los que hayan pasado el coronavirus en los últimos seis meses.
  • Los visitantes deberán estar vacunados con la pauta completa, haber pasado el coronavirus en los últimos seis meses o presentar una prueba negativa de covid realizada en las 72 horas previas, si es una PCR o de 48 horas si se trata de un test de antígenos.
  • En cuanto a los internos sólo se permitirán sus salidas con el compromiso, por escrito, de sus familias de que durante el tiempo que permanezcan fuera de los centros únicamente se relacionarán con personas completamente vacunadas.

Una imagen exterior de Sa Residència Vicent Marí

Además, en los campamentos los monitores deberán someterse a un test antes del inicio de la acampada y el acceso a eventos deportivos y culturales, también se limitará a partir del próximo 14 de agosto. En este caso, todos los mayores de doce años tendrán que presentar el certificado de vacunación, de recuperación de la enfermedad o también una PCR o un test de antígenos hechos 72 o 48 horas antes, respectivamente. Estos eventos tendrán un aforo del 50% sin superar en ningún caso las mil personas en interior y las 5.000 en exterior.

En el caso de Formentera, el sector más afectado es la hostelería, que tendrá que adelantar una hora su cierre (su horario será el mismo que en el resto de las islas, ya que hasta ahora podía cerrar una hora más tarde, a las dos de la mañana). En Formentera también se reduce el número de personas por mesa, que será el mismo que en las demás islas. Estas nuevas medidas en la isla entrarán en vigor el próximo 7 de agosto.

Por tanto, tras la nueva revisión de las medidas en Ibiza y Formentera, estas quedarán así:

Bares y restaurantes

  1.   Los bares y restaurantes pueden abrir hasta la 1 de la madrugada.
  2.   El aforo de las terrazas es del 100%. En cada mesa podrán sentarse 8 personas. Sigue estando prohibido fumar.
  3.   Los interiores solo pueden utilizarse al 50%. Se permitirán 4 personas por mesa.
  4.  Las barras solo se pueden usar para comer, con grupos máximos de dos personas y distancia de 1'5 metros entre los grupos. Tienen que cerrar a las 00:00 horas

Cafés-concierto y bares de copas

Los cafés concierto y bares de copas podrán reabrir hasta la 1 de la madrugada pero sin que se permita el baile y se deberá consumir en mesas.

Contra el botellón

Se prohíbe vender alcohol en comercios y gasolineras a partir de las 22 horas

Solo se podrán adquirir bebidas alcohólicas en bares y restaurantes para evitar botellones.

Velatorios y entierros

Aumenta a 120 personas en exteriores y 50 en interiores (siempre y cuando no se supere el 50 % de aforo del espacio) la participación en comitivas para el entierro o despedida para la cremación del cuerpo del difunto.

Otras ceremonias: bodas, bautizos, comuniones…

Aforo de 120 personas en exteriores y 50 en interiores. Se autoriza el baile, siempre que se desarrolle con mascarilla. El horario se ajustará al de la restauración (1 horas).

Toque de queda

No hay toque de queda en las islas.

Reuniones sociales y familiares

Prohibidos los encuentros entre personas que no comparten casa entre la una y las seis de la mañana. No se podrá quedar con nadie ni en espacios públicos ni privados, ni cerrados ni al aire libre.

Comercios y grandes superficies

Pueden utilizar el 100% de su capacidad. A petición de los alcaldes, en las zonas turísticas en las que las ordenanzas municipales lo permitan, se podrán abrir los comercios hasta las 00:00 horas con el máximo de su aforo disponible.

Las grandes superficies deberán garantizar que no se superen los niveles de CO2, manteniéndolos por debajo de 800 ppm en todo el establecimiento. Con este objetivo instalarán aparatos de medición que sean visibles al público.

Parques y playas

Los parques infantiles o espacios de uso público al aire libre similares podrán estar abiertos al público, salvo entre las 22.00 y las 06.00 horas. También se podrá permanecer en las playas, excepto en este mismo horario: de 22.00 a 06.00 horas.

Playa de Talamanca, en una imagen de archivo.

Academias de baile

Se permiten grupos de hasta 25 personas (hasta ahora eran 20) simultáneamente en la misma sala para las actividades que se lleven a cabo en las academias de baile, siempre que se respete el 50% de la capacidad máxima. La mascarilla será obligatoria en todo momento.

Fiestas populares y ferias

Se permite la realización de ferias y muestras, de acuerdo con la normativa covid específica para mercados ambulantes. Las actividades tienen que ser preferentemente al aire libre. Los puestos de comida tienen las mismas limitaciones que las terrazas de bares y restaurantes.

Se permite la realización de actos culturales, deportivos e institucionales ligados a la celebración de fiestas populares, siempre que se sigan las medidas para la covid sectoriales correspondientes al tipo de actividad. En cualquier, caso se recomienda que la asistencia se organice por sistema de reserva previa. Los organizadores tienen que garantizar que no se generen riesgos de aglomeraciones ni se produzcan.

Se permite la realización de bailes populares al aire libre. Los participantes tienen que llevar mascarilla incluso en el momento del baile.

No se permite la realización de acontecimientos tipos cenas al fresco, verbenas ni correfocs.

El material promocional de las actividades (programas de fiestas, carteles, imágenes digitales...) tiene que especificar las medidas de prevención y de control que se aplican.

Con el fin de evitar desplazamientos de un municipio a otro, no se pueden organizar actividades que los promuevan o que, por experiencia de años anteriores, se tenga conocimiento de estos desplazamientos y de la afluencia de personas.

Las representaciones culturales tradicionales (cossiers, caballetes, etc.) se tienen que desarrollar en un entorno en que se pueda garantizar el control de acceso del público, la capacidad máxima del espacio y el mantenimiento de la distancia social.

Salas de actividades dirigidas y de musculación

En las salas de actividades dirigidas se permite la presencia simultánea en la misma sala de un grupo de máximo 25 personas en el caso de actividades de baja intensidad o de un grupo de máximo 20 personas en el caso de actividades de alta intensidad. En todo caso, es obligatorio el uso de mascarilla, tanto para el personal monitor como para quien realiza la actividad deportiva.

Las actividades que se lleven a cabo en el resto de instalaciones deportivas cubiertas, incluidas las piscinas cubiertas, tanto para uso recreativo como deportivo, se permiten siempre que no se supere el 100% de la capacidad máxima.

Las actividades que se lleven a cabo en las instalaciones deportivas descubiertas, incluidas las piscinas descubiertas, tanto para uso recreativo como deportivo, salvo las piscinas privadas para uso familiar, se permiten siempre que no se supere el 100% de la capacidad máxima.

Actividad física al aire libre

La actividad física al aire libre, incluyendo las actividades de senderismo, se puede llevar a cabo sin limitaciones en el número máximo de personas por grupo. Se deberá mantener la distancia de seguridad entre personas no convivientes.

Travessia Natació del Canal de ses Figueretes 2021

Eventos deportivos

En las competiciones deportivas se aumenta el aforo del público permitido:

-En instalaciones deportivas cubiertas, un 50% del aforo máximo hasta un máximo de 500 personas.

-En instalaciones deportivas descubiertas, un 50% de la cabida máxima hasta un máximo de 2.500 personas.

La novedad en este ámbito es la obligación de presentar, a partir del 14 de agosto, el certificado de vacunación, de recuperación de la enfermedad o también una PCR o un test de antígenos hechos 72 o 48 horas antes, respectivamente, para poder acceder a estos eventos.

Deporte no federado organizado

Se permite el deporte no federado de contacto a nivel de entrenamiento cumpliendo los aforos establecidos y los grupos burbuja que existen para el deporte federado.

- Deportes de campo: grupos de entrenamiento estables de como máximo 30 personas.

- Deportes de pista: grupos de entrenamiento estables de como máximo 20 personas.

- Deportes de contacto: grupos de entrenamiento estables de como máximo 10 personas.

Cines y circos de carpa

Podrán ocuparse hasta un 75% de su aforo.

Teatros, auditorios, salas de conciertos y espacios similares

Los teatros, auditorios y salas de conciertos podrán desarrollar su actividad siempre y cuando no superen el 75 % del aforo máximo autorizado y hasta las 500 personas en espacios cerrados y 2.500 al aire libre. Podrá ocuparse el 100% del aforo siempre que este no supere las 300 personas.

Al igual que en los eventos deportivos, a partir del 14 de agosto, el acceso estará sujeto a la presentación de certificado de vacunación, de recuperación de la enfermedad o también una PCR o un test de antígenos hechos 72 o 48 horas antes, respectivamente.

Bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones y monumentos

Se eliminan todas las restricciones, salvo las medidas generales: distancia, mascarilla, ventilación e higiene.

Establecimientos de juegos y apuestas

Deberán cerrar también a las 01.00 horas con un 50 % máximo de aforo. Podrán tener actividad de restauración, siguiendo las normas que se aplican en el sector. 

Condiciones para los locales de ocio infantil

La actividad de los locales de ocio infantil se desarrollará respetando el 75 % del aforo máximo autorizado, sin límite máximo de personas.

Centros recreativos para gente joven

Los espacios podrán ocuparse al 75 % de su aforo. Las actividades de ocio infantil serán máximo de 200 participantes. Las tiendas de campaña podrán ocuparse un 50 %, con un máximo de 6 personas por habitáculo. Las habitaciones compartidas también podrán ocuparse hasta un 75 %.

Congresos, seminarios, reuniones de negocio y similares

Se mantiene el 75 % de aforo máximo del establecimiento, tanto en interior como exterior, pero sin número máximo de asistentes.

Centros recreativos para personas mayores

Se amplía el aforo permitido hasta el 75 % del aforo máximo siempre y cuando se mantengan las medidas de prevención general (mascarilla, distancia, ventilación...). En el supuesto de que se ofrezca servicio de restauración, las medidas serán las que se aplican a dicho sector.

Hoteles, refugios y otros establecimientos turísticos

Los espacios comunes podrán ocuparse hasta el 75 %.

Campamentos

Quedan autorizados, con un aforo máximo de un 50 % por tienda o 3 personas de diferentes núcleos de convivencia. En las escuelas de verano que se realicen en estas instalaciones, se permitirá un máximo de 150 personas.

La novedad es que desde hoy los monitores deberán someterse a un test antes del inicio de la acampada.

Transportes

Se eliminan todas las restricciones, a excepción de las medidas generales: distancia, mascarilla, ventilación e higiene.

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