Mientras jueces, fiscales y policías analizan las fórmulas más efectivas para que los ciudadanos que ven, de la noche a la mañana, okupadas sus casas puedan recuperar éstas con prontitud, la realidad en los juzgados baleares es que muchos condenados por okupación (usurpación de inmuebles) alegan insolvencia para no pagar las multas que se les imponen.

La junta de jueces de instrucción de Palma, el Tribunal de Justicia de Balears, la fiscalía Superior, la Guardia Civil y la Policía Nacional se han movilizado en las últimas semanas para dar una solución «a un grave problema de inseguridad ciudadana». La ley, sin embargo, no es lo suficientemente contundente como para evitar que algunas personas, muchas veces integradas o apoyadas por grupos organizados de criminales, den una patada en la puerta y entren a vivir en una vivienda vacía, incluso cuando su legítimo propietario está de viaje o permanece ingresado en un hospital.

Sin violencia e intimidación

El artículo 245 del actual Código Penal (de 2015) incluyó la okupación entre los delitos leves. El artículo incluye dos tipos de supuestos de okupación: la que se perpetre con violencia e intimidación en las personas y la cometida sin autorización del propietario, pero sin violencia e intimidación.

El delito más grave se pena con entre un año y dos años de cárcel, lo que puede ser disuasivo. Sin embargo, los okupas se abstienen de los allanamientos violentos y ellos mismos, o terceras personas, entran en las casas colándose o fracturando puertas o ventanas.

En Palma, y en barrios como Son Roca, existen bandas que se dedican a ocupar pisos (principalmente de bancos) y cambiar las llaves. Estas viviendas son cedidas a terceros a cambio de «alquileres o comisiones», un fenómeno que también ocurre ya en Ibiza.

Trucos para okupar

Según fuentes judiciales, los okupas se saben todos los trucos para evitar sus desalojos, como el inventarse falsos contratos de alquiler u otros títulos para justificar su presencia en las casas. También utilizan niños pequeños como medida de presión para no ser expulsados y alegan que no tienen techo para sus hijos.

Las multas que les imponen los jueces de instrucción son de tres a seis meses, pero muchos de los reos apenas tienen medios de vida conocidos por lo que la cuota diaria, por fuerza, ha de ser pequeña.

Las fuentes informantes añaden que las condenas suelen quedarse en agua de borrajas porque, cuando la sentencia es firme y empieza el proceso de ejecución, el okupa alega insolvencia y carece de bienes para intentar obtener el dinero por otros caminos. Las ejecuciones se complican y el resultado final suele ser la impunidad del okupa.

La situación procesal de los intrusos puede complicarse si, como, supuestamente, ocurrió hace unas semanas en una promoción nueva de Palma, además de apoderarse de las viviendas exigen dinero para abandonarlas. En este caso entran en juego otros delitos más graves como extorsiones o coacciones.

Sin embargo, la mayoría de los supuestos de okupación no llegan a la jurisdicción penal y se quedan en demandas civiles o en arreglos extrajudiciales: pagos para que se vayan.