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Varapalo a Stöber en el caso Punta Prima de Formentera: la acusación era «injustificada»

El tribunal absuelve al expresidente del Consell de Formentera y al resto de consellers de GxF de los delitos de prevaricación y falsedad y condena al denunciante, Leo Stöber, al pago de las costas procesales

Jaume Ferrer, en una imagen de archivo, sale de la sede de la Audiencia, en Palma, tras el juicio del caso Punta Prima Europa Press

La Audiencia Provincial de Balears ha absuelto, en una sentencia fechada este 17 de noviembre, al expresidente del Consell de Formentera, Jaume Ferrer, y al actual conseller de Hacienda, Bartomeu Escandell, así como a los exconsellers Sonia Cardona y Pep Mayans, de los delitos de prevaricación y falsedad de los que les acusaba el empresario Leo Stöber, propietario del complejo turístico de Punta Prima, de la empresa Sunway.

La presidenta y ponente de la sección primera de la Audiencia Provincial, Samantha Romero, en la sentencia que firma, de 39 folios, argumenta (y coincide con la Fiscalía para no atribuir ningún tipo de delito a los acusados), que «debemos significar que las pretensiones acusatorias [de Stöber] esgrimidas (...) llevaban aparejadas peticiones de condena a penas privativas de libertad que, computadas globalmente, disponían de una duración total de seis años».

A lo que añade que «el delito de prevaricación integrado en la base fáctica del auto llevaba aparejada también pena de inhabilitación».

Gravosa petición de condena

La sentencia aprecia que «tal práctica procesal supuso que los acusados debieran soportar durante años una gravosa petición de condena que carecía de sustento procesal, manteniéndose tales pretensiones de condena durante la fase de enjuiciamiento pese a tener cumplido conocimiento de tal circunstancia».

Es más, el fallo considera que el hecho de que Stöber retirara la acusación por alguno de los delitos (de desobediencia y coacciones) o respecto de alguno de los acusados, como fue el caso de Sonia Cardona y Pep Mayans, «en la antesala del trámite de conclusiones definitivas o en ese propio trámite, no es capaz de neutralizar los gravosos efectos descritos».

El tribunal señala que «tal actuación procesal no viene amparada en el advenimiento de un hecho desconocido y de notable trascendencia en el curso de la práctica de la prueba, dado que no se han constatado diferencias sustanciales entre el contenido del acopio instructor y el resultado de la prueba». Es decir, que no hay pruebas objetivas del delito que se imputaba a estos políticos.

La sentencia da un toque de atención a la acusación particular, defendida por el letrado Pedro Horrach, cuando afirma que «la conducta procesal esgrimida por la acusación destila una disposición perturbadora de las pretensiones acusatorias carente de justificación que ha provocado un grave y prolongado perjuicio para los acusados».

Por ello, continúa la sentencia, «el efecto perturbador descrito debe llevar aparejada la condena de la acusación particular a satisfacer las costas procesales ocasionadas a los acusados». Esto implica que Leo Stöber debe pagar también los honorarios de la defensa de los políticos a los que ha estado acusando durante los últimos 11 años, en manos de los letrados Fernando Mateas y Ascensión Joaniquet.

Recurso

Durante los últimos diez años, los miembros del GxF que formaban el equipo de gobierno con el PSOE, coalición que aprobó las Normas Subsidiarias, actual Plan Territorial Insular (PTI) de Formentera en 2010, han estado en el ojo judicial y mediático con la acusación de Stöber de prevaricación y falsedad documental, entre otros delitos, que ha ido rebajando a medida que transcurría la fase procesal.

Esas acusaciones, que desde el primer momento rechazó la Fiscalía al no ver delito, implicaban penas de prisión de hasta seis años, además de inhabilitaciones para ejercer cargos públicos a cuatro miembros del equipo de gobierno de GxF.

El empresario Leo Stöber acusaba solo a los consellers de GxF de haber manejado de forma intencionada la normativa urbanística, aprobada en coalición con el PSOE, para impedir que ampliara su complejo turístico, urbanizando 16.000 metros cuadrados más.

Durante todo ese proceso, el PP local acusó a GxF de hacer «urbanismo a la carta», una expresión que pronunció por primera vez el empresario Leo Stöber y que repitieron los entonces líderes de la oposición en el Consell.

Jaume Ferrer y Bartomeu Escandell no escondían ayer su satisfacción al conocer la sentencia. El conseller de Hacienda recibió felicitaciones de la presidenta del Consell de Formentera, Ana Juan, así como de otros miembros del equipo de gobierno del que forma parte.

Mientras, el ex presidente del Consell de Formentera entre 2007 y 2019 solo recibió la enhorabuena, a título particular, de la portavoz socialista en el Parlament balear, Pilar Costa.

Jaume Ferrer manifestó a Diario de Ibiza: «Estamos contentos pero no sorprendidos ya que siempre hemos mantenido que habíamos actuado de forma correcta. El procedimiento penal que inició el empresario Stöber era de una temeridad manifiesta y así lo ha considerado la Audiencia Provincial, que le condena en costas», apuntó el expresidente insular.

Stöber anuncia recurso de casación ante el Supremo

A pesar de las sentencias en contra de los intereses de Leo Stöber (tanto en los contenciosos contra la aprobación del PTI de Formentera que concluyeron que la norma urbanística se ajustaba a la ley, como ahora por la vía penal contra los consellers de GxF), este empresario dice estar dispuesto a pelear hasta el final. Por eso anunció a Diario de Ibiza que va a recurrir en plazo ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Provincial. El motivo es que sigue pensando que ha existido una intención deliberada del equipo de gobierno de GxF, especialmente del que fuera su líder, Jaume Ferrer, para impedir su proyecto.

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