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Una sentencia del TSJB pone en jaque la gestión de 91 amarres en Formentera

El tribunal obliga a la Autoridad Portuaria de Balears a otorgar la gestión de la dársena de Levante del puerto a la anterior concesionaria, Formentera Mar

Principal muelle de atraque de la dársena de Levante. C.C.

La sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears (TSJB) dictó una sentencia, el pasado 20 de abril, que deja en el aire 91 amarres de la dársena de Levante del puerto de Formentera. El auto obliga a la Autoridad Portuaria de Balears (APB) a revocar el contrato de gestión de la dársena de Levante, que fue otorgado a la empresa Desarrollos Concesionales Insulares S.L. (Decoin) en 2019 por un año, prorrogable a dos, y devolvérsela a Formentera Mar S.L. (del grupo de empresas de Nicolás Mayol), anterior concesionaria, que presentó alegaciones que se concretaron más tarde en dos contenciosos. Además, se da la circunstancia de que en estos momentos la dársena es gestionada por otra empresa, Puertos y Litorales Sostenibles S.L., que obtuvo la concesión a finales del pasado año, por lo que el conflicto está servido.

Ahora la sala de lo Contencioso Administrativo ha dado la razón a Formentera Mar en una sentencia en la que deja patente las irregularidades que rodearon ese concurso de la APB que finalmente se resolvió a favor de la empresa Decoin. Mientras, el organismo portuario indicó escuetamente a Diario de Ibiza que «estudia presentar recurso ante el Tribunal Supremo», aunque no lo confirmó.

La sentencia del TSJB declara «no conforme a derecho» y anula «la resolución [de la APB] recurrida», por Formentera Mar. En referencia al acuerdo del organismo portuario de 17 de diciembre de 2018, «en relación al concurso público para la explotación de la dársena de embarcaciones menores en el puerto de la Savina», en la que se eligió como la opción más ventajosa la presentada por la empresa Decoin.

La dársena de Levante del puerto de la Savina tiene una superficie de 12.492 metros cuadrados y una línea de atraque de 412 metros lineales con 91 amarres más un edificio de servicios, una torre de control y otro edificio de aseos.

La anterior concesionaria hasta 2018, Formentera Mar a la que también la APB denegó una prórroga, expone que «el certificado de solvencia aportado por Decoin y exigido por la base quinta de la convocatoria del concurso era insuficiente». Añade que en «la memoria económico-financiera presentada no se contemplaron los gastos de personal derivados de la subrogación del personal del concesionario saliente». Finalmente expone que «existía una vinculación de la explotación de Decoin con la explotación de Marina de Formentera [dársena de Poniente de la Savina], dándose lugar a una situación de monopolio en la prestación del servicio comercial de gestión de puertos de amarre en el puerto de la Savina».

El tribunal señala que las alegaciones presentadas por Formentera Mar en ese momento, vinculando a ambas empresas «no dieron su fruto». Sin embargo la sala admite que esa relación que sospecha la demandante no ha quedado demostrada y añade: «No obstante, esa sospecha tampoco es hueca porque se basa precisamente en lo que la propia Decoin advierte en su memoria económica, que en base a la explotación que en la actualidad Decoin está desarrollando en una marina colindante, se ha considerado una reducción de los costes de personal ya que se tiene en cuenta la posibilidad de compartir recursos entre dos marinas adyacentes».

La sentencia recoge que la citada empresa no había presentado el certificado de solvencia económica, «faltando el mismo incluso al tiempo de la adjudicación, pese a figurar exigido en los pliegos de cláusulas, en concreto la base quinta».

Pero además ataca directamente a la APB ya que considera que «arranca del error de entender que los pliegos contemplan realmente lo que no contemplan, esto es, lo que la Ley prohíbe y no debían contemplar (...), los pliegos se adecuan a la Ley que impone a toda empresa sucesora subrogarse en los trabajadores de la empresa sucedida». También deja constancia de que Decoin no recogía en su memoria el capítulo correspondiente a la subrogación de los trabajadores que finalmente se tuvo que hacer en aplicación del Convenio Colectivo de instalaciones deportivas, que imponía esa obligación.

El actual contrato de gestión comenzó en enero y fue otorgado a otra empresa

La Autoridad Portuaria de Balears (APB) otorgó a finales de 2021 a la empresa Puertos y Litorales Sostenibles S.L. el contrato de gestión de los 91 amarres y edificios anexos incluidos en el contrato temporal de gestión de la dársena de Levante de la Savina. El contrato es por un año, prorrogable otros dos.

Hasta entonces este espacio de dominio público portuario fue gestionado por Decoin entre 2019 y 2021 y anteriormente fue Formentera Mar la que gestionó lo hizo durante casi dos décadas en régimen de concesión.

Con la reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears que obliga a la APB a otorgar esa autorización a Formentera Mar, la situación de los puertos de recreo de Formentera queda, una vez más en el aire.

A ello se junta que hoy concluye el contrato de la dársena de Poniente, que gestionaba Marina de Formentera, por lo que en los próximos días la APB deberá resolver la nueva adjudicación de esta dársena de recreo que también tiene carácter temporal de un año más dos de prorroga. Además está previsto que para esta temporada el espacio que ocupaban las grandes eslora dentro de está dársena pase a ser ocupado por los barcos que realizan las excursiones de un día desde Ibiza.

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