El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial ha absuelto al hombre juzgado el pasado 6 de octubre por presunto tráfico de ayahuasca tras recibir, según la acusación, un paquete que contenía 11 kilos de esta sustancia.

«Este tribunal no se halla en condiciones de afirmar que lo enviado desde Brasil con destino a Ibiza fuera la sustancia denominada ayahuasca de la que el Ministerio Fiscal, sin base científica alguna, predica su condición de sustancia que causa grave daño a la salud», destaca la sentencia, dictada el pasado 23 de octubre.

Así, los magistrados consideran probado que alrededor de las 13 horas del 24 de mayo de 2011 el procesado fue interceptado por funcionarios de la Guardia Civil cuando recogió un paquete postal procedente de Brasil. En el interior del mismo había 11,38 kilos «de sustancia líquida marrón», entre cuyos componentes está la dimetiltriptamina (DMT).

En el juicio, celebrado el 6 de octubre, el procesado, defendido por el letrado Jesús Herrero, dijo que era inocente, que esperaba un regalo de un amigo que pensaba que era artesanía. Además, negó que usase la ayahuasca como una droga y añadió que la consume en infusiones para sus «trabajos espirituales de búsqueda». «No sabía lo que había en el paquete y desconocía que la ayahuasca era ilegal», alegó en el turno de última palabra.

Precisamente la legalidad o no de la ayahuasca provocó un intenso debate jurídico y científico en la vista oral entre la fiscal, los jueces, el abogado defensor y un psiquiatra experto en la materia. «Es la primera vez que me enfrento con la ayahuasca y es interesante», afirmó uno de los magistrados.

Sin datos de la riqueza

Sin embargo, en la sentencia el tribunal destaca primero que no saben si «lo enviado desde Brasil» era ayahuasca, pues «se desconoce la concentración de DMT en la bebida». «Se objetiva la presencia del alcaloide en el líquido, pero se deja en blanco el porcentaje de riqueza», resaltan los magistrados sobre el informe del área de Sanidad de la delegación del Gobierno.

Un detalle, subrayan, «importante», pues explican que además la DMT «resulta inactiva cuando se administra de forma oral». Agregan que el análisis de la sustancia no evidencia la presencia de sustancias que dotan de efectos psicoactivos a ese líquido donde la DMT está inactiva.

A la vista de la analítica, lo recibido por el acusado «solo se puede calificar de una decocción sin efecto alguno» ni capacidad para provocar efectos propios de un preparado psicotrópico, apuntan los magistrados, que en la misma línea señalan que el paquete contenía «poco más de once kilos de un líquido de color marrón cuya tenencia e incluso difusión carece de trascendencia penal».