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Urbanismo

Frustrado el intento de edificar en un terreno protegido de Ibiza con una licencia de 1985

El Consistorio de Sant Josep dio el permiso para esta edificación hace casi 36 años pero no se ejecutó y ya se ha extinguido

Vista general de la zona de Cala d’Hort, con el islote de es Vedrà al fondo. | J. A. RIERA

El Consell de Ibiza, a través de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Patrimonio (Ciotupha), ha frustrado la maniobra de un arquitecto para tratar de reactivar una vieja licencia de 1985, ya extinguida, para construir una vivienda unifamiliar en un terreno protegido situado en primera línea de costa en Cala d’Hort, frente al islote de es Vedrà.

El promotor es el arquitecto Joan Marí Ferrer Botja, que en el congreso insular del PP del pasado mes de marzo fue elegido coordinador de la comisión de Territorio y Vivienda. En las pasadas elecciones locales, ocupó el puesto 11 de las candidatura del PP en Sant Josep. También ha presentado ahora su candidatura a presidir la Demarcación en las Pitiusas del Colegio de Arquitectos.

En febrero de 1985, la familia del arquitecto pidió en el Ayuntamiento de Sant Josep una licencia para construir una vivienda unifamiliar, la cual, según confirma el Consistorio, se concedió, aunque no se ejecutaron las obras. A finales de diciembre del año pasado, casi 36 años después, Marí Ferrer presentó en el Consell una denuncia de mora para que éste resolviera, en virtud de un decreto de 1955, la solicitud de licencia porque se habían superado dos meses (desde febrero de 1985) sin obtener una respuesta del Ayuntamiento.

Posteriormente, el pasado 20 de marzo, el BOIB publicó, en la sección de anuncios particulares, con la firma del arquitecto y promotor de la vivienda, el anuncio de la exposición pública de este expediente durante 15 días en la sede de la institución insular, sin el visto buena de ésta. En el anuncio del BOIB, Marí Ferrer justificaba que como había transcurrido un mes sin que el Consell le hubiera notificado «el acuerdo» solicitado y como no constaba tampoco que se hubiera sometido su expediente a exposición pública, se cumplía lo que establece la normativa para que lo hiciera él por su cuenta.

Sorpresa en el Consell

El vicepresidente primero del Consell, Mariano Juan, asegura que el anuncio publicado en el BOIB le causó «sorpresa», puesto que no sólo no estaba prevista ninguna exposición publica del expediente sino que, además, si acaso, le correspondería a la institución publicarlo. «Es una cosa rara. Nos extrañó mucho y lo comunicamos al BOIB, que nos dijo que lo analizaría», explica Mariano Juan.

Acto seguido, hace poco más de una semana la Ciotupha resolvió «no admitir a trámite» la solicitud del arquitecto. Mariano Juan explica que antiguamente, cuando un ayuntamiento no contestaba a una licencia, el promotor, superados los dos meses, podía acogerse a la Comisión Provincial de Urbanismo (un organismo de ámbito balear anterior a la Ciotupha que desapareció con el desarrollo de la autonomía y el traspaso de las competencias de urbanismo y ordenación del territorio a los consells insulares), pero esta normativa ya está extinguida.

El promotor presentó en el Consell una denuncia de mora por la solicitud de licencia de 1985 que sí se había concedido

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En todo caso, el Consell analizó los antecedentes y, pese a detectar «ciertas incoherencias del proyecto», preguntó por esta licencia al Ayuntamiento de Sant Josep, que certificó, paradójicamente, que «en su momento se concedió y liquidó». «Debe ser un error del promotor. Debieron perder la licencia o lo que fuera y no debían saber que la tenían», justifica Mariano Juan, que asegura que ni se entró en el fondo y «no se admitió a trámite la solicitud» porque, «entre otras razones, no procede una denuncia de mora cuando Sant Josep ya resolvió el expediente hace 35 años».

Fuentes municipales explican que el Plan Territorial Insular (PTI) regula en su disposición adicional 8 la extinción de esta licencia. En concreto, apunta que, en el caso de que no se hubiera iniciado la edificación, las licencias en suelo rústico otorgadas con anterioridad a la aprobación, en 1990, de la ley de disciplina urbanística «quedarán sin efecto hasta la adaptación del planeamiento municipal al PTI, que deberá obligatoriamente declarar la extinción de sus efectos».

«Transparencia y buena fe»

El arquitecto y promotor ha explicado a este diario por escrito que ha actuado con «total transparencia y de buena fe». «Se discute la posible concesión de una licencia de obras, procedimiento que acabará con el otorgamiento o no de la misma, y debe quedar claro que, al respecto, no se ha ejecutado ninguna edificación. Es un asunto únicamente burocrático», afirma Marí Ferrer, hijo del exdiputado y exconseller Joan Marí Tur, Botja.

El arquitecto y promotor no respondió, en cambio, a las preguntas que, tal como pidió, le envió por escrito este diario, sobre si no era consciente de que el Ayuntamiento ya concedió en 1985 la licencia, por qué entonces no se construyó la vivienda y por qué se publicó un anuncio particular en el BOIB informando de una exposición pública en el Consell no prevista y que no le corresponde.

Marí Ferrer asegura que aún puede presentar un recurso de alzada y acudir a la vía contenciosa en los juzgados: «Creo oportuno ser prudente y no realizar más manifestaciones al respecto». Agrega acto seguido que está «muy tranquilo» con su actuación porque no tiene «ningún interés extraño ni excesivo», y expresa su «confianza en que el procedimiento siga su curso si así se estima oportuno».

El Govern atribuye a «un error humano» el anuncio en el BOIB

Una portavoz de la conselleria de Presidencia, de la que depende el BOIB, explicó ayer que en este caso se ha producido «un error humano» en el control del anuncio publicado. Existe un filtro previo de «carácter formal» con respecto a «las condiciones que impone la normativa», aunque en alguna ocasión «puntual» se produce algún «error humano». La responsabilidad del contenido es de la persona que lo envía. «En este caso, no tiene ningún efecto ni se puede considerar como un trámite de exposición pública porque este corresponde a la Administración, y no a un particular», indica.

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