La coordinadora de la Fiscalía de Ibiza, María del Carmen Navarro, pidió ayer a los magistrados de la sección segunda de la Audiencia Provincial que un forense determine si el maltratador de Sara Calleja puede o no viajar para estar presente en el juicio contra él que se celebrará en Palma en fecha aún por determinar. Calleja se quitó la vida en la isla en julio de 2015 agobiada -según la Policía Nacional- por la presión de su expareja, el belga C.C., que ayer no se presentó a la vista previa que la Audiencia Provincial celebró en Ibiza pese a que estaba citado.

Su abogado, Joan Cerdà, argumentó la ausencia de su cliente apelando a su mal estado de salud, tanto físico como psíquico, y a la euroorden de detención emitida contra él por un juzgado de León, ciudad en la que Calleja presentó numerosas denuncias contra él y donde fue condenado en dos ocasiones por amenazas y coacciones en el ámbito familiar. Tiene, además, un juicio pendiente en León por vulnerar la prohibición de comunicarse con ella.

La defensa pidió que el acusado, que está en su país, sea juzgado por videoconferencia. La Fiscalía exigió que esto lo decida un forense, mientras que la acusación particular, que ejercen los hijos de la víctima representados por la abogada Eva Montero, reclamó que si no se presenta se dicte su búsqueda y encarcelamiento provisional. En caso de que el forense decida que C.C. puede viajar, la Fiscalía pedirá que viaje a Palma para el juicio y que, si no lo hace, se ordene su detención, como ya hizo el juzgado de León a pesar de que, en este caso, el Ministerio Público se opuso a ello. Finalmente, serán los magistrados de la sección segunda quienes decidirán si dejan la decisión en manos de un forense, si le obligan a viajar a Palma o si, por el contrario, se acepta la petición de la defensa de que sea jugado a través de videoconferencia.

C.C. no puede ser juzgado en ausencia porque la petición de prisión que formulan las acusaciones supera los seis años. La Fiscalía de Ibiza acusa al belga de la presunta comisión de tres delitos, uno de maltrato psíquico habitual y otros dos continuados de coacciones y quebrantamiento de condena. Por el primero, la Fiscalía solicita tres años de prisión; por el segundo, otros tres y por el tercero, un año, con lo que en total suman siete años. También se reclama el pago de una indemnización de 60.000 euros para los hijos de la víctima. Por su parte, la acusación particular atribuye a C.C. los tres delitos señalados por la Fiscalía, otro continuado de amenazas (un año de prisión), uno de lesiones psíquicas (cinco años) y el de inducción al suicidio (cinco años). En total, 18 años.

Según explica la Fiscalía de Ibiza en su escrito de acusación, Calleja y su maltratador mantuvieron una relación que duró tres años y dos meses y que acabó por voluntad de la mujer.

Ruptura no asumida

Ruptura no asumida

«El encausado en ningún momento aceptó la ruptura y pese a que [ella] le manifestó su voluntad de no querer mantener ningún contacto con él, éste insistía continuamente en que volvieran a ser pareja, realizando numerosas llamadas a sus teléfonos», señala la Fiscalía. Las condenas de los juzgados de León le prohibían ponerse en contacto con ella a través de cualquier medio.

Por su parte, la defensa pide la libre absolución del acusado con todos los pronunciamientos favorables. La defensa asegura que C.C. nunca remitió a Calleja las cartas que le atribuye la Fiscalía. Insiste la defensa también en que el suicidio de la mujer no fue responsabilidad del acusado.