El juez Miguel Florit revocó el pasado 21 de diciembre su controvertido e insólito auto del día 11 anterior donde ordenaba la requisa y el análisis de los móviles y otros dispositivos y material de trabajo de los periodistas Kiko Mestre, de Diario de Mallorca, y Blanca Pou, de Europa Press, porque ese día ya existía «una mengua importante de la necesidad y eficacia» de las medidas adoptadas respecto a los dos informadores y sus medios de comunicación.

Florit explicó en su auto del 21 de diciembre que la requisa de los móviles y otras herramientas de trabajo de los dos redactores se hizo en el seno de una investigación por revelación de secretos contra dos funcionarios del Grupo de Blanqueo de Capitales, la unidad que ha efectuado las pesquisas contra el empresario de la noche Bartolomé Cursach. Los sospechosos fueron arrestados el día 18 y se les intervino los móviles y ordenadores.

Florit estimó tres días después, y tras recibir un atestado de la Policía Judicial sobre los dos agentes investigados, que ya no era necesario y útil la confiscación de los móviles de los dos redactores de tribunales y el análisis de su contenido, mensajes, ficheros y redes sociales. Mestre y Pou y sus empresas se querellaron contra Florit el 13 de diciembre por tres presuntos delitos: prevaricación judicial, contra la inviolabilidad del domicilio y el secreto profesional de los periodistas. El Tribunal Superior de Justicia de Balears admitió a trámite dicha querella el pasado 18 de diciembre.

Romper el sigilo

Florit en el auto del 21 apunta las razones que le llevaron a incautar los móviles de los informadores y a registrar sus puestos de trabajo: la persecución de un presunto delito de revelación de secretos cometido por dos funcionarios y que habría puesto en peligro las pesquisas del caso Cursach.

Según el magistrado el bien jurídico que se tutelaba con las pesquisas sobre revelación de secretos era «la eficacia de las investigaciones policiales y judiciales (por ejemplo, la difusión de las personas cuya detención se pretendía); el acceso al público de documentos que están declarados secretos y que no debían ser divulgados y la conducta de funcionarios públicos que, con desprecio de sus obligaciones legales, rompen el sigilo de velar por sus actuaciones».

Los dos agentes de Blanqueo de Capitales están acusados de difundir un informe sobre un presunto delito fiscal de Bartolomé Cursach, atestado que luego fue desmentido por un dictamen de la Agencia Tributaria.

Derechos de los periodistas

El auto del 21 añade que frente a ese bien jurídico que se pretendía proteger con las requisas y registros, están «los derechos de terceros (los periodistas) afectados por las intervenciones acordadas».

El juez concluye que la necesidad y eficacia de confiscar los aparatos de trabajo ha sufrido «una mengua importante», por lo que opta por anular su criticada resolución del 11 de diciembre y ordenar la devolución de los dispositivos a Mestre y Pou.

El juzgado de instrucción 12 levantó ayer el secreto de sumario de la pieza separada, por presunta revelación de secretos. De forma paralela, y a continuación, la magistrada del Tribunal Superior de Justicia (TSJB) Felisa Vidal alzó el secreto que pesaba sobre la querella interpuesta por los periodistas Kiko Mestre y Blanca Pou, así como por sus empresas Diario de Mallorca y Europa Press, contra el magistrado Miquel Florit a raíz de su auto del pasado 11 de diciembre.