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Formentera sostiene en su recurso que la norma de Costas va contra la ley

El informe preliminar del recurso contencioso administrativo presentado el 31 de octubre asegura que los cambios son «contrarios a determinaciones» de la propia Ley de Costas y señala la «arbitrariedad» de la reforma

Vista aérea de la isla de Formentera desde la Mola Gerardo Ferrero

El Consell de Formentera considera que las modificaciones del Reglamento de Costas «han sido introducidas por el Gobierno central de forma unilateral». Así lo afirma en el informe preliminar al recurso contencioso administrativo que presentó el pasado 31 de octubre ante el Tribunal Superior de Justicia contra la modificación del reglamento de la ley y al que ha tenido acceso este diario.

La segunda conclusión del informe es que esos cambios son contrarios «a determinaciones de la propia Ley de Costas y su finalidad: equilibrio entre la protección del dominio público marítimo terrestre y la actividad económica».

El Consell también alega que las modificaciones del reglamento suponen «la eliminación de los criterios técnicos introducidos para la delimitación del dominio público marítimo-terrestre, suponiendo una regresión a la normativa de 1989, lo que conlleva el ejercicio arbitrario de su competencia, así como inseguridad jurídica».

El informe jurídico advierte de que «la Administración de Costas puede ampliar la extensión de esta franja de titularidad estatal en detrimento de la propiedad privada y de las competencias autonómicas sobre la ordenación del litoral».

«Las modificaciones limitan los derechos reconocidos legalmente a particulares, empresas y otros titulares de concesiones en el dominio público marítimo-terrestre (DPMT), así como las propias competencias autonómicas sobre el litoral, que buscan erradicar toda actividad humana y económica de la franja del litoral», sostiene el Consell en el cuarto y último punto del informe. Como ejemplo, apunta el caso de las viviendas particulares donde «la reforma del reglamento cierra la puerta a la permanencia de este tipo de edificaciones en la franja costera porque podrían localizarse fuera de ella».

En lo referido a las empresas en DPMT, con concesiones otorgadas antes de 1988, desaparece su derecho a la prórroga, ya que el reglamento limita la permanencia de este tipo de actividades en la costa a una duración máxima de 30 años, un tiempo ya transcurrido. De hecho, incluso los concesionarios que hayan solicitado prorrogar su título «antes de la aprobación de la reforma, pero que no hayan recibido respuesta expresa del Gobierno verán denegada su petición», lo que genera una retroactividad claramente desfavorable y supone que el Gobierno vaya un paso más allá que con la Ley de Cambio Climático de 2021.

El documento concluye: «En definitiva, la práctica totalidad de las modificaciones propuestas conllevan que las modificaciones introducidas por la Ley 2/2013 que tenían como objeto alcanzar el equilibrio entre la protección de la costa y la actividad económica y propiedad privada, resulten inaplicables; más aún cuando muchas de las modificaciones propuestas suponen una limitación clara a la actividad privada».

Acuerdo unánime

El pleno de la institución insular del pasado mes de octubre aprobó, por unanimidad, una propuesta de Sa Unió que instaba al Consell a iniciar la vía judicial mediante la interposición de un recurso contencioso administrativo. Tres días después del pleno de la institución daba entrada oficial al recurso contencioso ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears. En Formentera están afectadas, de forma directa, por la nueva normativa un centenar de familias.

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