Para entender las consecuencias de la sentencia del pasado 21 de enero de 2016 del Tribunal Supremo (TS) que desestima el recurso de casación presentado por el Consell Insular de Formentera contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) del 6 de febrero de 2014, que anula la delimitación de los conjuntos históricos de Sant Francesc, Sant Ferran y el Pilar de la Mola, recogida en las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico, aprobadas en 2010, hay de remontarse al 29 de marzo de 1996.

Ese día el extinto Consell Insular de Ibiza y Formentera declaró, en pleno, todas las iglesias rurales de las islas Bien de Interés Cultural (BIC) lo que protegía las edificaciones históricas y su entorno, en un radio de 250 metros. Esa declaración fue adoptada once años más tarde de la aprobación de la Ley del Patrimonio Histórico Español, de 1985, que regula los BIC.

Demolición Ca ses Castellones

Cuando se reconoció la protección patrimonial de las iglesias, conseller insular de Patrimonio, Joan Marí Tur, calificó de «histórica» la declaración y añadió: «Este es un nuevo paso haca la recuperación del patrimonio histórico-artístico de Ibiza y Formentera». Entonces se aplicó una excepción que afectó a la iglesia de Sant Antoni donde, de forma genérica, el área de influencia se limitó a las calles adyacentes a la iglesia de esta localidad.

Fueron pasando los años y los correspondientes ayuntamientos, salvo el de Ibiza, no avanzaban en la aprobación de los Planes de Especial Protección (PEP) que estaban obligados a redactar. En el caso de Dalt Vila la ordenación fue aprobada con el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (Pepri) en marzo de 1997 que afecta al conjunto histórico asociado a los bienes patrimoniales de la trama urbana del entorno de la catedral. En esa década también fue aprobado el Pepri de La Marina-Sa Penya.

En 1999, con el primer gobierno del Pacte en el Consell Insular pitiuso, la Comisión de Patrimonio Histórico Artístico de Ibiza y Formentera acordó dejar sobre la mesa todos los expedientes de obras afectados por los conjuntos históricos, presentados por los distintos ayuntamientos para su resolución. La intención del Consell Insular era entonces la de dar cumplimiento a la Ley del Patrimonio Histórico de Baleares, aprobada por el Parlament un año antes. Esa Ley define como conjunto histórico: «La agrupación homogénea de construcciones urbanas o rurales, contigua o dispersa que se distingue por su interés histórico, artístico, arqueológico, histórico-industrial, social, científico o técnico, con coherencia suficiente para constituir una unidad susceptible de delimitación, aunque cada una de las partes individualmente no tenga valor relevante».

La entonces consellera insular de Cultura y Patrimonio del Consell pitiuso, Fanny Tur, anunció en 1999 ayudas económicas para que los ayuntamientos pudieran redactar sus respectivos PEP, para poder aprobarlos cuanto antes. Sin embargo, la situación no ha variado mucho y numerosos conjuntos históricos asociados a las iglesias rurales de las Pitiusas, siguen sin tener sus correspondientes Planes Especiales de Protección (PEP) aprobados.

Demolición del centro comercial

La reacción del Ayuntamiento de Formentera, gobernado entre 1999 y 2003 por la extinta Coalició d'Organitzacions Progressites (COP), con Isidor Torres como alcalde, no tardó en reaccionar y encargó el trabajo de redacción de los tres PEP a un equipo de profesionales dirigido por el fallecido arquitecto, Raimon Torres y los arquitecto Manel Díaz, Néstor Pellicer: la técnica medioambiental, Pilar Barraqueta y el asesoramiento histórico de Joan Marí Cardona.

Los trabajos fueron avanzando y en diciembre de 2001 fue presentado la propuesta del PEP de Sant Ferran a los vecinos. La característica más destacada de esa propuesta fallida, solo llegó a ser aprobada de forma inicial, es que contemplaba 13 solares urbanos con casas payesas, que por su valor histórico quedarían catalogadas y protegidas. El mismo tratamiento recibían los elementos arquitectónicos, como cisternas o la vegetación del entorno. En abril de 2002 el equipo redactor dio entrada oficial al PEP de esta localidad, en un de cuyos solares protegidos se encontraba la casa payesa conocida como Ca ses Castellones, cuya demolición, en 2005, fue el detonante de la sentencia del TSJB que anuló la delimitación de los conjuntos históricos incluidos en las normas de 2010. Paralelamente, el mismo equipo redactor iba avanzando en el PEP del Pilar de la Mola y en el de Sant Francesc. El primero llegó a presentarse a los vecinos y ninguno de los dos llegó a ser aprobado.

Llega el tripartito

Tras las elecciones de 2003 entra en el gobierno municipal del Formentera, el tripartito formado por el PP, el GUIF y el PREF que decidió, tras un año de mandato, redactar nuevos PEP, recurriendo a los técnicos de Patrimonio que el Consell pitiuso había puesto a disposición de los municipios para este fin. A juicio del entonces alcalde, Juanma Costa, lo que había hecho el anterior equipo de gobierno de la COP con los PEP iba «más allá de lo que marca estrictamente la ley». Entonces el tripartito consideró, en palabras del entonces alcalde, que esos PEP : «Iban más allá de la catalogación de las casas que pudieran tener un interés histórico o patrimonial». Sin embargo, el gobierno municipal nunca llegó a redactar otros planes de protección de los conjuntos históricos ni avanzó en la aprobación administrativa ni siquiera del de Sant Ferran que ya contaba con la aprobación inicial y así se quedaron en un cajón.

Mientras tanto los expedientes de obras en el entorno de los conjuntos históricos eran remitidos a Ibiza para ser evaluados por a la Comisión Insular de Ordenación Territorial y del Patrimonio Histórico Artístico (Ciothupa) como organismo competente a falta de PEP.

La situación política en Formentera no pasaba entonces por un buen momento y pocas semanas antes de que el entonces alcalde, Juanma Costa, sufriera una moción de censura, en 2005, firmó la licencia de demolición de Ca ses Castellones, en pleno conjunto histórico de Sant Ferran, y autorizaba al mismo tiempo la licencia de construcción de un Centro Comercial, con doce locales. Esta decisión según ha reiterado, una y otra vez Costa, estaba avalada por el informe favorable de la Ciothupa y con otro informe en el mismo sentido, del Consell Consultiu de les Illes Balears. Juanma Costa se escudó entonces en que con esos informes en la mano no otorgar esas licencias hubiera supuesto incurrir en prevaricación.

Sant Ferrán

Ca ses Castellones

Ese fue el revulsivo que llevó al arquitecto ibicenco Salvador Roig a presentar dos contenciosos contra el entonces Ayuntamiento de Formentera y ahora Consell Insular, que han puesto de manifiesto las consecuencias que puede tener para las administraciones locales no contar con los PEP u otra planificación similar de los conjuntos históricos. Uno de sus principales argumentos es que con el anterior gobierno progresista la Ciothupa informó, de forma desfavorable la demolición de Ca ses Castellones que era una casa catalogada y por lo tanto protegida por la Ley de Patrimonio. El cambio de criterio de ese organismo evaluador de los expedientes de obra nunca fue justificado.

El arquitecto del Consell de Formentera, Diego Dueñas, que fue el coordinador del equipo redactor de la redacción de las Normas Subsidiarias de 2010 y que ya era arquitecto cuando comenzó el caso Ca ses Castellones señaló que la primera sentencia sobre la licencia de construcción del Centro Comercial dice que «la lectura que hace el Consell Consultiu no es la correcta cuando habla de congelar y no alterar edificabilidad ya que son las existentes y no las del planeamiento urbano previsto, tal y como interpretaba hasta ahora la Ciothupa». En este punto el arquitecto señala que se encuentran con la situación «de que todo lo que se ha venido haciendo desde 1999 a 2009, está en una situación complicada como el propio edificio de los locales comerciales de Sant Ferran que es el que nos obligan a demoler». A su juicio esto implica que después de la sentencia de Ca ses Castellones se puede considerar que la misma no solo afecta a los conjuntos históricos de Formentera sino a todos los declarados: «Lo que viene a decir es que dentro del conjunto histórico de los 250 metros, no se puede alterar la edificabilidad existente», lo que también afectaría a todas las iglesias rurales de Ibiza, confirma Dueñas.

En el momento en que se están redactando las Normas Subsidiarias es cuando sale la sentencia de Ca ses Castellones y eso obliga a replantear la protección de los conjuntos históricos. Es entonces cuando el Govern balear, vía decreto, aprueba en noviembre de 2009 una resolución por la que habilita al Consell a hacer la redelimitación a través de las normas. Parte del decreto señala: «Excepcionalmente se faculta al planeamiento general de Formentera para que, previo informe favorable de la Comisión de Patrimonio, efectúe una nueva delimitación de los tres conjuntos históricos de la isla declarados Bien de Interés Cultural por el Consell de Ibiza y Formentera el 29 de marzo de 1996, que sustituirá a la actualmente vigente».

De esa forma el Consell de Formentera, gobernado por GxF-PSOE, comenzó una nueva delimitación de los conjuntos históricos que incluyó en las Normas Subsidiarias y en donde protegía estrictamente los inmuebles y elementos arquitectónicos con valor patrimonial y recogidos en el Catálogo del Patrimonio.

Sin embargo, Salvador Roig, recurrió de nuevo a los tribunales al considerar que la propuesta presentada de protección de los conjuntos históricos los reducía y que dejaba de nuevo edificable el solar de Ca ses Castellones, cuyo centro comercial ya había sido demolido por el Consell en cumplimiento de una sentencia.

En este pleito el TS volvió a dar la razón al arquitecto, anulando la delimitación recogida en las Normas Subsidiarias, volviendo a ser de aplicación la protección de los 250 metros hasta que el Consell no realice las correcciones necesarias en el plan de protección de los BIC afectados.

Ante la sentencia la consellera de Territorio de Formentera, Alejandra Ferrer, avanzó que ya han comenzado a trabajar para ajustar la protección de los conjuntos históricos a lo que exige la sentencia, que fundamentalmente pide una mayor justificación de los conjuntos. El criterio es redactar planes de protección lo más garantistas posible y, por cautela, ya no otorga licencias en las zonas afectadas. Ferrer manifestó: «Ya hemos tenido reuniones con juristas y técnicos de Patrimonio y estamos barajando las diferentes posibilidades que tenemos para dar cumplimiento a la sentencia». Las tareas se centrarán en justificar «edificio por edificio y parcela por parcela». Por eso explicarán por qué no se incluyen en la protección edificios que no tienen valor patrimonial y en cuanto a los que están en el Catálogo de Patrimonio se actualizarán.

Añadió que si bien los núcleos históricos tienen una influencia de 250 metros «hay que verlos dentro del planeamiento de los pueblos y el desarrollo previsto y me refiero por ejemplo a la escuela de Sant Ferran». La consellera espera que la nueva propuesta de protección de los conjuntos, ya sea con PEP o por el decreto de 2009, pueda tardar unos dos años y medio hasta su aprobación definitiva.