El hombre acusado de maltratar a Sara Calleja, quien se quitó la vida en Ibiza en julio de 2015 «inducida» por él según la Policía, ha sido absuelto de una de las causas que se siguen contra él en León y en la que la Fiscalía pedía dos años de cárcel. La jueza considera que su responsabilidad criminal está extinguida pues ya había sido juzgado y condenado por esos hechos.

En un auto, dictado el 20 de diciembre, contra el que cabe recurso y al que ha tenido acceso este diario, la juez del Juzgado de lo Penal número 2 de León dice que los hechos del procedimiento se refieren a mensajes recibidos por la víctima entre el 5 y el 15 de diciembre de 2013. Agrega que éstos «ya fueron contemplados en los hechos probados de la sentencia condenatoria 250/2014 de fecha 16 de junio de 2014, pues la misma se refiere a 622 mensajes desde diciembre de 2013 hasta marzo de 2014».

«Estamos ante el principio del desmoronamiento judicial de un bluf que se valió de un hecho trágico, como siempre lo constituye un suicidio, para construir un relato con el que ocultar las disfunciones y la inoperatividad de algunos de los recursos de los que se dispone para combatir el feminicidio», dice el letrado de Christian C., que matiza que sus declaraciones hacen referencia a casos que se siguen contra su cliente en León.

Caso aparte es el procedimiento abierto en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Ibiza, en el que Christian C. se enfrenta por el momento a siete años de prisión pedidos por la Fiscalía por el acoso al que supuestamente sometió a Sara durante el tiempo que ella vivió en la isla, de diciembre de 2014 hasta que se quitó la vida.

Aquí en Ibiza, está acusado de tres delitos: uno de maltrato psíquico habitual y otros dos continuados de coacciones y quebrantamiento de condena. El Ministerio Público sostiene que el acusado envió hasta 12 paquetes postales a Sara, la telefoneaba, le envía mensajes de móvil y correos electrónicos y hacía comentarios en redes sociales, creando una situación de acoso «constante, incesante y persistente» en ella, que derivó en una depresión y su suicidio.

El juicio en León

En el caso cuya responsabilidad ha sido extinguida, la Fiscalía de León pedía para el acusado dos penas de un año de prisión por un delito de amenazas y de otro de coacciones en el ámbito familiar, según publicó Diario de León, que indicaba que la acusación particular elevaba la pena a tres años.

En sus escritos de acusación, se relataba que el procesado no aceptó la ruptura de la relación y entre el 5 y el 15 de diciembre llamó por teléfono a Sara y le envió mensajes y correos con expresiones intimidatorias. «Eres mala hasta las muelas. Jamás olvidaré esto. Me has desgraciado la vida, acuérdate de que tarde o temprano pagarás la cuenta. Te odio. O me muero o me meten en el talego», escribió.

La vista contra Christian C. por este caso se celebró el pasado día 19 en León sin la presencia del acusado, que según su letrado está en tratamiento psiquiátrico ambulatorio. En la misma, el abogado alegó «cosa juzgada», a lo que se opusieron ambas acusaciones.

Sin embargo, tras un análisis exhaustivo la juez da la razón al letrado al entender que, como se requiere para que así sea, los hechos ya fueron juzgados -él los reconoció y se le condenó a nueve meses de prisión- y el procesado era la misma persona.