El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha ordenado el ingreso en prisión incondicional de Pompeyo González Pascual, el jubilado detenido en Miranda de Ebro (Burgos) presunto autor del envío de cartas explosivas a la Presidencia del Gobierno y las embajadas de Ucrania y Estados Unidos, entre otros objetivos. Lo ha hecho a petición de la fiscal Ana Noé tras celebrarse una breve comparecencia en la que el sospechoso se ha negado a declarar.

Con el envío de estos paquetes Pompeyo buscaría, a juicio del magistrado, "obligar a los poderes públicos de nuestro país a abstenerse del apoyo mostrado a favor de Ucrania frente a la agresión rusa”, señala el auto de prisión.

Se le atribuyen un total de seis delitos: cuatro de terrorismo y dos terrorismo agravado (por los envíos al miembros del Gobierno, concretamente a Pedro Sánchez y Margarita Robles) , todos ellos en concurso con otro delito de empleo de artefactos explosivos inflamables o incendiarios con finalidad terrorista.

Según ha informado la fiscalía, los motivos que justifican la petición de ingreso en prisión son el riesgo de fuga ocultación de fuentes de prueba y riesgo de comisión de otros hechos delictivos.

La investigación policial, que ha denominado estas pesquisas como 'operacion Konvert (sobre en ruso), Pompeyo es una persona muy activa en redes sociales y tiene conocimientos técnicos e informáticos. El Ayuntamiento de Vitoria ha confirmado que fue funcionario de este consistorio hasta 2013, y se le vincula a sectores prorrusos.

En el auto dictado por el Juzgado Central de Instrucción número 4 para justificar la prisión preventiva se señala que del análisis del material incautado y el resto de diligencias no se concluye 'a priori' que exista indicio de que el detenido perteneciera a ningún grupo terrorista.

Se apunta, no obstante, que tanto por el contexto en el que se produjeron los envíos (la guerra en Ucrania) como por los destinararios elegidos, como son la embajada de dicho país y empresas relacionadas con suministros enviados a dicho destino, se evidencia que en el ánimo del investigado "está presente el objetivo de alterar gravemente la paz pública, transmitiendo el mensaje de que nos encontramos ante unas acciones efectuadas por personas vinculadas a Rusia como represión hacia lo intereses de España como consecuencia de su apoyo a Ucrania ante la ocupación rusa".

Estas finalidades, según el magistrado, aparecen reafirmadas por la persistencia en la ejecución de estas acciones, y corroboradas de forma indiciaria por el contenido de las páginas webs consultadas por el mismo, entre las que encontraban Russiatoday.com; RT, portal de noticias ruso; www.armas.es, portal autodenominado "periódico digital mundial sobre armas en español"; www.química.es; y sputniknews.com.

 

Respecto a la modalidad agravada de dos delitos de terrorismo, Calama indica que se ha de tener en cuenta que uno de los envíos se dirigió expresamente al presidente del Gobierno con su nombre y primer apellido y que de igual modo se envió a la ministra de Defensa.

Hasta 20 años de cárcel

El instructor recuerda que para acordar la medida de prisión provisional se debe ponderar si concurren riesgo de fuga, ocultación de fuentes de prueba y riesgo de reiteración delictiva. En el caso concreto, considera que la gravedad de los delitos imputados que podrían tener una pena de 20 años de prisión intensifica la tentación de huida.

 

Por otro lado, señala que “la utilización de aplicaciones rusas de mensajería instantánea, como es VK, y correos electrónicos cifrados de extremo a extremo (Protonmail), así como la transcendencia de sus violentas acciones como medio de propaganda de la ocupación rusa en Ucrania, pudieran facilitar su huida a territorio ruso, recibiendo al efecto ayuda de ciudadanos de dicho país”.

 

Las dos circunstancias anteriores, añade, apreciadas conjuntamente, constituyen unos hechos relevantes en orden a adoptar la medida cautelar solicitada por el Ministerio Fiscal.

 

Por último, el juez también argumenta que existe un alto riesgo de reiteración delictiva, por lo que procede acordar la prisión provisional, sin perjuicio de que “el avance de la instrucción y particularmente el informe de análisis de las sustancias explosivas utilizadas, aconsejen su modificación”. Contra el auto de prisión se puede interponer recurso de reforma en el plazo de tres días y de apelación en el de cinco días.

La primera carta se detectó el pasado 24 de noviembre, contenía material explosivo dirigido al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que había sido remitido por correo postal ordinario. Los servicios del Departamento de Seguridad de Presidencia del Gobierno detectaron la carta en las tareas de cribado y filtrado de la correspondencia.

Otras cinco cartas similares por sus características y contenido a los recibidos por la Embajada de Ucrania y la Embajada de Estados Unidos en Madrid, por la empresa Instalaza en Zaragoza, por el Centro de Satélites de la Unión Europea ubicado en la Base Aérea de Torrejón y por el Ministerio de Defensa. Un vigilante de seguridad de la Embajada de Ucrania resultó herido por la explosión de uno de los artefactos. También hubo envíos con sobres que tenían en su interior ojos de animales.

Los sellos, una pista clave

Entre los indicios que figuran contra él, según destaca el auto, están los sobres de cartón utilizados en los envíos, cuyo matasellos permitió fijar el lugar de envío en Burgos.

Pero la clave pudo encontrarse en los sellos, pues su diseño permitió determinar que los dos únicos estancos en los que se pudieron comprar se encontraban muy cercanos, y en dicha zona se centraron las pesquisas. También se constató con Amazón que el sospechoso utilizó esta plataforma de compra online para adquirir nitrato potásico, cables, interruptores, filamentos de cobre y bombillas.