Caso Abierto - Diario de Ibiza

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Sentencia

Multa de 186 euros por enzarzarse en una pelea con su ex en Castellón

El hombre, de 60 años, y la joven, de 18, se dieron patadas y puñetazos en la calle

Furgón de la Guardia Civil saliendo de la Ciudad de la Justicia de Castellón.

Una agresión mutua entre una expareja de Castellón ha acabado en condena para el hombre. Concretamente, en una multa de 186 euros por un delito leve de lesiones, aunque la Fiscalía solicitaba una sentencia condenatoria para él por violencia de género --y doméstica para ella--. Según declara probado el documento judicial al que ha tenido acceso este diario, un hombre marroquí de 60 años y una joven española de 18 habían mantenido una relación sentimental de dos años en fechas anteriores a septiembre del 2017. Sobre las 18.30 horas del día 29 de septiembre coincidieron en la vía pública en las inmediaciones del parque del Oeste de la capital de la Plana y, como la joven vio que su expareja llevaba una mochila propiedad de su madre, le reclamó a este su devolución, iniciándose una fuerte discusión entre ellos, según declara probado la sentencia.

Finalmente, con el propósito común de menoscabar recíprocamente su integridad física, los dos se agarraron, se empujaron y se dieron puñetazos y patadas en plena calle, tal y como señalan los magistrados.

Las lesiones

A consecuencia de la pelea anterior, la adolescente sufrió lesiones consistentes en eritema en región malar derecha; escoriaciones en flexura de codo derecho, antebrazo y brazo, eritema en el cuello y en párpado superior derecho, dolor a la palpación en un dedo de la mano izquierda, requiriendo para su sanidad de una primera asistencia facultativa sin tratamiento posterior tardando en curar 15 días no impeditivos y curando sin secuelas, recibiendo una primera asistencia en el centro de salud Fernando el Católico y en el Hospital General Universitario de Castelló. El varón sufrió algún hematoma y escoriaciones y fue atendido en los mismos centros médicos.

Además de la multa económica, la Audiencia Provincial condena al varón a que indemnice a su exnovia en la cantidad de 450 euros por las lesiones causadas y a la Generalitat valenciana en la cantidad de 189,49 euros por la asistencia prestada a la mujer.

Conocida la sentencia, la Fiscalía Provincial recurrió ante el Tribunal Supremo en casación, pero este ha ratificado las penas e indemnizaciones. El alto tribunal de Madrid considera que "la relación de pareja era inexistente desde hacía mucho tiempo, y el incidente surgido nada tiene que ver, ni guarda relación con una situación de dominación del hombre sobre la mujer".

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